Contestacion de demanda impugnacion de paternidad
reberedTrabajo10 de Febrero de 2016
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Corte Suprema de Justicia
SALA SEGUNDA
EN EL JUZGADO DE FAMILIA II CIRCUITO JUDICIAL DE SAN JOSE – A las doce hora y veinte minutos del 10 de febrero del año dos mil dieciséis.
EXPEDIENTE: EXPEDIENTE N° 15-099999-0165-FA.
PROCESO: ORDINARIO.
ACTOR: Ricardo Fernández Pérez.
CONTRA: Hilda Artavia Ramírez.
ASUNTO: CONTESTACIÓN DE DEMANDA.
HONORABLES JUECES:
El infrascrito, Jorge Andrés Oviedo Álvarez, portador de la cédula de identidad N° 4-158-773, inscripción ante el Colegio de Abogados 12.059, mayor, soltero, Abogado, vecino de Heredia, debidamente apersonado al efecto como Representante legal de la Sra. Hilda Artavia Ramírez, dentro del término conferido en la auto de las ocho horas y cuarenta minutos del diez de febrero del año dos mil dieciséis, y notificado el día tres de febrero del presente año, comparezco en forma para contestar positivamente la audiencia conferida en el proceso planteado, en los siguientes términos:
1. CONTESTACION DE LOS HECHOS
- EL HECHO PRIMERO
Es cierto que mi representado contrajo matrimonio, con el Sr. Ricardo Fernández Pérez, el día 27 de marzo de 1990.
1.2 EL HECHO SEGUNDO.
Es verdad el hecho de que mi representada y el actor hicieron vida conyugal desde la fecha del matrimonio hasta el día 22 de febrero del 2000, fecha en que el abandono en forma definitiva el hogar conyugal.
1.3 EL HECHO TERCERO.
Es verdad el hecho de que mi representada desde la fecha mencionada en el punto anterior, no ha vuelto a tener relaciones amistosas ni mucho menos sexuales con el Sr .Ricardo Fernández Pérez.
1.4.EL HECHO CUARTO.
Actualmente mi representada tiene residencia en la ciudad de Heredia y el Sr. Ricardo Fernández Pérez ha permanecido en forma continua e ininterrumpida en Santa Ana.
1.5 EL HECHO QUINTO.
Se confirma que desde hace más de un año la Sra Hilda Artavia Ramírez mantiene una relación estable y notoria con el Sr. Víctor García Montes.
1.6 EL HECHO SEXTO.
Como consecuencia de la relación estable narrada en el punto anterior, nació un niño de nombre Esteban Fernández Artavia el cual en la actualidad tiene catorce años y diez meses.
1.7 EL HECHO SETIMO CORRESPONDE A MI REPRESENTADO.
El menor mencionado nació mucho tiempo después del décimo mes siguiente a la fecha en que mi representada y el Sr. Ricardo Fernández Pérez estaban separados.
1.8 EL HECHO OCTAVO.
El menor mencionado en los puntos anteriores es hijo de la Sra. Hilda Artavia Ramírez y el Sr. Víctor García Montes, nació tiempo después de la fecha en que el actor Ricardo Fernández Pérez, abandono en forma definitiva el hogar conyugal.
5. PETITORIA
De conformidad con las anteriores consideraciones, de hecho y de derecho, anteriormente expuestas, solicito respetuosamente, al honorable Tribunal, se declare con lugar la presente demanda de impugnación de paternidad ya que el menor Esteban Fernández Artavia nacido en la ciudad de San José el día 15 del mes de marzo del 2001, no es hijo legítimo del Sr. Ricardo Fernández Pérez y se inscriba debidamente en el registro civil y se comunique los efectos pertinentes.
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