Controversia Familiar
edamian69 de Junio de 2013
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AVILA MERCADO SANDRA
VS
ALVAREZ GUZMAN VICTOR HUGO
Controversia del Orden Familiar Alimentos
C. JUEZ DE LO FAMILIAR EN TURNO.
EN EL DISTRITO FEDERAL.
AVILA MERCADO SANDRA, por mi propio derecho y en representación de mi menor hijo ALVAREZ AVILA JACK MARVIN, señalando como domicilio para oír y recibir todo tipo de notificaciones y documentos el ubicado en Calle San Francisco No. 66, Colonia San francisco Tetecala, Delegación Azcapotzalco, C.P. 02760 México, DF., autorizando de manera conjunta o separadamente en los términos del párrafo cuarto del artículo 112, del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal, vengo a autorizar para oír y recibir toda clase de citas, notificaciones, documentos y valores aún los de carácter personal al C. LIC. ELVIS DAMIÁN CARRILLO ALCÁNTARA, quien ejerce la Profesión de Licenciado en Derecho al amparo de la Cédula Profesional número 7118880 y Registro Único ante la Primera Secretaria de Acuerdos de la Presidencia y del Pleno de este H. Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, con acreditación del folio 00019088, quien por el solo hecho de la designación, está facultado a realizar todos los actos especificados en términos de lo señalado en los precepto legal invocado, igualmente autorizando para los efectos de oír, recibir toda clase de notificaciones, documentos, valores y comunicados aun los personales, además de los nombrados a los profesionales en derecho al C. EMILIO CHRISTIAN DUARTE AYALA y VERÓNICA EVELYN MARTÍNEZ ZOA, en términos del penúltimo párrafo del precepto antes señalado, de la manera más atenta ante Usted C. Juez comparezco para exponer:
Que por medio de este escrito, en la vía de Controversias de Orden Familiar, vengo a demandar C. ALVAREZ GUZMAN VICTOR HUGO, quien puede ser emplazado en el Domicilio EDIFICIO HERNANDO ALVARADO ENT 1 002 COLONIA U. HABITACIONAL EL ROSARIO C.P 54090, TLANEPANTLA ESTADO DE MEXICO, las siguientes,
PRESTACIONES:
a) El pago de una Pensión Alimenticia, tanto provisional, como en su momento definitiva, suficiente para cubrir nuestras necesidades más elementales, la cual no debe ser inferior al 70% de todos y cada uno de los ingresos ordinario y extraordinarios y prestaciones que obtiene el demandado como producto de su trabajo en favor de mi menor hijo JACK MARVIN de apellidos. ALVAREZ AVILA y de la SUSCRITA, ya que no cuento con ningún ingreso por qué no he encontrado trabajo.
b) La Guarda y Custodia a favor de la suscrita, de mi menor hijo JACK MARVIN de apellidos. ALVAREZ AVILA.
c) La pérdida de la patria potestad que ejerce el C. ALVAREZ GUZMAN VICTOR HUGO sobre mi menor hijo. JACK MARVIN de apellidos. ALVAREZ AVILA.
d) El pago de una compensación por el tiempo que vivimos juntos.
e) El pago de los gastos y costas que con motivo de este juicio se lleguen a originar.
Se funda la acción, en los siguientes puntos de hecho y consideraciones de derecho:
HECHOS:
PRIMERO.- Con fecha AGOSTO DEL AÑO 2002, el demandado se unió con la suscrita libremente en CONCUBINATO, como ha de probar en el momento procesal oportuno.
SEGUNDO.-Durante el CONCUBINATO que me refiero en el hecho inmediato que antecede, el demandado procreó con la suscrita UN HIJO, quien nació en esta Ciudad de México, Distrito Federal, con fecha ocho de diciembre de dos mil seis y a quien pusimos el nombre de JACK MARVIN de apellidos. ALVAREZ AVILA, tal y como consta en la copia certificada del acta de nacimiento, expedida por el C. Juez del Registro Civil, que se acompaña a este escrito.
También así se tramito su Clave Única de Registro de Población a nuestro menor hijo.
TERCERO.- El demandado, de acuerdo con la suscrita, en su momento se estableció domicilio común, mismo que se ubicó en Calle San Francisco No. 66, Colonia San francisco Tetecala, Delegación Azcapotzalco, C.P. 02760 México, DF.
CUARTO.- Es el caso que desde la fecha DE MARZO DEL AÑO 2007, el demandado se separó de la suscrita, dejando abandonado a su menor hijo, sin proporcionar alimentos, negándose a cumplir sus obligaciones de padre, a pesar de que incluso se lo he requerido en múltiples ocasiones; por tal razón, mi contrario, por su conducta, me ha obligado a contraer algunas deudas para la satisfacción de las NECESIDADES ALIMENTARIAS, DE SALUD Y ESCOLARES de mi menor hijo JACK MARVIN de apellidos. ALVAREZ AVILA, en razón, como lo son gastos médicos, pago de las rentas del inmueble donde habitamos, pago de agua, luz, gas, teléfono, colegiaturas, uniformes, útiles, aportaciones escolares, calzado y vestido, pago de algunos muebles que mi contrario compró plazos, etc., ha sido a base de préstamos que he tenido que sufragar los gastos de mi menor hijo y los míos por lo que desde ahora solicito a su Señoría condene al demandado a que cumpla con la liquidación de las cantidades que se adeudan por los conceptos ya apuntados.
QUNTO.- En el tiempo que estuvimos juntos, el hoy demandado en constantes ocasiones me agredía verbalmente, psicológicamente y físicamente usando palabras altisonantes enfrente de nuestro hijo, en una ocasión llego muy tomado y afuera de la casa de mi mama donde vivíamos lanzo varios disparos al aire. Esto con el tiempo ocasiono un trauma psicológico a nuestro hijo y a la actora, cayendo en una fuerte depresión
SEXTO.-El demando trabaja de POLICIA AUXILIAR DEL DISTRITO FEDERAL., percibiendo un sueldo variable de $4,000.00 pesos (cuatro mil pesos 00/100) a $7,000.00 (siete mil pesos 00/100) quincenales, dando un total aproximado $8,000.00 (ocho mil pesos 00/100) a $14,000.00 (catorce mil pesos 00/100) mensualmente, aparte las demás aportaciones extraordinarias que marca la ley, como lo mostrare con los recibos de nomina que le daban al hoy demandado
También se presume por vecinos y amigos de que el demandado trabaja de ESCOLTA PERSONAL percibiendo otro sueldo aproximado de $12,000.00 (doce mil pesos 00/100) mensualmente más al ya obtenido como Policía Auxiliar del DF. Asimismo obteniendo un gran ingreso mensualmente.
SEPTIMO.-Solicito a H. juzgado, se gire atento oficio a la COMISIÓN NACIONAL BANCARIA Y DE VALORES, para que por su conducto, informen a este juzgado en caso de existir, los números de las cuentas bancarias y el banco de procedencia de la misma del hoy demandado ALVAREZ GUZMAN VICTOR HUGO.
OCTAVO.- Hago de su conocimiento que mi menor hijo JACK MARVIN de apellidos. ALVAREZ AVILA, da una aportación alrededor de $300.00 a $400.00 pesos mensualmente, al comité de padres de familia para e apoyo del servicio alimentario para la compra de alimentos desde fecha 31 de agosto de 2011 a la actualidad, ya que en la situación económica que me encuentro en casa no hay suficiente comida para alimentarlo adecuadamente, al padre de mi hijo al sr ALVAREZ GUZMAN VICTOR HUGO en repetidas ocasiones le he comentado que me ayude con los gasto a lo cual él siempre se niega aun teniendo una obligación de ley .
NOVENO.-Es por lo anterior y tomando en consideración que el hoy demandado desde la fecha que se señala en el hecho cuarto de los hecho de la presente demanda, no cumple con lo convenido mostrando total indiferencia. Recordando que los alimentos y la salud son un elemento de tipo económico que permiten al ser humano obtener sustento en los aspectos biológico, social, jurídico y moral, además de que son de orden público e interés social y forman parte del derecho a la vida que tiene el deudor alimentario, pero más aún en el entendido de que el menor por sus medios y edad no pueden satisfacer sus necesidades vitales: por ello solicito se decrete tanto provisional como en su momento definitiva una pensión alimenticia a favor de la suscrita y de mi menor hijo, misma que no deberá ser inferior al 70% de los ingresos que obtiene el hoy demandado como producto de su trabajo.
Fundo mi actuación en la presentación de las siguientes:
DERECHO:
En cuanto al fondo, son de aplicarse las disposiciones contenidas en los artículos 291BIS, 301, 302, 303, 308, 309, 311-Ter, 311- Quater y demás relativos del Código Civil para el Distrito Federal.
El procedimiento a seguir, se encuentra regulado por lo dispuesto por el Titulo Decimo Sexto del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal.
Ofrezco desde ahora como pruebas de mi parte las siguientes:
PRUEBAS:
PRIMERA.- LA CONFESIONAL, a cargo del demandado ALVAREZ GUZMAN VICTOR HUGO, al tenor de las posiciones que contiene el pliego que en sobre cerrado se exhibirá a este juzgado en su oportunidad. Para el desahogo de esta prueba, pido a su Señoría se sirva mandar citar personalmente al demandado en su domicilio, a efecto de que de manera personalísima, y no por conducto de apoderado, comparezca a este H. Juzgado a absolver las posiciones que se le articulen y sean previamente calificadas de legales, debiendo quedar apercibido de ser declarado confeso de las posiciones que se le articulen, para el caso de que no comparezca sin causa justificada, el día y hora que para el efecto su Señoría se sirva fijar. Esta prueba se relaciona con todos y cada uno de los hechos formulados en el capítulo de la demanda. Con esta prueba se pretende acreditar y se acreditará que el demandado ha dejado de cumplir con sus obligaciones alimentarias
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