Cuarta parte “El advenimiento de la edad moderna”
anafernanda38Apuntes14 de Enero de 2021
660 Palabras (3 Páginas)136 Visitas
[pic 1][pic 2]
Universidad autónoma de Querétaro
Facultad de Derecho
Historia Universal Del Derecho
Unidad 3 actividad 1
Control de lectura I
Medina Reyes Ana Fernanda
Lic. Claudia Flores Chávez
[pic 3]
Aproximación a una historia universal del derecho
Cuarta parte “El advenimiento de la edad moderna”
7. El derecho en Francia
Ilustración fue un movimiento cultura que se originó en Europa desarrollando se a finales del siglo XVII y principios del XIX.
Sus inicios son en Inglaterra y Francia como finalidad era “disipar las tinieblas de la humanidad mediante la luz de la razón” y es por eso que al siglo XVIII se le llama el siglo de las luces
Esta etapa produce grandes aportaciones en la materia civil y penal, algunos autores como Rodolfo Batiza dice que en esta parte de la historia se producen los primeros códigos civiles verdaderos:
- CODIGO CIVIL DE TODOS LOS PUEBLOS
- LEYES DICTADAS POR LA NATURALEZA Y LA RAZON
Este código fue redactado por el jurista francés Gabriel François y este se publica en 1786, este sigue muy de cerca las tradiciones del derecho romano y se puede decir que el primer código civil que fue tomado en cuenta el CODEX MAXIMILIANEUS BAVARICUS CIVILIS que se promulgo en 1756 en la ciudad de Baviera.
Esto hace que la ilustración marque un nuevo orden jurídico que se divide en materias con esto atendía los puntos esenciales.
El autor D’oliver conceptualizara los cambios jurídicos de la época como una verdadera revolución. La lectura también nos habla de las obras de Robert que están conceptualizaban la teoría de las obligaciones siendo estas las partes principales del derecho civil
El autor Jean-Etienne es el principal redactor del código civil napoleónico este consideraba al derecho como la principal razón universal fundado por la naturaleza misma. En las partes del derecho penal también se produjeron grandes avances. Obteniendo el cambiar de la etapa de la venganza publica por el periodo humanitario siendo en lo principal con ánimo filantrópico que científico.
También en esta parte encontramos grandes pensadores como:
Franceses: Montesquieu, Voltaire, Rousseau, Jean-Paul Marat
Ingleses: Jeremy Bentham
Italianos: Cesare Beccaria
8. Derecho en Alemania
La derrota de Alemania en la Primera Guerra Mundial en 1918 hizo estallar una revuelta de dimensiones nacionales, La república alemana conformó un revolucionario experimento jurídico- social-democrático, aunque fracasó por diversos factores, las mencionadas tensiones sociales internas, causadas principalmente por las condiciones de rendición en el Tratado de Versalles mismas que generaron desempleo e hiper-inflación, con lo que facilitaron el surgimiento del nazismo.
La República de Weimar concluye con el ascenso al poder de Adolf Hitler en 1933 y la instauración de un régimen totalitarista o una especie de Estado corporativo. La Constitución de 1919 fue invalidada de hecho aunque no se reemplazó oficialmente sino al concluir la guerra, en 1945. El nazismo debe entenderse como un fenómeno básicamente socio-político.
Sus ideólogos juristas, que le dieron un fuerte impulso, como:
Edmund Mezger, Carl Schmitt, o Philipp Heck.
LA ESCUELA HISTÓRICA DEL DERECHO
Las escuelas histórico-jurídicas alemanas, sobre todo en la transición del siglo XIX al XX, produjeron algunas de las aportaciones más interesantes para comprender el Derecho actual.
...