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Código De Convivencia


Enviado por   •  7 de Enero de 2014  •  1.281 Palabras (6 Páginas)  •  303 Visitas

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Objetivo del Código de Convivencia Institucional

El Código de Convivencia Institucional es de carácter preventivo y permitirá construir el convencimiento individual y colectivo de los distintos miembros de la comunidad educativa. Dicha convicción se requiere que surja de los acuerdos, compromisos, consensos y actitudes que se adoptan por propia voluntad y porque se han reconocido en sí mismo y entre sí a los beneficios devenidos del convivir bien en el hogar, en la escuela, en el colegio, en la universidad y en desenvolvimiento ciudadano.

El alto rendimiento académico de los educandos, preocupación de todos los miembros de la comunidad educativa, sólo se logra cuando se da una coincidencia con las calificaciones de un excelente comportamiento.

La calidad de la convivencia institucional refleja no sólo el nivel académico de los educandos sino que además influirá positivamente en la vida de los miembros de la comunidad educativa y de nuestros estudiantes.

La Declaración Universal de los Derechos Humanos en su artículo 26 establece: “la educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana y el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales; favorecerá la comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y todos los grupos étnicos o religiosos, y promoverá el desarrollo de las actividades de las Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz”.

La Constitución Política del Ecuador en sus artículos 26, 27 y 347 garantiza: “la igualdad e inclusión social, así como el derecho y la responsabilidad de toda la comunidad educativa de participar en el proceso educativo. De igual manera el desarrollo integral del ser humano, en el marco del respeto a los derechos humanos, al medio ambiente y a la democracia impulsando la equidad de género, la justicia, la solidaridad y la paz convirtiendo a los centros educativos en espacios democráticos de ejercicio de derechos y convivencia pacífica, erradicando todas las formas de violencia en el sistema educativo y velando por la integridad física, psicológica y sexual de las estudiantes y los estudiantes”.

El Código de la Niñez y Adolescencia garantiza que se respete en las instituciones educativas las convicciones éticas, morales y religiosas de los padres y de los mismos niños, niñas y adolescentes, que los planteles educativos ofrezcan servicios con equidad, calidad y oportunidad, que se promueva y practique la paz, el respeto a los derechos humanos y libertades fundamentales, la no discriminación, la tolerancia, la valoración de las diversidades, la participación, el diálogo, la autonomía la cooperación y el respeto al medio ambiente.

La Ley Orgánica de Educación Intercultural en el artículo 2 de los principios, garantiza una educación en la que las personas puedan ejercer plenamente sus derechos y libertades, en donde toda la comunidad educativa sea corresponsable del proceso educativo, un espacio en el que se promueva el esfuerzo individual y la motivación, donde exista una cultura de paz y solución de conflictos, equidad e inclusión, calidad y calidez pero sobre todo una convivencia armónica.

Las instituciones educativas particulares están constituidas y administradas por personas naturales o jurídicas de derecho privado podrán impartir educación en todas las modalidades, previa autorización de la Autoridad Educativa Nacional y bajo su control y supervisión. La educación en estas instituciones puede ser confesional o laica.(Art. 56 de la Ley Orgánica de Educación Intercultural. Primer inciso).

El Ministerio de Educación y Cultura, mediante Acuerdo Ministerial N° 1962 del 18 de julio del 2003, dispone en sus artículos: 1. "INICIAR.-En todos los planteles educativos del país, un proceso de análisis y reflexiones sobre los reglamentos, el clima escolar, las prácticas pedagógicas y disciplinarias y los conflictos internos y su incidencia en los niveles de maltrato y deserción estudiantil", y en el artículo 2. "ELABORAR.- En cada institución educativa sus códigos de Convivencia… cuya aplicación se convierta en el nuevo parámetro de la vida escolar".

El Acuerdo Ministerial No 182 en su Art. 2. Señala como propósito

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