DELITOS COMETIDOS POR EMPLEADOS BANCARIOS
jjjeraEnsayo1 de Noviembre de 2019
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MODALIDAD ABIERTA Y A DISTANCIA
TITULACIÓN EN ADMINISTRACIÓN EN BANCA Y FINANZAS
ANÁLISIS DE CASOS BANCARIOS
TAREA BIMESTRE I
NOMBRE: NANCY ESPERANZA RAMOS AGILA
FECHA:14 DE NOVIEMBRE DE 2019
DOCENTE: MGS. CLAUDIA ESTELA JARAMILLO SAMANIEGO
OCTUBRE 2019 – FEBRERO 2020
ACTIVIDAD 1
DELITOS COMETIDOS POR EMPLEADOS BANCARIOS
INTRODUCCIÓN
El presente trabajo de investigación que se expone está referido a una de las situaciones que en los últimos años ha socavado y contribuido en gran medida al resquebrajamiento a las entidades bancarias sobre todo por delitos que comenten los empleados, en el Ecuador, el tema específico de los delitos contra las instituciones financieras, desde siempre, ha sido motivo de intensos debates, de manera especial el Peculado que cometen los empleados bancarios, que, dependiendo de los gobiernos, ha sido analizado de diferente manera.
Sin embargo, el tema relevante es la forma de configurarlo y sancionarlo. Esto se ha dado por las distintas coyunturas políticas que han devenido con el pasar de los años en el Ecuador. Podría decirse, y sin temor a equivocarnos, que el tema de los delitos cometidos por empleados bancarios, en general, ha venido utilizando una antigua y dañina fórmula en los empleados, se lo ha manejado de manera demagógica y por las diferentes crisis sociales, políticas, jurídicas e institucionales que ha vivido el Ecuador, creando mitos jurídicos sancionando este delito de manera casi absurda, sólo comparado con delitos de Lesa Humanidad en la manera de sancionarlo.
En el país se extendió la figura del peculado a los funcionarios bancarios en octubre de 1941 y a partir de mayo de 1999, de manera general a los de las instituciones financieras privadas. Esta extensión general de la norma es la que se ha denominado como peculado bancario. Debido a la extensión de la figura es menester analizar si ésta responde a criterios jurídicos válidos, o si, por el contrario, presenta defectos que desnaturalizan el tipo de delito.
CONCEPTOS
Se conoce como delitos bancarios a las conductas de los particulares, funcionarios o empleados bancarios u otros, que realizan acciones u omisiones en operaciones de depósito, inversiones, prestamos, créditos, servicios que tipifica y sanciona, las cuales pueden perjudicar los intereses de los usuarios y causar quebranto, perjuicio patrimonial o poner en peligro, la estabilidad y funcionamiento de las instituciones bancarias y sociedades financieras de objeto limitado.
El Doctor Gerardo Morales Suarez lo define como “un delito mediante el cual, el servidor bancario o de una entidad financiera, distrae indebidamente o le da una aplicación distinta del objeto para el cual se le confió, para uso o beneficio propio, objetos, dinero, o bienes en general que pertenecen al banco, si por razón de su cargo los hubiere recibido en administración, en depósito o en cualquier otra forma, traicionando a la confianza y a la normal garantía del público en cuanto a la custodia de los bienes puestos bajo su cuidado, en perjuicio de la seguridad ciudadana y del comercio humano".
Para Rafael Bielsa son “Los delitos de gente inteligente avanzada en los negocios, conocedora de las leyes y reglamentos y de las artimañas para eludir sanciones, influyentes por su poder corruptor, y que tiene relaciones mundanas y políticas con los funcionarios”.
CARACTERISTICAS DE LOS DELITOS BANCARIOS
Son cometidas generalmente por empleados de los bancos u otras instituciones financieras o personas con amplios conocimientos en al materia.
Se van perfeccionando con los avances tecnológicos.
Los fundamentos legales
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