ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

DERECHO ADMINISTRATIVO. PERSONALIDAD JURIDICA DEL ESTADO

Ixbalanqué VelezEnsayo9 de Febrero de 2020

648 Palabras (3 Páginas)390 Visitas

Página 1 de 3

DERECHO ADMINISTRATIVO

El derecho administrativo  estudia la organización, deberes y funciones del Estado y de sus instituciones. Está vinculado a la Administración Pública como campo de estudio y tiene nexos teóricos y prácticos con disciplinas como la sociología, economía, psicología, ciencias políticas y otras ramas del derecho como el penal, constitucional e internacional.

Su objetivo es el de garantizar la eficacia de la administración pública y los diversos procesos involucrados, así como la protección de los derechos de los particulares en sus relaciones con ello.

PERSONALIDAD JURIDICA DEL ESTADO

        Es la organización jurídica de una sociedad bajo un régimen jurídico que se ejerce en determinado territorio.

        Es una persona jurídica de derecho público, con una sola personalidad, regulada en su estructura por la Constitución y leyes administrativas secundarias.

La personalidad jurídica es única y no múltiple. El Estado no puede dejar de ser soberano en ningún momento, puede actuar en algunos momentos a la manera de los particulares, pero sin perder sus características de sociedad política. El Estado es la única personal moral y jurídica que no reconoce a ninguna otra por encima de ella.

FUNCIONES ESTATALES

        Son las actividades reservadas a los organismos que tienen poder público. Estas actividades representan diversas manifestaciones o formas de ejercicio de la potestad estatal. Son actividades esenciales del Estado contemporáneo, fundadas en la idea de soberanía la cual satisface necesidades públicas, del Estado, de la administración pública, y del municipio.

  • Función legislativa. Toda actividad que realiza el órgano legislativo. La función legislativa consiste en establecer por vía general y obligatoria las normas que ajusta la conducta de los miembros de la comunidad.
  • Función jurisdiccional. Es la aplicación de la regla general, abstracta, impersonal y obligatoria a cada caso específico para dirimir una controversia. Puede definirse como aplicación de normas jurídicas a casos concretos. Obliga a los particulares y puede hacerse efectiva aun contra su voluntad.
  • Funcion administrativa. Es mas difícil de precisar conforma al criterio organico, esta la realiza el poder Ejecutivo , muchos la rechazan debido a que las otras funciones también realizan sus funciones. Es la actividad permanente, concreta y práctica, del Estado que tiende a la satisfacción inmediata de las necesidades del grupo socil y los individuos que lo integran.

ATRIBUCIONES ESTATALES

Se entiende como lo que le corresponde al Estado hacer, se considera como la actividad que corresponde realizar a cada uno de los órganos competentes de las funciones gubernamentales.

Así pues, cuando se dice que el estado es industrial, comerciante, profesor, se indica de esa forma la atribución realizada por el Estado.

La Constitución otorga a los individuos la certeza jurídica de que la actividad que cada uno de los órganos públicos realice será siempre conforme a derecho y por lo tanto sujetas a las atribuciones conferidas por la Ley Suprema, y de no ser así la propia Carta Magna contempla la defensa que los ciudadanos pueden esgrimir en caso de arbitrariedades.

        Hay 3 categorías:

  • Reglamentación de la actividad privada. Regula la actividad de los particulares para asegurar las buenas relaciones entre sí.
  • Fomento, limitación y vigilancia de la actividad privada.
  • Sustitución parcial o total de la actividad de los particulares por la actividad estatal.

RESPONSABILIDADES ESTATALES

La responsabilidad del Estado es la obligación importante que pesa sobre éste, para reparar daños causados por el hecho ilícito de sus órganos. La responsabilidad del Estado se basa en el principio de que todo daño causado ilícitamente por él debe ser reparado de buena fe.

        También se basa en el principio de igualdad ante las cargas públicas, una variante de la igualdad ante la ley, en el sentido de que nadie puede soportar más exacciones o perjuicios de parte del Estado que aquellos que la ley expresamente señala como obligatorios o lícitos.

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (4 Kb) pdf (38 Kb) docx (9 Kb)
Leer 2 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com