DERECHO DELITOS SEXUALES
Enviado por • 29 de Agosto de 2013 • 832 Palabras (4 Páginas) • 478 Visitas
SEGUNDA UNIDAD
Los delitos en contra la seguridad o libertad sexual
Atentados al pudor
Elementos:
a) Ejecución de un acto erótico sexual;
b) Sobre una persona mayor de 12 años (sin su consentimiento), o sobre una menor de 12 años (aún con el consentimiento);
c) Sin la intención de llegar a la cópula.
La penalidad será de 3 meses a 3 años de prisión (en delito básico)
➢ Se agrava la pena de 6 meses a 8 años de prisión:
✓ si se ejecuta el acto haciendo uso de la violencia física o moral, o participan dos o mas activos.
CONDUCTA EQUIPARADA:
Ejecutar el acto obteniendo el consentimiento de una persona mayor de 12 años, cuando por cualquier causa no pueda resistir.
Estupro
Elementos:
a) Ejecución de la cópula;
b) Con mujer mayor de 12 y menor de 18 años, casta y honesta;
c) Obteniendo el consentimiento por medio de la seducción o el engaño;
Presunciones:
La castidad, la honestidad y la seducción se presumen, salvo prueba en contrario.
➢ Elementos descritos por la ley:
❑ Castidad: Atributo de la mujer que guarda una conducta en el orden sexual, acorde con lo que socialmente se considera como buena.
❑ Honestidad; La reputación que la mujer obtiene por su buen comportamiento moral y material en lo que se relaciona con lo erótico.
❑ Seducción: Implica fascinación (con miras a obtener del pasivo su conformidad para la cópula.
❑ Engaño: Deformación de la verdad (con miras a obtener del pasivo su conformidad para la cópula).
▪ NOTA: Cuando el acusado se case con la ofendida, cesará toda acción para perseguirlo y quedará sin efecto la sanción impuesta, salvo que se declare nulo el matrimonio.
Prostitución Infantil
Elementos:
a) Ejecución de relación sexual u obtener un acto erótico sexual;
b) Con persona menor de 18 años o incapaz;
c) A cambio de cualquier prestación en dinero, especie o servicios.
Punibilidad.
➢ De 2 a 4 años de prisión y multa por el equivalente de cien a doscientos días de salario mínimo, cuando la víctima sea menor de 18 años pero mayor de 15,
❑ siendo este hecho del conocimiento del activo; y
Agravante.
➢ De 4 a 7 años de prisión, y multa por el equivalente de doscientos a quinientos días de salario mínimo, cuando la víctima sea menor de quince años.
Conducta equiparada.
a) Administrar, regentear, inducir, promover, ofrecer, facilitar o llevar a cabo;
b) Actos tendientes a la utilización de menores en prácticas de prostitución.
Penalidad:
❑ De 7 a 14 años de prisión y multa por el equivalente de quinientos días de salario mínimo.
Violación
Elementos:
a) imponer la cópula;
b) por medio de la violencia física o moral;
c) con persona de cualquier sexo
Cópula: Laintroducción, total o parcial, con o sin eyaculación, del miembro viril en el cuerpo de la víctima de cualquier sexo, sea por vía vaginal, oral o anal.
Punibilidad.
➢ De 8 a 15 años de prisión
Agravantes.
✓ Cuando el autor del delito tuviere derechos de tutela, patria potestad o a heredar bienes por sucesión legítima respecto de la víctima, de 8 a 15 años de prisión y pérdida de esos derechos.
✓ La violación del padrastro al hijastro y la ejecutada por éste a su padrastro, la del amasio al hijo de su amasia, la del tutor a su pupilo, la efectuada entre ascendientes o descendientes naturales o adoptivos o entre hermanos, será sancionada de 9 a 18 años. Además, pérdida de los derechos de la patria potestad o tutela cuando la ejerciere sobre la víctima.
EQUIPARACIÓN.
a) La introducción por vía vaginal o anal;
b) con fines eróticos sexuales;
c) de cualquier objeto o instrumento distinto del miembro viril;
d) por medio de la violencia física o moral, sea cual fuere el sexo del ofendido,
Sanción: 8 a 15 años de prisión.
EQUIPARACIÓN
a) cópula o introducción por vía vaginal o anal de cualquier objeto o instrumento con fines eróticos sexuales:
b) con menor de doce años,
o persona privada de razón o de sentido,
o cuando por enfermedad o por cualquier otra causa no pudiere oponer resistencia.
Sanción: 8 a 15 años de prisión.
Agravante:
Si la persona ofendida fuere menor de diez años, la sanción será de 12 a 18 años de prisión.
Acoso Sexual
Artículo 176 Bis.
a) Acción de asediar, acosar,
o reiteradamente solicitar:
b) una conducta del pasivo, de naturaleza erótico sexual,
c) para sí o para un tercero,
d) con la amenaza de causar a la víctima un mal relacionado con las expectativas que pueda tener en el ámbito de una relación (campo laboral, docente, doméstico o cualquier otro)
Sanción de uno a tres años de prisión.
Agravante:
Si el acosador fuese servidor público y utilizase medios o circunstancias que el encargo le proporcione, además de la pena prevista en el párrafo anterior, se le destituirá de su cargo.
Bigamia
Artículo 180.
a) Contraer matrimonio;
b) estando unido a otra persona (en matrimonio)
Nota. Punible el delito para el diverso contrayente si conocía el impedimento al tiempo de celebrarse el matrimonio.
Sanción: 3 meses a 3 años de prisión.
Incesto
Artículo 181.
a) Acción de copular;
b) los parientes entre sí;
c) tratándose de
ascendientes con descendientes,
hermanos,
medios hermanos,
padre o madre adoptante con hija o hijo adoptivo, respectivamente,
o los que estén ligados por vínculos de afinidad en primer grado.
Sanción.
De 6 meses a 3 años.
Agravación: Entre ascendientes con descendientes de 1 a 4 años.
...