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¿La negación de la libertad por vencimiento de términos en delitos sexuales en menores de 14 años, desconoce los derechos fundamentales de los procesados?


Enviado por   •  6 de Septiembre de 2016  •  Documentos de Investigación  •  1.296 Palabras (6 Páginas)  •  308 Visitas

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UNIVERSIDAD LA GRAN COLOMBIA

FACULTAD DE DERECHO

2016

PREGUNTA

¿La negación de la libertad por vencimiento de términos en delitos sexuales en menores de 14 años, desconoce los derechos fundamentales de los procesados?

.CONTEXTUALIZACION

Para tratar del tema en referencia en cuanto a evaluar si existe una posible vulneración del derecho de libertad de los procesados en la imputación de delitos sexuales con menores de 14 años, debemos realizar un acápite a las circunstancias en que se basa el legislador y el juez para tomar tal decisión, siendo esto un análisis normativo y jurisprudencia, razón fundada en que a pesar de que se estipule en la ley, la imposibilidad de contemplar beneficios a los actores de este tipo de delitos, y con ello haciéndolos extensivos a acuerdos con la fiscalía, o al allanamiento anticipado de los cargos, con ello el impedimento de acceder a una posible libertad condicional, ello no se puede generalizar al procesado en una etapa investigativa, a saber el desarrollo de la investigación está dirigida a ese fin, si con ese impedimento se estaría vulnerando derechos fundamentales, tales como la libertad, la igualdad, u otros principios como el de la presunción de inocencia, por ello se estipula una cierta contrariedad jurisprudencial en la aplicabilidad de la norma en este tipo de casos, que se entrara a analizar.

JUSTIFICACION

En el sistema penal colombiano, más que todo en su procedimiento, se estipula la aplicabilidad normativa, jurisprudencial, acompañada con la sana critica del juez al momento de la toma de decisiones en cierto caso de estudio, con ello la estipulación de los delitos, unos más gravoso que otros a consideración, entre los delitos menores y según el desarrollo del proceso se pueden llegar a obtener beneficios para el inculpado, en los gravosos según el delito, como por ejemplo la tortura, o en el caso de estudio el abuso sexual a menores de catorce años, no contemplan beneficios algunos para el procesado, tratándose de este último y como regla general cuando existiere una decisión condenatoria, que justifique que el delito cometido no tiene viabilidad de beneficios, pero en este caso al referirnos de delito de abuso sexual en menor de catorce años, nos referimos al carácter de investigado más no de carácter de sancionado, o en otros términos, el procesado al cual no se le ha comprobado su culpabilidad en el hecho.

Concerniente con lo mencionado, el procesado no tiene la posibilidad de obtener su libertad en el desarrollo del proceso, momento en el cual se dice que goza del principio de presunción de inocencia, y por tanto es retenido en lo que la jurisprudencia y normatividad en Colombia sugieren por un tiempo razonable, he aquí el asunto a desarrollar, si todo procesado goza de la presunción de inocencia, en el delito en comento, se podría decir que se violaría no solo este principio sino el de libertad del procesado, sino existe una sentencia en firme, no existiera razones para la privación de la libertad, más aun, cuando el plazo razonable mencionado, no tiene una descripción tacita, lo cual llevaría en caso extremo a un indefinida retención del investigado, lo que se reflejaría en un pago de condena anticipada antes de la decisión condenatoria en caso tal de que se comprobaré la culpabilidad, y por otra parte no se podría hablar de beneficio, o mejor dicho, la prohibición de beneficio al sentenciado, debido que en el caso motivo de estudio se trataré de un investigado.

Por ello el desarrollo del tema, estará direccionado a pretender analizar si existe vulneración de los derechos del investigado, en el desarrollo del procedimiento penal en este tipo de delitos.

DESARROLLO:

Tendría que empezar diciendo que la libertad por vencimiento de términos NO está contemplada en la legislación como beneficio ya que dentro de los que están descritos como tal no está el tema que nos atañe (art 199 C.P.P.) , es un DERECHO por eso mi insistencia con el tema de la violación

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