Democracia participativa
Sgo.123Apuntes2 de Octubre de 2019
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Democracia participativa
Cabildo abierto: se desarrolla en consejos municipales, distritales o juntas administradoras locales JAL, que deben dedicar al menos 2 sesiones a las peticiones que el pueblo desea sean analizadas; al menos cinco ciudadanos de cada mil del censo electoral de la zona deben presentar la petición sustentada, con el fin de discutir asuntos de interés para la comunidad.
Participación administrativa
Veedurías ciudadanas: es la organización y movilización de la sociedad civil para participar en los ejercicios de vigilancia a sus representantes. Se inscribe la veeduría ante las personerías locales o la Cámara de Comercio de la ciudad. Mínimo dos personas la gestionan y puede ser financiada por ellas mismas o por cooperación internacional.
Revocatoria del mandato: Es un derecho político, por medio del cual los ciudadanos dan por terminado el mandato que le han conferido a un gobernador o a un alcalde cuando no hayan cumplido el programa y propuestas presentadas durante su candidatura. art. 103
Para qué son:
o Tutela art 86: para reclamar ante los jueces, en todo momento y lugar, mediante un procedimiento preferente y sumario, por sí misma o por quien actúe a su nombre, la protección inmediata de sus derechos constitucionales fundamentales, cuando quiera que éstos resulten vulnerados o amenazados por la acción o la omisión de cualquier autoridad pública
o Ley o acto administrativo art 87 (quien y para qué): Toda persona podrá acudir ante la autoridad judicial para hacer efectivo el cumplimiento de una ley o un acto administrativo
o Acción popular art 88 (para y qué define):para la protección de los derechos e intereses colectivos, relacionados con el patrimonio, el espacio, la seguridad y la salubridad públicos, la moral administrativa, el ambiente, la libre competencia económica y otros de similar naturaleza que se definen en ella. definirá los casos de responsabilidad civil objetiva por el daño inferido a los derechos e intereses colectivos.
o A qué tienen derecho los ciudadanos…. Principios de los partidos políticos… art. 107
el derecho a fundar, organizar y desarrollar partidos y movimientos políticos, y la libertad de afiliarse a ellos o de retirarse. También se garantiza a las organizaciones sociales el derecho a manifestarse y a participar en eventos políticos.
Principios de los partidos políticos tendrán como principios rectores la transparencia, objetividad, moralidad, la equidad de género, y el deber de presentar y divulgar sus programas políticos.
o Cuando reconocerá el Consejo Nacional Electoral la personería jurídica a los partidos o movimientos políticos, art. 108: cuando comprueben su existencia con no menos de cincuenta mil firmas, o cuando en la elección anterior hayan obtenido por lo menos la misma cifra de votos o alcanzado representación en el Congreso de la República.
o El Consejo Nacional Electoral reconocerá Personería Jurídica a los partidos, movimientos políticos y grupos significativos de ciudadanos. Estos podrán obtenerlas con votación no inferior al tres por ciento (3%) de los votos emitidos válidamente en el territorio nacional en elecciones de Cámara de Representantes o Senado.
Continuar el mapa conceptual respondiendo:
Responder en
Donde se desarrolla y cuántos ciudadanos presentan el cabildo abierto
Qué es la veeduría y ante quién se inscribe
Qué es la revocatoria del mandato
Para qué son
Tutela
Ley o acto administrativo art
Acción popular
Cuáles son los Principios de los partidos políticos
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