Derecho Consuetudinario Wayuú
laureyes17 de Agosto de 2011
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DERECHO CONSUETUDINARIO WAYUÚ
La Recopilación de Indias, como cuerpo legislativo que pretendía atenuar los efectos de la conquista, permitiendo que los indios mantuvieran sus usos y costumbres, siempre que no fueran injustas en el trato con el blanco, ordenó en 1542 al Tribunal o Audiencia de Indias, lo siguiente: “...no den lugar a que en los pleitos entre indios, o con ellos, se hagan procesos ordinarios, ni hayan largas, como suele acontecer por la malicia de algunos abogados y procuradores, sino que sumariamente sean determinados, guardando sus usos y costumbres no siendo claramente injustos...”.
Pues bien, el derecho consuetudinario o costumbre jurídica para otros, no es más que un conjunto de normas de tipo tradicional con valor cultural, no escritas ni codificadas, que están perpetradas en el tiempo y que son transmitidas oralmente a los miembros de la comunidad para luego ser compartidas y aplicadas al grupo social, como es el caso de los pueblos indígenas. Es tan esencial a los mismos que si se destierra se pierde su identidad como pueblo. A diferencia del derecho positivo, el derecho consuetudinario opera sin Estado, mientras que las normas del derecho positivo emanan de una autoridad política constituida y son ejecutadas por órganos del Estado (Cfr.Stavenhagen, 1990).
El pueblo wayuu tiene su propio derecho consuetudinario reconocido históricamente, que forma parte del derecho colectivo a la cultura: se trata de la ley wayuu (guajira) y su concepción de justicia criminal, cuyos principios se desarrollan de la siguiente manera: con la producción de un conflicto de tipo criminológico (pütchi) que cause un daño material a una víctima (asiruu), nace el pago de una indemnización (maünnaa), mediante una ley de compensación y cuya resolución pacífica se deja generalmente en manos de intermediarios, llamados los pütchipü’ü o “palabreros guajiros” que pertenecen a los diferentes grupos o clanes, para evitar actos de venganza inmediatas (Colmenares, 1993).
La ley guajira se respeta y se cumple a cabalidad sin necesidad de existir tribunales ni cárceles, en ella no existe individualización de la pena y la sanción sólo tiene una repercusión patrimonial.
Por mera coincidencia, en la ley Wayuu convergen la depenalización de la Criminología Crítica, la compensación como forma o medida restitutoria pregonada por los abolicionistas y la reducción de mecanismos represivos como principio del Minimalismo.
El derecho consuetudinario Wayuu puede surgir a partir de tres niveles: el social, el familiar y el personal. Así tenemos que desde el punto de vista de la estructura social, Labarca Prieto explica que el pueblo wayuu coordina sus acciones intersubjetivas especialmente a través de la “tapushirúa” (familia), ya que carece de un poder central y de instituciones representativas que mantengan el orden público y la seguridad del grupo (1979:109).
Esta misma sociedad ha ido creando un conjunto de normas que se enseñan a sus miembros desde que nacen, y que descansan en la conciencia de cada uno de ellos (nivel personal).
Las informaciones orales y la tradición misma nos dicen que el wayuu desea vivir en paz; tal como lo refiere de viva voz Noelí Pocaterra, las abuelas, las madres y las tías acostumbran a decir: “todo problema debe arreglarse porque es muy bueno andar con seguridad y tranquilidad por los caminos. Es bueno no tener problemas con nadie; puedes andar libremente, dormir en el monte, andar detrás de los animales, cazar, pastorear, trabajar en cualquier cosa sin temor de tener enemigos”.
Cuando hay una falta o se transgrede el orden social establecido, la sanción va desde el reclamo, luego la amonestación y por último, la indemnización en especie, que inicialmente era en ganado y collares y luego en dinero. En este sentido, una investigación de campo realizada sobre
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