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Derecho Indigena


Enviado por   •  15 de Abril de 2012  •  2.220 Palabras (9 Páginas)  •  742 Visitas

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1. CONSIDERACIONES CONTEXTUALES

Finalizando el año 2001, luego de haber clausurado el ciclo básico de la carrera de derecho, mi

búsqueda académica irrumpió en una fuerte crisis: se cerraba un período en el que la teoría del

derecho y de la constitución habían delimitado mi horizonte intelectual en el ámbito jurídico; y se

abría otro de tensión, derivado de la estrechez argumentativa que empezaba a encontrar en las

disquisiciones de reconocidos juristas que emprendían la labor de formarme en materias

relacionadas con la dogmática jurídica. Para ese entonces, las dudas que se derivaban de mi

acercamiento al derecho constitucional –cuyas fuentes más prominentes fueron legadas por la

filosofía política de las revoluciones burguesas-, se incrementaban al calor de discursos de otras

ramas del derecho, que pese a provenir de fuentes similares, rara vez encontraban disertantes que

las asociaran con la teoría política que las vio nacer. Las incertidumbres derivadas del periplo que

se cerraba y del otro que se abría, estaban relacionadas con el culto a la razón derivado del primer

enfoque, y con la excesiva importancia que se le atribuía al tenor literal de la ley en el caso de la

segunda orientación.

Desde el punto de vista constitucional encontraba razones de sobra para criticar la penuria

interpretativa de las corrientes que enseñaban el derecho con un apego irrestricto a los códigos

legales. Sin embargo, asomaban también un sinnúmero de dudas respecto a las tendencias

constitucionales, fundadas en mis reparos al enfoque universalista y racional de la filosofía

liberal. El tránsito entre estas dos etapas, permitió de manera curiosa, que se diera la posibilidad

de pensar el constitucionalismo desde la teoría crítica. Primero para reprobarlo sin compasión.

En una segunda fase que sigue depurándose hasta el presente, aspirando a encontrar puentes

desde los que las dos tendencias puedan fortalecerse.

El año 2002 vendría acompañado de acontecimientos reveladores. Una gran cantidad de debates

suscitados a raíz de la primera década de la expedición de la Constitución de 1991, presentaron

como epicentro de discusión el reconocimiento de la diversidad étnica y cultural en el país. Para

ese entonces, fruto de mis primeros acercamientos al pueblo kamentza del Alto Putumayo,

recordaba algunas lecturas que había realizado hacía finales de la década de los noventas, entre

las que sobresalían, las propuestas del antropólogo Carlos Castaneda y la de los filósofos Edgar

Garavito y Consuelo Pabón. Me interesaba acceder a los términos del debate y vislumbraba la

posibilidad de acercarme al derecho desde una orilla más próxima a mis intereses vitales: se

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presentaba el chance de recapacitar sobre la justicia y los derechos indígenas desde los horizontes

que me unían a las comunidades.

Desde el primer momento tuve discrepancias con textos que se habían posicionado en la literatura

especializada. Me beneficié de dos puertas de entrada disímiles que fortalecieron mi lectura

crítica del multiculturalismo constitucional: en primer lugar, de la traducción recién editada de

chamanismo, colonialismo y el hombre salvaje de Michael Taussig. En las fronteras de su

narración encontré ideas sugestivas y un pálpito de fuerza que me impulsaba a pensar los dilemas

de la jurisdicción indígena desde otros horizontes epistemológicos. Pero sin lugar a dudas fue el

segundo acceso el que marcó el rumbo de una investigación que comenzaba, y que según parece,

no va a terminar: mi encuentro con Diego Fernando Tupaz Pastas -comunero y líder del pueblo

de los pastos-, tendió el puente entre la justicia indígena y el derecho occidental. Como estudiante

de derecho y militante del Movimiento de Autoridades Indígenas de Colombia AICO, Diego

Tupaz vivía la realidad del diálogo intercultural, por tanto, tenía la capacidad de aterrizar

ampulosas discusiones morales en casos prácticos. Desde aquel tiempo he tenido la posibilidad

de analizar el fenómeno del multiculturalismo desde las dos orillas.

Entre 2003 y 2004 sostuve conversaciones constantes con Taita Florentino Agreda Chindoy,

sabedor y médico tradicional del pueblo kamentza. A su lado me empecé a internar en las

coordenadas del tiempo y el espacio de su comunidad, reconocí las leyes de la justicia indígena

en las leyes de la naturaleza y vislumbre la importancia del alimento sagrado ayahuasca como

una de las principales fuentes de la justicia profesada por los pueblos indígenas del alto y bajo

Putumayo. Llegarían luego las maduras enseñanzas de Taita Víctor Jacanamijoy Jajoy, médico

tradicional y ex-gobernador del pueblo Inga del Valle del Sibundoy, en su escuela, el Tambo

Sinchi Uairra, he encontrado la maravillosa posibilidad de dialogar frente a frente con un

dirigente consumado. Sus palabras reflejan la experiencia del médico y la autoridad. De su voz he

intentado

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