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Derechos Humanos Y Derechos Fundamentales

nano11039 de Abril de 2014

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Derechos humanos y derechos fundamentales

La más urgente necesidad de los individuos es la de orientar su propia vida, necesita saber qué es lo valioso para dar un sentido final a su existencia, y necesita distinguir el bien del mal para decidir sus propias acciones y determinar los ideales de su vida, dado que como lo afirmó el filósofo J. Ortega y Gasset el ideal es un órgano constituyente de la vida. Este es un problema filosófico de tipo axiológico y más precisamente de tipo ético-moral, de los cuales surge a su vez la necesidad de establecer ciertas reglas o normas de conducta para que prevalezca el orden social, ya que el ser humano vive y ha vivido siempre en sociedad, es un animal político según lo definió Aristóteles.

Los Derechos Humanos son un conjunto de exigencias éticas que preceden a todo orden legal de cualquier país, un “horizonte de valores humanos” universalizable por encima de creencias, religiones y filosofías. Son un intento de que los seres humanos utilicen su razón y su libertad para construir un mundo mejor, una “utopía razonable”. Los Derechos Humanos se presentan como una especie de “DERECHOS MORALES” ya que son exigencias éticas, valores que deben ser respetados por todos los seres humanos y que deben ser garantizados por los gobiernos de todos los pueblos

Dada la importancia que tienen los derechos humanos para la vida personal y social, es necesario e imprescindible que sean dados a conocer, que se motive a su aplicación y que sean protegidos frente a las violaciones que constantemente ocurren, convirtiéndose este en el objetivo principal del ensayo, reflexionar sobre una posible solución a este incumplimiento de los deberes y por consiguiente la violación a los derechos que nos otorga la ley.

¿Qué son y en que se fundamentan los derechos humanos?

En principio, se entiende que los Derechos Humanos son los que posee todo ser humano por el hecho de serlo con independencia de que sean reconocidos o no por el Derecho. Los Derechos

Humanos se han ido reconociendo a lo largo de la historia, a través de un lento proceso de aprendizaje moral que no ha terminado todavía. Como antecedentes históricos de La

Declaración Universal de los Derechos Humanos de 10 de Diciembre de 1948 destacan:

Declaración inglesa denominada “Bill of Rights” (1689).

Declaración de los Derechos de Virginia de los EE.UU. de América (1776).

Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano (1789 y 1793).

En todas estas Declaraciones y documentos históricos existe una visión del ser humano en la que se defiende la dignidad inalienable y esencial de toda persona humana, por encima y al margen de cualquier circunstancia accidental como nacionalidad, sexo, lengua, religión o nivel de instrucción. Las primeras elaboraciones de un auténtico código de Derechos Humanos tuvieron lugar en los ambientes liberales y democráticos del siglo XVIII. Manteniéndose en este espíritu, pero fecundado con las nuevas ideas socialistas, sindicalistas y humanistas, casi 150 años después de las Declaraciones americana y francesa, el día 10 de diciembre de 1948 la Asamblea General de la ONU aprobó la Declaración Universal de los Derechos Humanos.

Esta Declaración surgió después de las trágicas consecuencias de la Segunda Guerra Mundial (millones de muertos, persecuciones raciales y políticas, campos de concentración y de exterminio, bombas atómicas de Hiroshima y Nagasaki, etc.) y tras la derrota de los ejércitos nazis, fascistas e imperialistas. En la Declaración Universal de los Derechos Humanos se reflejan aquellas dolorosas experiencias, y se insiste en la dignidad, la igualdad y la libertad de las personas y en la necesidad de la paz y de la cooperación entre todos los Estados.

Así pues, los Derechos Humanos se fundamentan en la inalienable dignidad de la persona humana y poseen vigencia universal. Esto implica los siguientes aspectos:

1. Ninguna persona puede ser privada de ellos.

2. Deben ser respetados por la legislación de todos los Estados.

3. Han de servir como marco de referencia para organizar la vida social y política.

4. Han de constituir el código básico y fundamental de la justicia de todas las naciones y del Derecho Internacional.

Los Derechos Humanos son exigencias elementales que puede plantear cualquier ser humano por el hecho de serlo, y que tienen que ser satisfechas porque se refieren a unas necesidades básicas, cuya satisfacción es indispensable para que puedan desarrollarse como seres humanos. Son unos derechos tan básicos que sin ellos resulta difícil llevar una vida digna. Por ser tan necesarios para la persona se dice que son:

Universales: se deben reconocer a TODOS los seres humanos. Son unas exigencias mínimas que se deben garantizar en reconocimiento de su condición de humanos.

Prioritarios: al entrar en conflicto con otros derechos, tienen que ser protegidos de una forma prioritaria.

Innegociables: ninguna sociedad debe negar la protección de estos derechos a sus miembros. Además, todas las sociedades tienen que contribuir en el contexto mundial para lograr que se respeten los derechos de todas las personas, sea cual fuere la sociedad concreta a la que pertenezcan.

En conclusión, los Derechos Humanos (DD.HH.) son unos mínimos morales de justicia que deben ser satisfechos porque sin ellos no se puede construir una sociedad justa ni un mundo en paz y armonía.

Derechos fundamentales:

m. pl. Los que, por ser inherentes a la dignidad humana y por resultar necesarios para el libre desarrollo de la personalidad, suelen ser recogidos por las constituciones modernas asignándoles un valor jurídico superior.

• m. Facultad del ser humano para hacer legítimamente lo que conduce a los fines de su vida.

• m. Facultad de hacer o exigir todo aquello que la ley o la autoridad establece en nuestro favor, o que el dueño de una cosa nos permite en ella.

• m. Justicia, razón.

Los derechos humanos pertenecen al ser humano tanto en su calidad de individuo como de persona, pero ¿qué es un individuo?

Se entiende por "Individuo" (palabra que proviene del latín in-dividuus, ‘no dividido’) cada ser concreto, indivisible en sí y separado de los demás. El individuo es el ser único en la particularidad de su existir. En sociología, es la persona considerada de forma aislada en relación con la sociedad.

Los individuos constan de distintas partes, se hallan en relación con el entorno y entre sí y se distinguen de los otros por tener cada uno su propio tiempo, espacio, origen y destino. Como ser único, el individuo contrasta con la pluralidad de seres únicos.

Aristóteles consideró al individuo como "sustancia primera", a diferencia del género o especie, a los que denominó "sustancia segunda". Para este filósofo cada individuo cuenta con un patrón o modelo innato cuya meta o ‘causa final’ es su pleno desarrollo. Heráclito mantuvo que la virtud ética consistía en la subordinación del individuo a las leyes de una armonía razonable y universal. Según Hegel, el individuo es íntegro sólo en la medida en que mantiene relaciones sociales y es su sometimiento a la voluntad general, cuya manifestación es el Estado, su más alta expresión ética. Para Martin Heidegger, sin embargo, el individuo está siempre en peligro de ser sumergido por el mundo de los objetos y el comportamiento superficial y convencional de la multitud; una idea que se asemeja a una afirmación de Friedrich Nietzsche donde sostuvo que el individuo "ha encontrado más peligro entre los hombres que entre los animales".

Unas veces se considera que los derechos humanos son plasmación de ideales iusnaturalistas (de derecho natural). Pero también existe, sin embargo, una escuela de pensamiento jurídico que, además de no apreciar dicha implicación, sostiene la postura contraria. Para algunos, los derechos humanos son una constante histórica, con clara raigambre en el mundo clásico; para otros, son fruto del cristianismo y de la defensa que éste hace de la persona y su dignidad. Para la mayoría, los derechos humanos aparecen, como tales, en la edad moderna.

Estas últimas teorías, que sostienen la evolución de los derechos humanos según el devenir o la aparición de los mismos en un momento preciso, centran sus fundamentos limitándolos a la expresión misma, o sea, teniendo en cuenta los momentos históricos en los que se utilizaron por primera vez expresiones como "Derechos del Hombre y del Ciudadano" o "Derechos Humanos" o simplemente se hacía referencia a las facultades de las personas e individuos. Mas esta limitación puede significar, si se la generaliza, un gran error de concepto, ya que supone que los derechos de los humanos no existieron hasta que los mismos se percataron de su existencia, es decir que antes de ese momento los seres humanos no poseían derechos como tales.

Sin embargo estas teorías, las más aceptadas, presentan buenas argumentaciones basadas en el racionalismo, exponiendo que los derechos no están en la naturaleza, ni hay dios alguno que nos los confiera. Se afirma, como lo hicieron el filósofo Immanuel Kant y el jurista austriaco Hans Kelsen, que los derechos y obligaciones son productos de la mente humana. Son inventos, edificaciones culturales. Construcciones humanas en definitiva, temporales, ligadas a las situaciones políticas, sociales y económicas de cada momento.

Pueden asociarse a libertades y principios que poseemos por el hecho mismo de ser seres humanos. Pero en cualquier caso estarían siempre asociados a un

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