Derechos de autor
chachuckEnsayo18 de Enero de 2023
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Derechos de autor
Los derechos de autor no han tenido el mismo nombre ni el mismo significado pues ha cambiado a lo largo del tiempo. Tomando como ejemplo a las obras literarias las cuales antes de la invención de la imprenta resultaba complicado reproducir el mismo libro, sin embargo con la llegada de ésta el copiar un libro fue más sencillo. Cuando las personas al replicar una obra comenzaron a recibir una recompensa monetaria, comenzaron a existir conflictos pues recibían una retribución, se adjudicaban la autoría o se replicaron obras censuradas. Esto provocó que en el año de 1886 se estableciera el Convenio de Berna para la protección de obras literarias y artísticas, es decir, lo que ahora llamamos: Derechos de autor. Esto no fue algo inmediato, con el paso del tiempo se fueron uniendo países a este convenio, donde también se les fueron exigiendo siguieran que ciertas reglas para respetar los derechos de autor.
Uno de los principios del Convenio de Berna es la Protección automática, que consiste en que por el simple hecho de haber creado algo ya se tiene derechos de autor, para lo que hay que hacerse un registro, lo que genera un control sobre los derechos.
Las condiciones que se deben cumplir son diferentes para cada estado, cada uno de ellos puede agregar las condiciones que considere, respetando las del estado en el que fue registrado. Las condiciones mínimas son aplicadas para el contexto literario, artístico y científico en cualquiera de sus formas.
Una de las condiciones mínimas nos dice que la persona puede otorgarle los permisos que considere pertinentes a su obra, tales como: los permisos para traducir, realizar cambios, adaptaciones o arreglos, así como si se puede representar, citar, transmitir, radiodifundir públicamente y hacer copias.
La duración de la protección de los derechos es hasta que pasan 50 años después de la muerte del autor, en caso de ser obras anónimas se contarán 50 años a partir de la publicación de la obra, en el caso de películas o producciones audiovisuales en las que no haya un solo autor se contarán 50 años también a partir de la publicación, por lo que pasando este tiempo pasarán a ser de dominio público.
Antes de que se libere completamente la obra, se puede utilizar el material con fines educativos y de prensa, siempre y cuando no se esté lucrando con ellas. Cuando un autor se da cuenta que se está utilizando su obra sin su consentimiento puede denunciar y las sanciones corresponderán a las leyes de cada país.
Existen varios modos de seguridad al creador, las más conocidas son:
Copyright © que es una C dentro de un círculo
Copyleft que es la misma C pero invertida
Creative Commons doble CC
Copyright es la más rigurosa de las licencias, pues significa que están todos los derechos reservados, no se puede distribuir, modificar o utilizar una obra completa o parcialmente sin la autorización del creador y en caso de pedirle autorización al autor es probable que se requiera una remuneración económica.
El Copyleft es todo lo contrario al Copyright, éste si se puede distribuir, modificar y usar el material sin un permiso previo, pero se tiene que hacer mención al autor. Se utiliza mayormente en un ambiente informático, se creó como una protesta a que no todo el contenido debe ser tan restrictivo sobre todo cuando la información se encuentra en internet.
Creative Commons nace después del Copyeft con la idea de que el material debe ser compartido, pero ésta incluye algunas condiciones que da el autor, decidiendo qué se puede hacer con sus obras. Existen varios símbolos que ayudan a identificar algunas de las condiciones por ejemplo:
[pic 1] BY/Atribución: Que es una persona dentro de un círculo, dice que se tiene que mencionar la autoría. Es la que permite mayor libertad de uso, también conocida junto con “Compartir igual” como: Licencias de trabajo cultural libre.
[pic 2] NC/No comercial: Un símbolo de dinero cancelado, es decir que no se puede monetizar con la obra.
[pic 3] ND/Sin obra derivada: Es un símbolo de igual dentro de un círculo, que dice que la obra no puede ser modificada.
[pic 4] SA/Compartir igual: Significa que las nuevas creaciones necesitan tener las mismas licencias que la origina.
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