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ENSAYO DE DERECHOS DE AUTOR


Enviado por   •  17 de Noviembre de 2022  •  Ensayos  •  1.469 Palabras (6 Páginas)  •  608 Visitas

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UNIVERSIDAD UNIVER MILENIUM

ALUMNA: VELÁZQUEZ GONZÁLEZ FLOR ODALYS

MAESTRIA: COMUNICACIÓN Y DESARROLLO ORGANIZACIONAL

MAESTRO: MIGUEL PEREZ MACIEL

MATERIA: DERECHO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL E INTELECTUAL

TEMA:  ENSAYO DE DERECHOS DE AUTOR

Introducción

En el presente trabajo se abordará el tema de Derecho de Autor, donde se explicará el significado, la importancia, los distintos tipos, etc. El ensayo retomará diversos libros, leyes y materiales para recabar información, dándole veracidad a lo planteado.

Para adentrarnos en los derechos de autor debemos saber que proviene de la propiedad intelectual, la cual se basa en normas que regulan los beneficios que las leyes reconocen a los creadores de alguna obra artística, diseños, etc. Los derechos de estas creaciones logran que una persona pueda excluir de un tercero del uso de su creación.

Para lograrlo se necesitas un registro a través de los organismos gubernamentales competentes y terminan con el reconocimiento jurídico de que los derechos solo pueden ser explotados por los creadores o los miembros autorizados por el creador, pero por un determinado tiempo.

La propiedad intelectual se divide en dos temas:
*Derecho de autor.
* Propiedad industrial.

Desarrollo


De acuerdo con la OMPI (2016) “El derecho de autor se aplica a las creaciones literarias y artísticas como los libros, las obras musicales, las pinturas, las esculturas, las películas y las obras realizadas por medios tecnológicos como los programas informáticos y las bases de datos electrónicas.” (p.4).

Es decir, las obras que se prestan a la protección por derecho de autor van desde los libros, la música, pintura, etc.

El derecho de autor protege las obras individuales de la creación intelectual de carácter artístico, musical, científico y literario. Sin embargo, algunos autores opinan al respecto lo siguiente:

Para Herrera (1992), El derecho de autor es el conjunto de prerrogativas morales y pecuniarias que poseen los creadores de una obra por el hecho mismo de haberla creado. Tales prerrogativas son generalmente reconocidas y enumeradas por las leyes.

La Ley Federal del Derecho de Autor, define a los Derechos de Autor, de la siguiente manera:

                     Artículo 11.- El derecho de autor es el reconocimiento que hace el Estado a favor de todo creador de obras literarias y artísticas previstas en el artículo 13 de esta Ley, en virtud del cual otorga su protección para que el autor goce de prerrogativas y privilegios exclusivos de carácter personal y patrimonial. Los primeros integran el llamado derecho moral y los segundos, el patrimonial.
Smith, P. (1998).

Hoy en día es importante los derechos que autor, ya que así las personas saben qué hacer y qué no, en cuanto a las ideas ajenas.

Se cree que el fin último de producir algo es el éxito de la creación o el beneficio que se puede producir, sin embargo, muchas veces se reconocen generalmente los derechos morales del autor de una obra como su inventor, la satisfacción de saber que con algo que creaste algunas personas salen beneficiadas, y a veces es mejor que cualquier recompensa financiera que se pueda obtener de ello.

Al proteger su obra, el creador intelectual goza de dos tipos de derechos, llamados morales y patrimoniales.

Los derechos morales pertenecen al autor de la obra y son intransferibles o transferibles, y no pueden cederse ni renunciarse. Algunos derechos morales no tienen límite de tiempo, como derecho de paternidad o la integridad de la obra.

Los derechos patrimoniales incluyen los derechos de explotación y los derechos de simple remuneración. El derecho de explotación permite al autor a decidir la utilización de su obra, lo que no puede hacerse sin su autorización, salvo en determinados supuestos previstos por la vigente ley española de propiedad intelectual, las denominadas limitaciones o excepciones.

En la opinión de la OMPI (2016) “El titular de los derechos patrimoniales de una obra puede prohibir o autorizar:

  • La reproducción de su obra de varias formas, como la publicación impresa o la grabación sonora;
  • La interpretación o ejecución públicas, por ejemplo, en una obra dramática o musical;
  • La grabación de la obra, por ejemplo, en forma de discos compactos o DVD;
  • La radiodifusión de la obra por radio, cable o satélite;
  • La traducción de la obra a otros idiomas; y
  • La adaptación de la obra, como en el caso de una novela adaptada para un guion.”

Por otra parte, en el Artículo 19 de la Ley Federal del Derecho de Autor se señala que” el derecho moral se considera unido al autor y es inalienable, imprescriptible, irrenunciable e inembargable”, además “corresponde el ejercicio del derecho moral, al propio creador de la obra y a sus herederos”.

Es decir, el titular de los derechos morales es la persona que decide si una obra se hace pública, cómo se hace o permanece inédita, por ejemplo, el Hijo de El Santo es el titular de los derechos morales sobre esa obra.
Lo mismo pueden hacer los periodistas o quienes hereden sus derechos de autor, ya sean publicados o inéditos.

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