Desarrollo Integral De La Familia
jkjunbvgh8 de Octubre de 2012
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gnifica DIF
Desarrollo Integral de la Familia
DIF NACIONAL
El DIF Nacional es un organismo público descentralizado, con personalidad jurídica y
patrimonio propio, creado por Decreto el 13 de enero de 1977 que, de acuerdo al artículo 13 de
la Ley sobre el Sistema Nacional de Asistencia Social de 1986, es el promotor de la Asistencia
Social, de la interrelación sistemática de las acciones rectoras, así como coordinador del
Sistema integrado por los órganos estatales y municipales de la asistencia social.
BASES JURÍDICAS PARA LA ASISTENCIA SOCIAL.
Existe un conjunto de disposiciones jurídicas que norman y conducen las acciones de
asistencia social a nivel nacional, estatal y municipal, en las cuales se define aquello que les
corresponderá hacer a cada orden de gobierno en esta materia, así como el papel que debe
desempeñar en la participación social.
Estas disposiciones son, en orden de importancia, las siguientes:
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Es el máximo ordenamiento jurídico que norma la vida política, económica y social del país.
En el apartado de garantías individuales, en el artículo 4º., se consigna la protección legal para
la organización y desarrollo de la familia. Asimismo, se establece el derecho a la salud,
señalándose la concurrencia del orden federal y el de las entidades federativas, en materia de
salubridad general.
El artículo 73, fracción XVI, reconoce que el Estado, a través del Congreso, tiene facultades
para dictar leyes en materia de salubridad general. Misma que queda reglamentada
posteriormente en la Ley sobre el Sistema Nacional de Asistencia Social.
El artículo 115, fracción III, establece la facultad de los municipios para celebrar convenios con
el Estado, para desarrollar funciones específicas, ejecutar y operar obras y para prestar
servicios públicos, entre los que se pueden inscribir los relativos a la asistencia social.
DIF NACIONAL
El DIF Nacional es un organismo público descentralizado, con personalidad jurídica y
patrimonio propio, creado por Decreto el 13 de enero de 1977 que, de acuerdo al artículo 13 de
la Ley sobre el Sistema Nacional de Asistencia Social de 1986, es el promotor de la Asistencia
Social, de la interrelación sistemática de las acciones rectoras, así como coordinador del
Sistema integrado por los órganos estatales y municipales de la asistencia social.
BASES JURÍDICAS PARA LA ASISTENCIA SOCIAL.
Existe un conjunto de disposiciones jurídicas que norman y conducen las acciones de
asistencia social a nivel nacional, estatal y municipal, en las cuales se define aquello que les
corresponderá hacer a cada orden de gobierno en esta materia, así como el papel que debe
desempeñar en la participación social.
Estas disposiciones son, en orden de importancia, las siguientes:
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Es el máximo ordenamiento jurídico que norma la vida política, económica y social del país.
En el apartado de garantías individuales, en el artículo 4º., se consigna la protección legal para
la organización y desarrollo de la familia. Asimismo, se establece el derecho a la salud,
señalándose la concurrencia del orden federal y el de las entidades federativas, en materia de
salubridad general.
El artículo 73, fracción XVI, reconoce que el Estado, a través del Congreso, tiene facultades
para dictar leyes en materia de salubridad general. Misma que queda reglamentada
posteriormente en la Ley sobre el Sistema Nacional de Asistencia Social.
El artículo 115, fracción III, establece la facultad de los municipios para celebrar convenios con
el Estado, para desarrollar funciones específicas, ejecutar y operar obras y para prestar
servicios públicos, entre los que se pueden inscribir los relativos a la asistencia social.
Ley General de Salud.
Reglamenta el derecho a la protección de la salud, dentro de la cual se ubica la asistencia
social, de conformidad con lo establecido en el artículo 4º. De la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos. Establece las bases y modalidades para el acceso a los servicios
de salud y la concurrencia entre gobiernos en materia de salubridad general.
Ley de Asistencia Social.
Establece las bases y procedimientos para la operación de un Sistema Nacional de Asistencia
Social, mediante la concurrencia y colaboración del gobierno federal y los estatales, así como
de los sectores social y privado (los cuales integran el Sistema Nacional de Asistencia Social).
Los servicios que se presten en los estados por los gobiernos locales y sus correspondientes
sectores social y privado, formarán parte de los sistemas estatales de salud.
Esta ley establece al Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia como órgano
responsable de proporcionar los servicios de asistencia social, siendo su objetivo promover la
asistencia social, la prestación de servicios asistenciales, la coordinación e interrelación
sistemática de las acciones que en esta materia llevan a cabo las instituciones públicas, así
como la realización de las demás acciones que establezcan las disposiciones legales
aplicables.
OBJETIVOS GENERALES DEL DIF.1
OBJETIVOS INSTITUCIONALES:
• Fortalecer el carácter normativo del SNDIF a través del desarrollo de políticas públicas
de asistencia social.
• Prestar servicios de asistencia social.
• Generar como política de Estado la Asistencia Social y Familiar.
• Apoyar y fomentar el desarrollo integral de la familia y la comunidad.
• Formar recursos humanos para la asistencia social.
• Realizar estudios e investigaciones para desarrollar modelos de atención de asistencia
social.
• Generar un proceso de desarrollo organizacional permanente.
• Fomentar la cooperación internacional en materia de asistencia social.
OBJETIVOS RECTORES:
• Fortalecer el Sistema Nacional de Asistencia Social.
• Ampliar el acceso y la cobertura de la Asistencia Social en el orden nacional.
• Fortalecer la participación y cooperación social, así como promover una cultura de
subsidiaridad, corresponsabilidad, equidad y solidaridad; respondiendo a las
necesidades de cada comunidad.
• Promover acciones de fortalecimiento de las capacidades de la población vulnerable o
en riesgo, a fin de incorporarlos al desarrollo humano pleno.
• Difundir e intercambiar programas de Asistencia Social al ámbito internacional.
• Mejorar la calidad de los servicios de la Asistencia Social.
El Sistema Nacional DIF, coordina y promueve entre los Sistemas Estatales DIF,
actividades y programas tendientes a garantizar la protección, el desarrollo integral y la
igualdad de oportunidades para los niños, niñas, adolescentes y familias vulnerables, a
través de la generación e implantación de políticas públicas y modelos de intervención
regionales y locales de carácter preventivo y de atención, que permitan superar condiciones de
desventaja y competencia social, ello acorde a los postulados de humanismo, equidad y
cambio, así como al criterio de inclusión, planteados por la presente administración.
Es importante señalar que los programas estatales y municipales de asistencia social deben
responder a la problemática específica que enfrentan en sus localidades, así como a la
disponibilidad de sus recursos, procurando adecuar sus acciones a las normas y políticas
señaladas por el DIF Nacional. De esta manera se garantiza una congruencia en la operación
del Sistema Nacional de Asistencia Social.
DIF ESTATAL.
En el capítulo dedicado a la historia de la asistencia social, se mencionó que durante el
periodo 1994-1997, la asistencia social estuvo sujeta a una
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