EDUCAR PARA LA PAZ
camiloescribe11 de Agosto de 2012
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EDUCAR PARA LA PAZ
1. Justificación
La educación para la paz no es una opción más sino una necesidad que toda institución educativa debe asumir. Los principios para una convivencia pacífica entre pueblos y grupos sociales se han convertido en un imperativo legal. Ahora se trata de conseguir que el derecho formal de la paz se convierta en un derecho real.
Educar para la paz es una forma de educar en valores. La educación para la paz lleva implícitos otros valores como: justicia, democracia, solidaridad, tolerancia, convivencia, respeto, cooperación, autonomía, racionalidad, amor a la verdad... La educación en valores es un factor importantísimo para conseguir la calidad que propone nuestro sistema educativo.
Podemos realizar una breve retrospectiva histórica, recordando que la educación para la paz se inicia con el movimiento de la Escuela Nueva, recibe el apoyo institucional de la UNESCO, se enriquece con el ideal de no-violencia y continúa su andadura a través de la Investigación para la Paz y el Desarrollo. Superada la clásica oposición paz contra guerra, actualmente se propone la paz como antítesis de la violencia, la llamada paz positiva. Este aspecto encuentra su mejor marco de actuación pedagógica dentro del modelo sociocognitivista de Vigotsky (1979).
La moderna educación para la paz asume creativamente el conflicto como un proceso natural y consustancial a la existencia humana. La educación para la paz ayuda a la persona a desvelar críticamente la realidad compleja y conflictiva para poder situarse en ella y actuar en consecuencia. Educar para la paz es invitar a actuar en el microcosmos escolar y en el macronivel de las estructuras sociales. Los componentes de la educación para la paz son: la comprensión internacional, los derechos humanos, el mundo multicultural, el desarme, el desarrollo, el conflicto...
Las reformas educativas insisten en la necesidad de una educación para la ciudadanía y los valores en general. Todas estas buenas intenciones deben concretarse en disposiciones legales positivas. Por ejemplo, en el Estado Español, la ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (Boletín Oficial del Estado, n.º 106, de 4 de mayo de 2006) establece que los alumnos de Enseñanza Primaria estudiarán "Educación para la ciudadanía y los derechos humanos", que en 4.º de Enseñanza Secundaria Obligatoria se estudiará "Educación Ético-Cívica, y que en Bachillerato se impartirán enseñanzas sobre "Filosofía y Ciudadanía". Confiamos en que esta ley y sus inminentes desarrollos curriculares sirvan para impulsar una convivencia pacífica y enriquecedora de todos los ciudadanos. La enseñanza de contenidos específicos debe estar unida a la formación de hábitos y habilidades sociales, desarrollando programas adaptados a las diferentes situaciones.
2. Cambio epistemológico y temas transversales
La transversalidad, utilizada como estrategia metodológica en la educación de valores, se corresponde con una moderna concepción epistemológica de las Ciencias de la Educación. En este apartado podemos guiarnos por las reflexiones realizadas por Rodríguez, M. (l995). En nuestro siglo se ha producido una nueva concepción de la ciencia. El positivismo pretende dominar la naturaleza a través de conocimientos instrumentales, buscando el progreso humano. Consecuentemente, se produce un interés técnico por el conocimiento y un dogmatismo racionalista. El postpositivismo desconfía de la experimentación como único criterio de verdad y utiliza la interpretación y la vivencia. Se investiga dialogando y por consenso. Se produce un interés práctico por el conocimiento y una duda razonable dentro de la comunidad científica.
La educación para la paz, como tema transversal aplicable en las distintas áreas y momentos del aprendizaje, sintetiza ambas posturas, distinguiendo la naturaleza
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