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EL DISEÑO DE LA CONSTITUCIÓN DE 1993»


Enviado por   •  8 de Mayo de 2014  •  1.956 Palabras (8 Páginas)  •  270 Visitas

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RECENSIÓN – CONTROL DE LECTURA N°2

Instrucciones: Para el desarrollo de este control de lectura el alumno dispone de 1 texto denominado «EL DISEÑO DE LA CONSTITUCIÓN DE 1993» y deberá desarrollar las preguntas que se plantean a continuación:

PREGUNTAS PARA SU DESARROLLO

CONTENIDO

Elabore un resumen del texto leído, para lo cual debe anotar las ideas más importantes propuestas por el autor, siguiendo el orden de la estructura del texto.

(Extensión máxima página y media)

En lo que respecta a “la persona y de la sociedad” establece los derechos fundamentales de la persona, de los derechos sociales y económicos, de los derechos políticos y de los deberes y de la función pública; que desarrolla los derechos, libertadores y deberes individuales.

En cuanto “Del estado y la Nación”, define el tipo de estado e incluye el derecho internacional referido a los tratados internacionales suscritos por el Perú.

En lo que respecta al “Régimen Económico”, define: principios generales, del ambiente y los recursos naturales, de la propiedad, del régimen agrario y de la comunidades campesinas y nativas; como es obvio aquí se define la estructura económica del estado (tributos, propiedad, presupuesto, etc.).

“De la estructura del estado”, define: la función del poder político, composición del gobierno, poderes del estado y sus instituciones políticas; los capítulos comprenden: Poder Legislativo, de la función legislativa, de la formación y promulgación de las leyes, Poder ejecutivo, del consejo de ministros, de las relaciones con el poder legislativo, régimen de excepción, Poder Judicial, del Consejo Nacional de la Magistratura, Ministerio Publico, de la Defensoría del Pueblo, de la seguridad y de la defensa nacional, del sistema electoral, de la descentralización, las regiones y municipalidades.

La nueva Constitución mantiene el mecanismo de dos vueltas electorales que establecía la anterior. Su artículo 111 señala que es elegido el candidato que obtiene más de la mitad de los votos, pero indica expresamente que los votos viciados o en blanco no se computan. El punto más polémico respecto de la elección del Presidente es el establecido por el artículo 112 de la nueva Constitución. Éste señala que el Presidente puede ser reelegido de inmediato para un período adicional.

La innovación fundamental respecto al gabinete ministerial está dada por lo establecido en el artículo 130. Él establece que, dentro de los treinta días de haber asumido sus funciones, el Presidente del Consejo concurre al Congreso, en compañía de los demás ministros, para exponer y debatir la política general del gobierno y las principales medidas que requiere su gestión. Luego de hacerlo, plantea cuestión de confianza.

El nombramiento propiamente dicho de los ministros corresponde al Presidente. El Parlamento interviene en un segundo momento, para votar la confianza en el mismo. Si un gabinete ministerial no recibe este voto de investidura no puede seguir en funciones. Sin embargo, si el Parlamento se niega en dos oportunidades a dar su confianza al gabinete ministerial nombrado por el Presidente, podrá ser disuelto por éste.

La Constitución establece un Parlamento unicameral, compuesto apenas de 130 representantes. Debe recordarse que el anterior era bicameral y el total de sus representantes era de 240.

La Constitución establece el sistema económico vigente y regula la actividad económica del Estado y de los particulares, que condicionan su validez a la observancia de sus principios, derechos y libertades. La facultad constitucional del Presidente de la República de regular las tarifas de aranceles solo será válida si no contraviene, tergiversa o desnaturaliza los principios, derechos y libertades constitucionales que regulan la actividad económica del Estado y de los particulares, lo cual se hace extensivo a todos los funcionarios públicos de cualquier jerarquía en el ejercicio de sus atribuciones. El Tribunal Constitucional es el órgano encargado por la Constitución de determinar si los actos públicos o privados, incluso en el ámbito económico, son válidos por estar conforme a la Constitución, caso contrario serán declarados nulos.

Las Garantías Constitucionales son acciones que tienen por objeto reponer las cosas al estado anterior a la violación o amenaza de violación de un derecho constitucional. Las acciones garantías proceden en los casos en que se violen o amenacen los derechos constitucionales. Las garantías constitucionales que hace referencia nuestra Carta Magna (Art. Nº 200), son: Hábeas Corpus, Acción de Amparo, Acción de Hábeas Data, Acción de Inconstitucionalidad, Acción Popular y Acción de Cumplimiento.

Mediante el procedimiento de Declaración de Inconstitucionalidad, el Tribunal garantiza la primacía de la Constitución; declara son constitucionales o no, por la forma o por el fondo las siguientes normas que sean impugnadas: Las leyes, Los Decretos Legislativos, Los Decretos de Urgencia, Los Tratados Internacionales que hayan requerido o no la aprobación del Congreso conforme a los Artículos 56 y 57 de la Constitución, Los Reglamentos del Congreso, Las normas regionales de carácter general, Las ordenanzas municipales.

La estructura de la defensoría del pueblo, se establece por ley orgánica. El representante de la defensoría del pueblo es elegido y removido por el congreso con el voto de los dos tercios del número legal. Los requisitos para ser elegido como defensor del pueblo, es haber cumplido los treinta y cinco años de edad y tener la profesión de abogado. El cargo del defensor del pueblo, es por un lapso de cinco años y no está sujeto a ningún mandato imperativo. El defensor del pueblo, cada año debe presentar un informe al congreso, detallando las gestiones que ha realizado; su actividad no puede suspenderse por receso parlamentario, disolución o culminación del mandato. Tiene iniciativa en la formación de las leyes y puede proponer aquellas medidas que faciliten el cumplimiento de sus funciones. Además presenta el proyecto de presupuestos de la defensoría del pueblo ante el poder ejecutivo y lo sustenta no solamente ahí, sino también en el congreso.

VALORACIÓN PERSONAL

Escriba su apreciación crítica personal siguiendo más o menos las siguientes pautas. Extensión 4 párrafos

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