EL PERIODO DE LA CÁRCEL COMO MORALIZACIÓN Y RESOCIALIZACIÓN DEL CONDENADO
MAYELAMORTarea5 de Mayo de 2021
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EL PERIODO DE LA CÁRCEL COMO MORALIZACIÓN Y RESOCIALIZACIÓN DEL CONDENADO.
El periodo de la cárcel como moralización y resocialización del condenado es parte de la evolución de los sistemas penitenciarios a nivel mundial, en este periodo, frente a la permanente situación de abandono e inhumanidad aparecieron ideas de reformar las prisiones. Así pues, John Howard fue uno de los primeros que suscitó esta reforma penitenciaria en su obra The state of the Prisons in England and Wales (Londres, 1777), a la vez que Beccaria denunciará una reforma referida al sistema de los delitos y de las penas en 1764.
En el siglo XVIII, el estado y las condiciones de las prisiones eran aún peores que doscientos años antes. Ante esta situación, Howard determinaría ciertos medios que deberían aplicarse en el ámbito penitenciario, los cuales llegarían a ser las bases de su sistema reformador que buscaba mejorar la higiene y la alimentación; establecer un régimen distinto para detenidos y encarcelados; ofrecer una educación moral y religiosa; suprimir el derecho de carretaje; establecer trabajo e instrucción obligatorios; separar a los reos por sexos, edades y situación procesal; establecer un sistema celular dulcificado; acortar las condenas y conceder certificados de conducta a los detenidos a la salida de la prisión.
Debido al interés de este último por el penitenciarismo y su afán por transformar los establecimientos penitenciarios, aumentará la preocupación de las personas en aquella época, lo que causará que esta idea de reforma penitenciaria crezca en importante medida. De esta manera, a finales del siglo XVIII surgirán los primeros movimientos tendentes a humanizar la ejecución penal.
Asimismo, se debe destacar la figura de Jeremy Bentham, quien, en 1802, publicó su obra Tratado de legislación civil y penal, en la que describiría el sistema Panóptico como un modelo ideal arquitectónico de prisión basado en las ideas de seguridad, economía y reforma moral. Pensó que era necesaria una reforma en la estructura de las prisiones, y por ello ideó el Panóptico, mediante el cual se podría vigilar con una gran eficacia toda la prisión desde un mismo punto de vigilancia. No obstante, ello conllevaría vulnerar la esfera más íntima de los penados, además de tener un elevado costo de construcción, por lo que no se llevó apenas a la práctica. Pero sus ideas sirvieron de precedentes a las llamadas prisiones radiales, como cárceles modelo españolas de principios del siglo XX. Este autor propuso la separación de los penados según el sexo de los mismos, y su distribución por pabellones, para evitar la promiscuidad.
Conforme a las ideas de estos dos autores, se crearon en Inglaterra las primeras Penitenciary Houses. Las ideas de Howard contribuyeron a humanizar el régimen penitenciario, y fueron acogidas por los principales sistemas penitenciarios que aún siguen vigentes en numerosos países. Sin embargo, estas ideas tuvieron sus primeros vestigios en los Estados Unidos de América, a finales del siglo XVIII. Como consecuencia de estos movimientos humanitaristas, aparecieron los primeros regímenes carcelarios en Norteamérica, los cuales resultaron trascendentes en la evolución del derecho penitenciario. Estas modalidades de detención fueron los sistemas filadélfico o pensilvánico y el auburniano. Cada uno de estos sistemas se basa en distintos principios: el filadélfico defiende y mantiene el aislamiento celular completo, tanto nocturno como diurno, con trabajos realizados en la misma celda; y el auburniano defiende una separación nocturna y un trabajo común de día, bajo la regla del silencio, siguiendo una cruel y rigurosa disciplina.
Estos sistemas alcanzaron una gran difusión por toda Europa: desde aquel momento se crearían las prisiones celulares, cuyo costo era excesivo, a la vez que el régimen de Auburn se haría más tolerable que el filadélfico, aunque fracasaría más tarde debido al inadecuado trato de los penados y a la escasez de personal penitenciario.
El sistema filadélfico o pensilvánico celular (1829)
Este sistema fue establecido en la prisión Walnut Street Jail, construida en 1176 en Walnut y, asimismo, en Western Pennsylvania Penitentiary, otra prisión que se construyó en 1818, en Pittsburgh, ambas de Estados Unidos. El régimen de vida que se seguía en ellas era el de aislamiento celular de los presos, tanto nocturno como diurno, por ello se denomina también como sistema celular. En estas prisiones no se llevaba a cabo ningún tipo de trabajo, pues se consideraba que esto podía distraer a los reclusos de su recogimiento y arrepentimiento, que era el objetivo fundamental de este sistema. Por lo tanto, lo único que se les facilitaba era una Biblia. Más tarde se admitió el trabajo en la misma celda, para acabar con la monotonía, pero este no resultaba productivo ni educativo. Con este aislamiento también se intentaba evitar el contagio criminal de unos a otros. Lo positivo de este modelo fue que se mejoró la salud e higiene de las prisiones.
El sistema auburniano o del silencio (1821)
Como consecuencia del fracaso del sistema pensilvánico debido al enajenamiento de los penados por el aislamiento absoluto en las celdas, se creó el sistema auburniano, o sistema de Auburn, en Nueva York, implantado por el capitán Elam Linyns en 1823. Este modelo, permitía la vida en común de los condenados durante el día, siempre y cuando respetaran la regla del silencio. Se caracterizaba por el aislamiento nocturno y todo aquel que no cumpliera las órdenes sería castigado rigurosamente. Este sistema se aplicó de forma generalizada en Estados Unidos.
Estos dos modelos americanos merecieron muchas críticas, pues resultaban contrarios a la naturaleza humana e incluso contraproducente para los reclusos, tanto el aislamiento absoluto que se llevaba a cabo en el sistema pensilvánico, como la regla de absoluto silencio del auburniano. Sin embargo, tuvieron ventajas y desventajas. En el pensilvánico hubo seguridad frente a evasiones y facilitó la vigilancia, evitó la homosexualidad y los contagios criminógenos; sus desventajas fueron que se facilitaba el onanismo, la imposibilidad de obtener la rehabilitación por el trabajo, la conducción al deterioro mental (demencia, locura), la no reinserción social, y económicamente era costoso. En el auburniano, se suprimió el completo aislamiento y el trabajo fue más útil y su costo era reducido; los inconvenientes fueron los abusos disciplinarios con castigos corporales.
2.- De la información aportada en la guía N° 01, realiza un análisis crítico.
La historia de la prisión ha servido para reflexionar sobre la situación actual en el mundo y la teoría general de los derechos fundamentales, para considerar a los presos como sujetos de derechos fundamentales. Las principales líneas están relacionadas con la transformación del Estado social y democrático de Derecho, dando lugar a un cambio en las Instituciones penitenciarias y en las relaciones de ésta con la sociedad. Tales relaciones han estado basadas en la primacía del Estado sobre las Instituciones penitenciarias, concretándose este interés vigente por los derechos de los reclusos en un reflejo del movimiento general en defensa de los derechos humanos. Esta primacía se ha venido manifestando al atribuir al Estado el monopolio del ejercicio legítimo del poder y de la creación del Derecho, incorporando en la Constitución, a través de los derechos fundamentales, un sistema de valores superiores que han de constituir el orden de convivencia política además de informar al ordenamiento jurídico
Las cárceles durante la época colonial se caracterizaron, fundamentalmente, por tener como finalidad el castigo del individuo y no su regeneración.
A tal fin se van creando a través del tiempo una serie de leyes, ordenanzas, disposiciones, códigos, entre otros, que van a configurar una base jurídica sobre la cual se asienta el sistema carcelario.
En el periodo de la guerra de independencia no hay ningún tipo de indicación o vestigio de alguna modificación, transformación o renovación del sistema penitenciario nacional. Pero cabe resaltar que para finales del siglo XVIII, con los movimientos preindependentistas, cuando toma auge el encarcelamiento político. Y en cuanto al funcionamiento de las cárceles, casi no varía: las fugas son más por la mala construcción de las prisiones que por otras razones y los delitos generalmente del tipo personal como el adulterio, ladrones entre otros. En Venezuela el hecho arquitectónico penitenciario más importante hasta ese momento, lo fue la construcción de la cárcel de la Rotunda, que comenzó a construirse cerca de 1840 y terminada en 1854, bajo el gobierno de José Gregorio Monagas, y situada en el corazón de Caracas. Con la muerte de Juan Vicente Gómez se cierra lo que el Profesor Elio Gómez Grillo denomino “La edad de piedra penitenciaria venezolana”, que abarco la Conquista, la Colonia y la Venezuela independiente del siglo XIX y primer tercio del siglo XX.
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