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Carceles De Bolivia


Enviado por   •  30 de Agosto de 2011  •  7.323 Palabras (30 Páginas)  •  2.530 Visitas

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CAPITULO 1

1. Naturaleza Jurídica

1.1. Los recintos penitenciarios de Bolivia

La evolución de la prisión en Bolivia corre paralela con la concepción de la pena. Las primeras leyes penales aprobadas en la república asignaban a la pena un fin enteramente punitivo. O sea represivo por lo que en correspondencia con esta concepción, las cárceles hasta el presente todavía son centros de castigo, que funcionan generalmente en locales adaptados, sin subdivisiones y sin ningún tipo de infraestructura para la rehabilitación del condenado.

El primer reglamento carcelario de la república fue elaborado por la asamblea constituyente de 1826 y promulgado dicho año por el mariscal sucre, creador de Bolivia. Este reglamento, de acuerdo a la realidad de la época, señalaba que; los presidiarios andarán siempre con una cadena de fierro o cosa semejante al pie” y que fuera dela horas de trabajo, los presos indisciplinados debían ser asegurados con cepos.

La primera cárcel que se construyo en Bolivia, por mandato de la asamblea constituyente de 1826, fue la de potosí, cuyo reglamento de funcionamiento fue aprobado el 21 de noviembre.

El segundo edificio carcelario que se construyo en Bolivia, con planos elaborados y destino específico para servir de cárcel, fue l penitenciaria de san Pedro en La Paz en 1895, siguiendo los lineamientos de la cárcel radial o panóptico muy de moda por entonces. Por ello mismo a esta cárcel se la llamo y aun se la llama “PANOPTICO”, por que fue diseñada para poder ser vigilada desde un punto fijo, torre, desde donde la visión de todo el interior del penal es total, por cuanto PAN significa todo y OPTICO visión, o sea visión total. Sin embargo, con el transcurso del tiempo y por el excesivo número de presos que siempre albergo esta cárcel, se hicieron modificaciones en su interior, sobre todo con nuevas construcciones que desnaturalizaron completamente se diseño original, convirtiéndose dicha cárcel en una más del sistema represivo carcelario.

Desde la recuperación de la democracia en 1982 y sobre todo con el inicio de la reforma legislativa a inicios de los años 90, teniendo como fundamento los convenios internacionales en materia de derechos humanos, Bolivia experimenta un proceso real de cambios en el sistema carcelario, que empieza a dar sus primeros frutos con la construcción de cárceles modernas como la de morros blancos en Tarija, el abra en Cochabamba y Cantumarca en potosí. Este cambio es la consecuencia de leyes penales modernas aprobadas sucesivamente en los últimos años, como el código penal, el nuevo código de procedimiento penal y la ley de ejecución de penas y supervisión, que propugnan el sentido rehabilitador y de reinserción social de la pena. Sin embargo, la falta de recursos materiales y falta de personal especializado, convierten a la reinserción social en simple postulado lirico.

2. El menor

2.1 Antecedentes

Todos nos preguntamos porque hay niños que viven en las cárceles, si no han cometido ningún tipo de delito. Supuestamente sus padres están internos en los penales por algún tipo de delito y en su mayoría, en las cárceles de Cochabamba, las personas encarceladas son de escasos recursos esto hace que estos niños tengan que vivir en los recintos penitenciarios ya que el hecho de no vivir en las cárceles supone un gasto económico porque además de privados de la libertad física están privados del posible trabajo que pueda sustentar las necesidades más básicas a la familia y es oportuno señalar que la alternativa que se les ofrece de dejar a sus hijos con familiares o en hogares consideran que no es la más adecuada porque se les separa del cuidado diario de los mismos padres y esta ruptura de los lazos familiares creen que va repercutir en el desarrollo de su personalidad.

2.2 Reconocimiento nacional

Ley protege al niño El presente Código Niño, Niña, Adolescente de la legislación boliviana, del 14 de octubre de 1999, en su Art. 1, establece y regula el régimen de prevención, protección y atención integral que el Estado y la sociedad deben garantizar a todo niño, niña o adolescente con el fin de asegurarles un desarrollo físico, mental, moral, espiritual, emocional y social en condiciones de libertad, respeto, dignidad, equidad y justicia. En el Art. 2º establece: “Se considera niño o niña a todo ser humano desde su concepción hasta cumplir los doce años y adolescentes desde los doce a los dieciocho años de edad cumplidos. En los casos expresamente señalados por Ley, sus disposiciones se aplicarán excepcionalmente a personas entre los dieciocho y veintiuno años de edad.

2.2 Minoridad

Situación en que se encuentra la persona física que no ha alcanzado la mayoría de edad. Esta definición ha de hacerse con ese carácter negativo, porque no existen criterios doctrinales ni legislativos de sentido coincidente. Para algunos la minoridad de edad termina en el momento en que la persona alcanza la plenitud de sucapacidad física y mental. Pero como esto, sobre ser difícil de determinar, requeriría una investigación en cada caso, imposible de practicar ,las legislaciones han adoptado la ficción de que para todas las personas esa plenitud se alcanza con el cumplimiento de un determinado de un determinado número de años, que puede ser distintos para hombres y para las mujeres.

2.4 Doctrina de la protección integral

La Declaración de Derechos Humanos genera discusión en torno al tema de los derechos específicos que requieren algunos seres humanos por su especial condición de desigualdad o de vulnerabilidad para su ejercicio y goce. Surgen convenciones y declaraciones específicas de los pueblos indígenas, los niños, las mujeres, las personas

con discapacidad, las personas en situación de movilidad.

La Doctrina de Protección Integral es un conjunto de ideas filosóficas, éticas, jurídicas y políticas que determinan cómo se deberían comprender, asumir, reconocer y garantizar los

derechos de niños, niñas y adolescentes.

La concepción de la Doctrina de Protección Integral recogida por la Convención se basa en las siguientes afirmaciones:

Niños, niñas y adolescentes son sujetos, capaces, tienen la necesidad de respeto especial a su condición de personas en desarrollo y una percepción autónoma de sus necesidades y situación que les rodea

Son sujetos, porque son seres humanos con

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