EL SERVICIO NOTARIAL Y LAS DISPUTAS DE PODER
0000claryEnsayo3 de Mayo de 2016
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PROGRAMA | MAESTRÍA EN AUDITORÍA GUBERNAMENTAL Y CONTROL |
CÁTEDRA | PRINCIPIOS FUNDAMENTALES Y CONSTITUCIONALES DELSERVICIO PUBLICO |
TEMA: | EL SERVICIO NOTARIAL Y LAS DISPUTAS DE PODER |
Los notarios son los encargados de dar fe pública de actividades legales, cívicas y mercantiles, por lo que de acuerdo a la perspectiva de campo y según análisis de Farías quien mantiene que Bourdieu al expresar la relación habitus-práctica-campo aspira a una teoría social general, y a obtener estatus, distinción y clases sociales; buscando una incorporación de estructuras sociales por encima de la capacidad creativa de los agentes. Mientras que Otto Maduro da a conocer que el campo es un espacio de conflicto que va cambia o se desgasta y cuya esencia es la burocracia, cuentan con una situación estructural, lo que da paso a la creación de reestructuraciones o redefinición dentro del mismo, tendiendo a una división interna de trabajo por lo que genera a mayor conflicto mayor número de funcionarios; y al generar grupos se presenta tres dimensiones: 1) Subjetivo (Visión de comunidad) 2) Objetivo (Prácticas para ser autónomo) 3) Dimensión Institucional (Funcionarios organizados). Además que para buscar innovación se debe buscar apoyo de factores externos y cuando se trata de innovación en campo social a nivel interno y es guiado por quienes la encabezan con respaldo de sus seguidores el éxito es mayor; pero si el cambio lo guía agentes menores el éxito es menor.
El derecho hispanoamericano, en su concepción es como un sistema legal burocratizado-notarial y no racional, combinados de acuerdo a sus raíces socioculturales que se contradicen con el afán de modernización; por lo que según Galindo señala que la justicia fue lenta y de relativa ineficiencia, pero los desajustes dentro del mismo se deben a que las normas fueron alejadas de la realidad social, lo que conllevó que los notarios asimilaran o castigaran las leyes según condición para la solución de los casos recurrentes; y cuya mentalidad se vio formada por las funciones que desempañaban de realizar actas y dar fe de los acontecimientos; por lo que ha implicado que se cuente en términos prácticos con licencias y permisos para litigios judiciales, los mismos que sean plasmados en papel al contestar y sustentar por medio de oficios, formas y citatorios. Recalcando que en el siglo XX ser abogados ya no era garantía de buen estado social, pues en las universidades se inclinaron por formar abogados de negocios; como lo fue en el siglo XIX que al ser abogados tenían reconocimiento y buen estatus social.
La estructura del campo en cuanto a notarios públicos se ve por los beneficios económicos y reconocimientos sociales, siendo este el objetivo de los abogados alcanzar ser notarios; dentro del campo jurídico y judicial, con una diversidad de actividades asignadas exclusivamente para notarios; para lo cual deberán contar con la patente llamada FIAT, y su obtención requiere de una serie de documentos de acuerdo a ley de Jalisco, previa rendición de examen de oposición; pero hay excepciones en las cuales se designa por ser conocido a nivel gremial, grado de parentesco, amistad, haber desarrollado otros argos públicos, y políticas.
La Ley del Notariado resulta ser significativa, se buscó modificarla como proceso de modernización dentro del campo burocrático, manteniéndose las redes sociales, y recalcando que el nombramiento de notario es vitalicio; pero en abril de 1999 dirigido por Martha Ruth del Toro se comenzó una iniciativa de reforma a la ley del Notario, contemplando modificaciones como: procesos de designación, edades, sanciones, y sobre el tema de los notarios suplentes; quienes tendrían mayor carga laboral que los notarios y sus designaciones eran por relaciones cercanas con familias de capital simbólico en dicho campo profesional, iniciativa que se debatió para su aprobación luego de dos años, desatando una lucha simbólica y estratégica entre fuerzas políticas; a más que los panistas buscaban eliminar la figura de suplentes y redistribuir a los federarios dependiendo del número de habitantes en el estado; mientras que los priistas buscaban que por cada municipio exista un notario con su suplente; dicha reforma se aprobó en marzo del 2002, reformando 100 de los 184 artículos de la Ley, los mismos que pretendieron transparentar el ejercicio de la actividad del notario, se eliminó la figura del suplente, se prohibió que los notarios ocuparan cargos públicos a menos que soliciten licencia, reducción de proposición de número de habitantes (20000), aspectos en la formación y carrera notaria para los aspirantes al cargo de notarios, presentar exámenes médicos del estado de salud físicos y mentales cada dos años, estas reformas fueron cuestionadas por actores del campo jurídico para tratar de revertirlas o impulsarlas en diferentes direcciones.
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