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ENSAYO LEY DE OBRAS PUBLICAS DEL ESTADO DE JALISCO


Enviado por   •  9 de Marzo de 2020  •  Ensayos  •  1.414 Palabras (6 Páginas)  •  211 Visitas

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CUESTIONARIO 1

LEY DE OBRAS PUBLICAS DEL ESTADO DE JALISCO

1. ¿Quésonlasenajenaciones?

Venta, donación o cesión del derecho o el dominio que se tiene sobre un bien o una propiedad.

2. ¿Quéesunalicitaciónpublica?

Modalidad de contratación por la que la Comisión, acorde con las formalidades que estipula este ordenamiento, divulga públicamente una convocatoria abierta a todos los constructores, para que envíen sus propuestas de ejecución de las obras públicas

3. ¿Quéesunentepublico?

son entidades de derecho público con personalidad jurídica propia vinculadas o dependientes de las Administraciones Públicas que tienen por objeto realizar actividades de ejecución o gestión reservadas a la Administración.

4. Sepuedeiniciaraconstruirunavezqueseiniciaeltramitelelalicenciao hasta el periodo de entrega.

No ya que es necesario contar con una. Licencia para llevar acabo el proceso de construcción

5. Encasodeconstruirsinlicencia¿cualessonlasconsecuenciaslegales?

el propietario de la edificación se hace acreedor a una multa por construir sin permiso municipal.

6. Cuandosetramitalalicenciaynosedanlosdatosnecesariossecancela,¿al cuánto tiempo de se ser rechazada esta petición por falta de documentos se puede iniciar otra petición?

45 días hábiles aproximadamente, contados a partir de la radicación del proyecto en legal y debida forma, según Decreto Nacional

7. ¿sepuedenhacermodificacionesaunafachadasinpermisosdeobras publicas?

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Depende del reglamento municipal en donde se desarrolle pero definitivamente sí necesitan licencia de construcción, ya sea de obra menor o de mayor. Es necesario que sea un estructurista, arquitecto o ingeniero quien realice este proyecto, para calcular correctamente las dimensiones, materiales y distancias de la nueva estructura, y que pase por una revisión profesional y su correspondiente autorización.

8. ¿QuéeslaIMPI?

El Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial es un Organismo público descentralizado con personalidad jurídica y patrimonio propio y con la autoridad legal para administrar el sistema de Propiedad industrial en México

9. Uncontratoescritosinlavalidezdeunnotario¿esigualdevalidoqueuno legal?

Si ya que un documento se haga en privado o en unas escrituras notariales, de todas las formas tienen validez y obligan por igual a las partes, aunque haya diferencias sobre todo en cuanto a la prueba, por lo que hay que asumir lo que se firma y estar dispuesto a cumplirlo.

10.¿Qué es un erario?

Conjunto de haberes, bienes y rentas pertenecientes al estado o a un municipio

11. ¿que es el padrón?

Documento público en el que se relacionan las personas residentes en un determinado término municipal y otros datos relativos a ellas, como la edad, el sexo, el domicilio y la actividad profesional

12.¿De qué se encargan los colegios de ingenieros y arquitectos?

los objetivos de los colegios profesionales suelen ser, ordenación del ejercicio de las profesiones, procurando el prestigio y perfeccionamiento, representación de los practicantes o colegiados y defensa de sus derechos, defensa de los intereses profesionales de los colegiados, y velar por una práctica profesional ética, de sus miembros, Estos estatutos, redactados en la mayoría de los colegios profesionales, aluden al desarrollo de la actividad correspondiente a cada profesión, donde se marcan pautas de actuación consideradas de manera unánime como éticas y que contribuyen al bien social de la profesión.

13.¿Porque es necesario tener observadores en la industria de la construcción?

Para que la obra tenga una calidad establecida estos una vez concluido el procedimiento de la licitación, los observadores deben calificarlo por escrito dirigido a la Contraloría, dentro de los tres días hábiles siguientes. Los observadores que no cumplan con esto, deben ser separados del cargo.

14. Cual es el proceso para modificar una convocatoria de licitación

Artículo 33.- Las dependencias y entidades, siempre que ello no tenga por objeto limitar el número de licitantes, podrán modificar aspectos establecidos en la convocatoria, a más tardar el séptimo día natural previo al acto de presentación y apertura de proposiciones, debiendo difundir dichas modificaciones en CompraNet, a más tardar el día hábil siguiente a aquél en que se efectúen.

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La LAASSP establece un plazo perentorio para poder efectuar las modificaciones a las convocatorias a la licitación. Este plazo está relacionado con los seis días naturales que deben existir entre la última junta de aclaraciones y el acto de presentación y apertura de proposiciones, con el objetivo de que los licitantes se encuentren en posibilidad de presentar sus propuestas técnica y económica,

15. Según el art 128 el interesado debe reunir ciertos requisitos, pero cuando no lo hace y a un así se le otorga la obra, ¿cuales son las repercusiones?

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