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ENSAYO SOBRE LA CONSTITUCIÓN COMO FUENTE DEL DERECHO


Enviado por   •  4 de Noviembre de 2022  •  Ensayos  •  1.518 Palabras (7 Páginas)  •  65 Visitas

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  1. INTRODUCCIÓN

La investigación actual tiende a mostrar que la Constitución y las decisiones de la Corte Constitucional que la interpretan son la verdadera fuente del derecho en el concepto de Estado constitucional moderno.

 Para ello, primero se analizó el concepto tradicional de fuentes del derecho civil en el contexto del concepto de estado constitucional liberal clásico, y luego se mostraron los cambios introducidos por la introducción de un estado constitucional social.

 La fuente del derecho está contemplada en la Constitución y de ella se deriva su jerarquía. Se produce un resumen de la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, que especifica varias fuentes de derecho, para comprender los cambios afectados.

La Constitución también garantiza la existencia del estado de derecho, que consiste en un estado en el que se garantizan debidamente los derechos fundamentales de la persona, lo cual es indispensable para la supervivencia de la sociedad. Esto significa que el Estado está sujeto al ordenamiento jurídico, pero éste no es un fin en sí mismo, sino un medio para obtener dicha protección.

 Finalmente, se extraen algunas conclusiones generales que indican la constitucionalización de las fuentes jurídicas.


  1. DESARROLLO

La adopción del Estado social de Derecho corresponde al Estado constitucional, en que la Constitución viene a ser la norma suprema que tiene primacía sobre todas las demás normas.

El cambio del Estado liberal de Derecho por el del Estado constitucional ha significado una modificación en el concepto de fuentes del Derecho. En el Derecho actual se observa que este concepto se ha constitucionalizado y se ha internacionalizado. (Nikken, 2021)

Es evidente que el Derecho Constitucional ha llegado a ser lo que era en otro tiempo el Derecho Civil, y más exactamente lo que era el Derecho Común en la Edad Media. Las normas, valores y principios constitucionales son normas aplicables en las distintas ramas del Derecho. (Nikken, 2021)

  1. La Constitución como fuente de Derecho

Expresa Ignacio de Otto:

La palabra Constitución, y con ella la expresión Derecho Constitucional y cualquier otra en que el término aparezca como adjetivo, se encuentra en su origen ostensiblemente cargada de significado político, evoca de inmediato ideas tales como libertad y democracia, garantía de los derechos de los ciudadanos, limitación de poder.        (Calderón, 2006)

Rubio Llorente dice:

La Constitución es el conjunto de normas que fundamentan la legitimidad del poder  estatal.

El significado político del término Constitución se pone de manifiesto en el artículo 16 de la Declaración de Derechos del Hombre y del Ciudadano aprobada por la Asamblea Nacional francesa en 1789, en que se contiene la siguiente idea:

Toda sociedad en la que no está asegurada la garantía de los derechos ni determinada la separación de poderes no tiene Constitución. (Calderón, 2006)

M. García Pelayo21 dice que la Constitución se presenta:

como un complejo normativo establecido de una sola vez y en el que de una manera total, exhaustiva y sistemática se establecen las funciones fundamentales del Estado y se regulan los órganos, el ámbito de sus competencias y las relaciones entre ellos. (Calderón, 2006)

En el mismo sentido expresa Álvarez Conde:

Todos los órganos del Estado son creados y regulados por la Constitución, convirtiéndose ésta en expresión del poder constituyente, de la soberanía, mediante la cual se racionaliza la estructura del Estado. (Cuadrado, 2012)

Y agrega que, cuando se produce la crisis del Estado liberal, la idea de la Constitución como norma es aceptada en Europa.

En Europa la Revolución Francesa conduce a la primera Constitución europea, la de 1791, y el movimiento liberal español se traduce en la Constitución de Cádiz de 1812. Pero, por la existencia de monarquías, no se afianza la idea de que la Constitución escrita es una norma jurídica que obliga a los poderes del Estado. (Cuadrado, 2012)

En Europa la supremacía corresponde a la ley, por las razones explicadas por Ignacio de Otto:

La finalidad garantista del constitucionalismo se persigue por una vía interna —por decirlo así— al aparato de poder del Estado, de modo que el Estado constitucional significa Estado organizado con arreglo a ciertos principios, pero no necesariamente sumisión de los poderes del Estado a normas situadas por encima de ellos. Por eso, es posible que precisamente el país donde tiene su cuna el régimen constitucional, la Gran Bretaña, ni siquiera tenga una Constitución escrita y se asiente sobre la soberanía del Parlamento, sobre su no sumisión a normas jurídicas; y que en la más clásica realización francesa del régimen constitucional, la III República, la Constitución fuera considerada una ley como cualquier otra que no vinculaba al poder legislativo. El resultado es que la posición suprema en el ordenamiento jurídico corresponderá a la ley. (Cuadrado, 2012)

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