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EXPOSICION AL RUIDO

esneiderpineda6 de Mayo de 2014

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EXPOSICION AL RUIDO:

El contaminante físico más común en los puestos de trabajo, independientemente de la actividad de que se trate. El ruido es un "sonido no deseado cuyas consecuencias son una molestia para el publico, con riesgo para su salud física y mental". Las características del sonido, que van a hacer diferentes los ruidos, son:

• Frecuencia: Es el número de veces que vibra una onda sonora por unidad de tiempo. Se mide en hercios (Hz).

• Intensidad: Es la fuerza de la vibración sonora. Se mide en decibelios (dB.) y determina el grado de energía o presión sonora. Nos permite clasificar los sonidos en fuertes o débiles.

Los ruidos se pueden clasificar en:

* Ruido constante:

Es aquel cuyos niveles de presión sonora no presenta oscilaciones y se mantiene relativamente constantes a través del tiempo. Ejemplo: ruido de un motor eléctrico.

* Ruido intermitente:

Es aquel en el cual se presentan subidas bruscas y repentinas de la intensidad sonora en forma periódica. Ejemplo: el accionar un taladro.

* Ruido de impacto:

Es aquel en el que se presentan variaciones rápidas de un nivel de presión sonora en intervalos de tiempo menores. Ejemplo: el producido por los estampadores.

Efectos en la salud por exposición al ruido:

- Pérdida temporal de audición:

Al cabo de breve tiempo en un lugar de trabajo ruidoso a veces se nota que no se puede oír muy bien y que le zumban a uno los oídos. Se denomina desplazamiento temporal del umbral a esta afección. El zumbido y la sensación de sordera desaparecen normalmente al cabo de poco tiempo de estar alejado del ruido. Después de dejar el trabajo, puede costar varias horas recuperarse, lo cual puede ocasionar problemas sociales, porque al trabajador le puede resultar difícil oír lo que otras personas dicen o puede querer escuchar la radio o la televisión más altas que el resto de la familia.

Hay que sospechar pérdida de audición si una persona se queja de que no puede oír algo cuando los demás sí que lo oyen normalmente.

- Pérdida permanente de audición:

Con el paso del tiempo, después de haber estado expuesto a un ruido excesivo durante demasiado tiempo, los oídos no se recuperan y la pérdida de audición pasa a ser permanente. La pérdida permanente de audición no tiene cura. Este tipo de lesión del sentido del oído puede deberse a una exposición prolongada a ruido elevado o, en algunos casos, a exposiciones breves a ruidos elevadísimos.

Si un trabajador empieza a perder el oído, quizá observe primero que una charla normal u otros sonidos, por ejemplo señales de alarma, empiezan a resultarle poco claros. A menudo, los trabajadores se adaptan ("se acostumbran") a la pérdida de audición ocasionada por ruidos dañinos en el lugar de trabajo.

Por ejemplo, pueden empezar a leer los labios de la gente que habla, pero resultarles difícil escuchar a alguien que se halle en una multitud o por teléfono. Para oír la radio o la televisión, suben tanto el volumen que atruenan al resto de la familia. "Acostumbrase" al ruido significa que se está perdiendo lentamente la audición.

- Otros Efectos:

Existen, además, otros efectos del ruido, a parte de la pérdida de audición:

• Hipoacusia.

• Sordera profesional.

• Trastornos sobre el aparato digestivo.

• Trastornos respiratorios.

• Alteraciones en la función visual.

• Trastornos cardiovasculares: tensión y frecuencia cardiaca.

Trastorno del sueño, irritabilidad y cansancio.

Medidas Preventivas:

Para minimizar los efectos perjudiciales del ruido en los trabajadores, el Reglamento exige que en la medida de lo posible se adopten medidas técnicas tendentes a disminuir el nivel de ruido al que están expuestos los trabajadores. Todo ello se puede conseguir de diferentes formas:

• Disminuyendo la generación de ruido en el origen (foco).

• Adopción de medidas técnicas tendentes a reducir el nivel sonoro en los medios de transmisión.

• Adopción de medidas organizativas con el objeto de reducir los niveles de exposición de los trabajadores.

Para reducir la emisión de ruido en el origen se llevan a cabo medidas como:

• Cerramientos totales o parciales de las máquinas o parte de ellas para evitar la emisión de ruido exterior.

• Recubrimiento de las superficies metálicas con materiales visco-elásticos para amortiguar las vibraciones de esas superficies.

• Fijación de las máquinas ruidosas al suelo mediante anclajes para atenuar las vibraciones.

• Modificación de los procesos en el sentido de evitar aplicaciones de fuerzas de menor intensidad, por ejemplo, atornillar en vez de clavar), doblar mediante presión en vez de golpear, corte progresivo en vez de corte instantáneo.

Para reducir el nivel de ruido en el receptor, se pueden llevar a cabo medidas como:

• Diseño de cerramiento insonorizado que encierre todo el puesto de trabajo.

Proporcionando al trabajador equipos de protección individual, orejeras, tapones, etc., teniendo en cuenta que siempre hay que anteponer las protecciones colectivas a las individuales.

Sonómetro:

Es un instrumento que responde ante el sonido de forma similar a como lo hace el oído humano y que da medidas fiables, objetivas y reproducibles.

NIVELES MAXIMOS DE EXPOSICION PARA RUIDO CONTINUO

Nivel de exposición a ruido en dB (A) Tiempo permisibles en minutos /día

85 480,0

90 240,0

95 120,0

100 60,0

105 30,0

110 15,0

115 7,5

Para saber más sobre ¿QUÉ HAY QUE HACER Y CÓMO?

1-¿Qué debe hacer la empresa?

1. Identificación del riesgo: Cuando se haya identificado este riesgo habrá que establecer la serie de medidas que se deben llevar a cabo para buscar soluciones dirigidas a eliminarlo o reducirlo.

2. Reducción o eliminación del riesgo:

Los riesgos derivados de la exposición al ruido se deben eliminar en origen o se deben reducir al nivel más bajo posible, teniendo en cuenta los avances técnicos y la disponibilidad de medidas de control del riesgo en origen. La reducción de estos riesgos se basa en los principios generales de prevención que establece el artículo 15 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, y debe tener especialmente en consideración:

- Otros métodos de trabajo que reduzcan la necesidad de exponerse al ruido.

- La elección de equipos de trabajo adecuados que generen el nivel más bajo posible de ruido.

- La concepción y disposición de los espacios y puestos de trabajo.

- La información y formación adecuadas para enseñar a los trabajadores a utilizar correctamente el equipo de trabajo con el objetivo de reducir al mínimo la exposición al ruido.

- La reducción técnica del ruido: reducción del ruido ambiental, por ejemplo, por medio de pantallas, cierres, recubrimientos con material acústicamente absorbente o reducción del ruido transmitido por cuerpos sólidos, por ejemplo mediante amortiguamiento o aislamiento.

- Programas apropiados de mantenimiento de los equipos de trabajo, del espacio de trabajo y de los puestos de trabajo.

- La reducción del ruido mediante la organización de la actividad laboral: limitación de la duración y la intensidad de la exposición y ordenación adecuada del tiempo de trabajo.

3. Evaluación:

La empresa debe realizar una evaluación basada en la medición de los niveles de ruido a los que están expuestos los trabajadores.

Los métodos e instrumentos que se utilicen deben permitir la determinación del nivel de exposición diario equivalente (LAeq,d), del nivel de pico (Lpic) y del nivel de exposición semanal equivalente (LAeq,s). Los valores de exposición que generan una acción, referidos a los niveles de exposición diaria y a los niveles de pico, se fijan en:

- Valores límite de exposición: LAeq,d = 87 dB(A) y Lpic = 140 dB(C).

- Valores superiores de exposición que generan una acción: LAeq,d = 85 dB(A) y Lpic = 137 dB(C).

- Valores inferiores de exposición que generan una acción: LAeq,d = 80 dB(A) y Lpic = 135 dB(C).

Para aplicar los valores límite de exposición, en la determinación de la exposición real del trabajador al ruido se debe tener en cuenta la atenuación que proporcionan los protectores auditivos individuales utilizados por parte de los trabajadores. Para los valores de exposición que generan una acción no se tienen en cuenta los efectos causados por los protectores mencionados.

El nivel de exposición diario equivalente LAeq,d = 87 dB(A) no debe ser excedido en ninguna jornada laboral.

La evaluación y la medición mencionada se deben efectuar cada año, como mínimo, en los puestos de trabajo en los que se superan los valores máximos de exposición que generan una acción, o cada tres años cuando se sobrepasan los valores inferiores de exposición que generan una acción.

La evaluación de riesgos, la podrá realizar un técnico con la formación de nivel intermedio, excepto cuando se deba establecer una estrategia de medición o sea necesario llevar a

cabo una interpretación o aplicación

no mecánica de los criterios de evaluación, casos en los que será imprescindible disponer de la formación de nivel superior en la especialidad de Higiene Industrial.

En función de los resultados de la evaluación, la empresa debe determinar

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