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Economia Y Negocios

akasio23 de Abril de 2014

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CLASE DE DERECHO INTERNACIONAL

CARLOS ARTURO RODRIGUEZ RUDIÑO

8) FUENTES DEL DERECHO INTERNACIONAL

Cuando hablamos de fuentes del derecho internacional, hacemos referencia a los procedimientos o medios por los cuales se crea modifican o extingue el derecho internacional.es el método de creación de las normas jurídicas internacionales.

En el derecho interno de cada estado: no existe ningún problema respecto de la determinación de las fuentes del derecho, porque cada estado cuenta con su propio sistema legal que fija la competencia, de los órganos de producción de las reglas jurídicas conforme al modelo político predomínate, son los mismos estados los que determinan el proceso de creación, modificación, y extinción de sus normas jurídicas.

Caso colombiano: artículo 1, 113, 150.Constitucion Política.

Entonces surge una pregunta ¿de donde emanan, entonces, las normas del derecho INTERNACIONAL? Porque no existen órgano alguno que establezca de donde se generan las norma jurídicas internacionales.

HAY 3 TEORÍAS QUE TRATAN DE EXPLICAR LAS FUENTES DEL DERECHO INTERNACIONAL

 LA TEORIA POSITIVISTA: Dice que como no existe un órgano superior que establezca como surge o como se materializan las normas jurídicas, por lo tanto corresponde a ellos mismos (a los estados y sujetos del derecho internacional actuar como tales. (como legisladores) esta teoría reconoce únicamente como fuentes del derecho internacional los tratados y la costumbre internacional, porque surge del acuerdo de voluntades de los estados expresado por medio de ellos.

 LA TEORÍA OBJETIVISTA:

Esta teoría establece dos fuentes:

1) FUENTES FORMAL:es la forma como se materializa las normas jurídicas internacionales, la expresión de los estados, por medios de convenios internacionales (tratados), y la costumbre internacional.

2) FUENTES MATERIALES, REALES O HISTORICAS:Son todos aquellos factores históricos, políticos, sociológicos, económicos que dieron origen a las normas positivas.|

 TEORIA JUSNATURALISTA

Que se apoya en el derecho natural, como base de todo derecho, esta teoría extiende o amplia la fuente formal, y le agrega los principios generales del derecho y hasta el derecho natural equiparándolo a la equidad.

Cuál de las tresteorías se aplica es la TEORIA JUSNATURALISTAyquedo plasmada en el artículo 38 de estatuto de la corte internacional de justicia, que establece cuales son las fuentes del derecho internacional:

ARTICULO 38

1. La Corte, cuya función es decidir conforme al derecho internacional las controversias que le sean sometidas, deberá aplicar:

a. las convenciones internacionales, sean generales o particulares, que establecen reglas expresamente reconocidas por los Estados litigantes;

b. la costumbre internacional como prueba de una práctica generalmente aceptada como derecho;

c. los principios generales de derecho reconocidos por las naciones civilizadas;

d. las decisiones judiciales y las doctrinas de los publicistas de mayor competencia de las distintas naciones, como medio auxiliar para la determinación de las reglas de derecho, sin perjuicio de lo dispuesto en el Artículo 59.

Este articulo se aplica por este tribunal en caso de controversia hay que tener en cuenta que esta disposición se encuentra insertada en un tratado general (la carta de las naciones unidas y ha sido aceptado por todos los estados de la comunidad internacional

A CONTINUACIÓN ANALIZAREMOS LAS FUENTES DEL DERECHO INTERNACIONAL;

Se ha establecido doctrinariamente una como principales y otras subsidiarias.

Se establece como principales tratados internacionales y la costumbre internacional y como subsidiarias o métodos auxiliares de interpretación del derecho internacional, Los principios generales del derecho, las decisiones judiciales y la doctrina científica.

FUENTES PRINCIPALES

A) LOS TRATADOS INTERNACIONALES: La convección de Viena sobre derecho de los tratados de 1969 establece: en su artículo 2 numeral

a) se entiende POR "TRATADO"un acuerdo internacional celebrado por escrito entre Estados y regido por el derecho internacional, ya conste en un instrumento único o en dos o más instrumentos conexos y cualquiera que sea su denominación particular;

El estatuto distingue entre conversiones Generales y Particulares:

1) CONVENCIONES GENERALES: son aquellas que crean derecho y obligaciones ERGA OMNES, esto es para la comunidad internacional Ejemplo:(Reglas relativas a la conducta internacional)

2) CONVENCIONESPARTICULARES: Son aquellas que crean derecho y obligaciones entre dos o mas estados que por lo general solo interesa a los contratantes. Ejemplo (los tratados de los límites fronterizos.)

B) LA COSTUMBRE INTERNACIONAL: Según OPPENHEIM: cuando se ha desarrollado, definido un continuo habito de llevar a cabo, ciertos actos con la convicción de que, con arreglo a derecho internacional, son obligatorios y justos.

Otro concepto: es la forma primaria de manifestarte la comunidad, ya que esta formada por un conjunto de reglas observadas de hecho, dicha reglas se revelan por la repetición de ciertos actos, acompañada del sentimiento de obligatoriedad.

DOS SON LOS ELEMENTOS CONSTITUYEN LA COSTUMBRE INTERNACIONAL:

1) LAPRACTICA (Elementos Material): Esta constituida por cierto numero de actos, suficiente reiterados y acaecidos en el medio internacional, convencionalmente ligados los unos de los otros.

2) LA OPINIO JURIS SIVE NESESSITATIS:(elemento sicológico)la convicción de que tales actos reiterados corresponden a la ejecución de una obligación jurídica.

Ejemplo: la responsabilidad internacional, el reconocimiento y la sucesión de estados.

FUENTES SUBSIDIARIAS O MÉTODOS AUXILIARES DE INTERPRETACIÓN DEL DERECHO INTERNACIONAL

A) LOS PRINCIPIOS GENERALES DEL DERECHO: El autor VERDROSS establece que los principios generales del derecho iluminan todo el ordenamiento jurídico internacional y sirven no solo para suplir las normas consuetudinarias y convencionales, sino para interpretarlas.

B) LAS DECISIONES JUDICIALES Y LA DOCTRINA CIENTÍFICA: lasdecisiones de los jueces constituyen Jurisprudencia.

DOCTRINA CIENTIFICA: son las opiniones de los grandes tratadistas del derecho internacional

9) LARELACION ENTRE EL DERECHO INTERNACIONAL Y EL DERECHO INTERNO DE LOS ESTADOS

PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA DE LAS RELACIONES ENTRE LOS DOS SISTEMAS

El problema de las relaciones entre el derecho internacional y el derecho interno, fue plateado por el jurista Alemán HEINRICH TRIEPEL en 1899, en su obra titulada VOLKERRECHT UND LANDESERECHT.

En donde se planteo los siguientes interrogantes:

¿Cual es la relación entre el derecho internacional y el derecho interno?

¿Cuál de los dos sistemas normativos debe tener primacía en caso de conflicto?

¿Se trata acaso de dos órdenes jurídicos distintos o por el contrario, de uno solo?

Para resolver estos interrogantes se crearon varias doctrinas, tradicionalmente existe 2 teorías LA TEORIA DUALISTA Y LA TEORIA MONISTA.

A) TEORIA DUALISTA (pluralista):considera que el derecho internacional y el derecho interno son dos sistemas jurídicos distintos,independientesy separados,entre los cuales no existe relación sistemática y normativa, que no llegan a confundirse jamás y entre los cuales no existe relación sistemática ni normatividad alguna, es decir que la corriente dualista defiende la separación absoluta entre los dos sistemas y como consecuencia, la ausencia total de superioridad de un ordenamiento sobre el otro.

Según esta teoría, no puede haber conflicto posible entre los dos órdenes jurídicos, sino reenvio del uno al otro, porque se rige por el principio de coordinación del cual se extrae dos consecuencias

1) para que una norma sea obligatoria, en el orden interno se requiere poner en practica cualquier medida legislativa que facilite la penetración de dicha norma en el sistema interno o autorice su aplicación por los órganos judiciales y administrativos competentes

2) No puede suscitarse entre uno y otro sistema conflictos de ninguna manera sino únicamente reenvio( es el hecho de que un sistema legal no se limita a señalar las condiciones en que es aplicable su propio derecho sino que reconoce la autoridad de otro sistema respecto de la materia controvertida)

Para que una norma internacional tenga vigencia en el ámbito interno de un estado es menester una previa trasformación de dicha regla al ámbito nacional.

Son diferentes en cuanto a las FUENTES, a los SUJETOS, Además el derecho interno es de subordinación y el derecho internacional es de coordinación.

B) TEORIA MONISTA: (KELSEN Y SCELLE):sostiene que el derecho internacional como el derecho interno hacen parte de un mismo sistema normativo

HAY DOS TENDENCIAS

MONISMO CON PRIMACÍA DEL DERECHO INTERNO: Esta teoría afirma que el derecho internacional es solo una prolongación del derecho interno, y por tanto la obligatoriedad de un tratado deriva de este que condición la validez de aquel esto significa que en caso de conflicto de una ley y un tratado primara siempre el derecho interno

MONISNO CON PRIMASIA DE DERECHO INTERNACIONAL: El derecho internacional prima sobres el derecho interno.

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