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El Daño

alexiscorreaEnsayo6 de Mayo de 2013

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Daño es el efecto de dañar. El término proviene del latín damnum y está vinculado al verbo que se refiere a causar perjuicio, menoscabo, molestia o dolor. Por ejemplo: “Tus palabras me han hecho daño”, “La bala causó un daño irreparable en los nervios de la pierna izquierda”, “El daño material fue inmenso tras el incendio, pero no se tuvieron que lamentar víctimas fatales ni heridos”, “El coche sufrió un gran daño por el accidente”.

En algunos países del continente americano, la noción de daño se usa para nombrar a los maleficios o al mal de ojo (la supuesta capacidad que tienen ciertas personas de causar un mal en otras con sólo mirarlas): “Una bruja me dijo que alguien me ha hecho un daño”.

Para el derecho, el daño es un perjuicio que sufre una persona o su patrimonio por culpa de otro sujeto. El daño, por lo tanto, supone un detrimento en los derechos, bienes o intereses de un individuo como consecuencia de la acción u omisión de otro.

El daño puede ser generado por dolo, culpa o de manera fortuita. El daño doloso se produce cuando el sujeto actúa de forma intencional (alguien golpea con un palo el coche de otra persona y rompe sus vidrios, por ejemplo). El daño culposo, en cambio, tiene lugar por negligencia (una persona arroja un cigarrillo en el campo y genera un incendio).

Todo daño genera a su responsable una obligación de resarcimiento. En ciertos casos, el daño también puede implicar una sanción penal, cuando el ilícito cometido se encuentra penado por la ley.

La rama del Derecho civil que se ocupa de los daños es el llamado Derecho de la responsabilidad civil.

La responsabilidad por daños exige como regla general que exista un nexo causal entre la conducta del autor y el daño.

Un caso fortuito existe cuando el suceso que impide el cumplimiento de la obligación, no era previsible usando de una diligencia normal, pero, de haberse podido evitar, se habría evitado.

Doctrinalmente, en Derecho, el caso fortuito es el escalón posterior a la fuerza mayor, que es aquel evento que no pudo ser previsto ni que, de haberlo sido, podría haberse evitado. La ley habitualmente les da un tratamiento similar, e incluso a veces confunde ambos casos, pero existen diferencias.

La fuerza mayor o causa mayor, también conocido como mano de Dios o en latín vis maior, es un hecho que no se puede evitar y tampoco se puede prever. Tiene gran importancia, en Derecho, a la hora de establecer la responsabilidad por los daños.

Por poner un ejemplo, cuando una empresa no ofrece un servicio por causa de fuerza mayor, puede evitar el pago de los daños, ya que no está en su mano poder evitarla. La existencia de una fuerza mayornormalmente libera a una o ambas partes de un contrato de sus obligaciones contractuales.

Quedan excluidas la causas que no se pueden evitar pero sí prever, que se denominan caso fortuito, y las negligencias, que son casos que sí se pudieron evitar:

• Si una persona tiene contratado un viaje al Caribe en una agencia de viajes y se sabe que un huracán va cruzar esa zona. No se puede evitar que el huracán devaste esa zona pero sí puede anular el viaje al cliente y devolverle el dinero.

• Si el suministro eléctrico falla debido a que queda estropeado un transformador por falta de mantenimiento. La avería era inesperada pero era debida a un mantenimiento negligente.

• Otra exclusión sería en el caso de que el origen del fallo fuera desconocido. No se podría apelar a la fuerza mayor, porque si no las empresas intentarían no descubrir u ocultar el origen del fallo.

En cualquier caso, la cláusula de fuerza mayor es habitual en los contratos, y sirve para cubrir posibilidades fuera del control de las partes tales como desastres naturales, guerras, etc. Su interpretación tiene mucha importancia, porque hay muchos

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