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El Sentido Del Derecho


Enviado por   •  21 de Noviembre de 2013  •  1.788 Palabras (8 Páginas)  •  332 Visitas

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Derecho y fuerza

La relación más común entre el Derecho y el poder es la establecida con fuerza física y el Estado.

Cuando se habla acerca del Derecho y del Estado se tocan dos puntos importantes: espacio y tiempo. Entonces se puede decir que tanto el Estado como el Derecho no siempre han existido, pues el Estado implica la existencia de la autoridad, sin embargo, en algunas sociedades no se ha necesitado un Estado como tal, por consecuencia tampoco la necesidad de un determinado tipo de Derecho.

Entonces, ¿Por qué se debería de hablar tanto de Estado como de Derecho en unidad? La respuesta sería que ningún concepto se entiende por completo aparte, por eso al surgir el Derecho también lo hará el Estado, independientemente de la realidad en la que surgieron.

Derecho, consenso e ideología

El Derecho no solo está ligado al poder físico, sino también al de las ideas que es consenso.

La ideología se define como: sistema de ideas, las concepciones del mundo que funcionan como guía para la acción en el campo de la política del Derecho y la moral”. Con el término ideología ya definido, se puede entender cuál es la relación entre Derecho y consenso.

Derecho y poder económico

La relación entre Derecho y poder económico se relaciona por el llamado Estado social, el cual pretende regular la economía mediante el Derecho, por consecuencia actuara como las normas del Derecho público que regulan la intervención del Estado en la economía de una sociedad.

CAPÍTULO VI. LAS FUNCIONES DEL DERECHO

El análisis funcional del Derecho

Las diferentes perspectivas del Derecho son:

• Estructural, componentes del Derecho.

• Funcional, para qué sirve el Derecho.

• Valorativa, indica cuando el Derecho va a ser justo.

Estas perspectivas fueron la base para la corriente del Estructural Funcionalismo.

Las funciones sobre el Derecho

Una de las principales funciones del Derecho es el control social, ya que este va a supervisar cómo funcionan otras instituciones sociales, otra es la integración social donde el individuo aprende a comportarse ante la sociedad.

Profundizando sobre el control social se lleva a cabo por:

• A priori, evitando conductas ilícitas

• A posteriori, consiguiendo las conductas deseadas

• Tener una reacción negativa a las conductas indeseadas

• Incentivación a las conductas deseadas.

Con lo anterior se puede decir que el Derecho se considera como un sistema de control social, sin embargo, esta definición es abstracta y por lo tanto, no es tan certera.

Derecho y cambio social

Existen dos respuestas contradictorias acerca del cambio social relacionado con el Derecho, primero se dice que el Derecho debe seguir, mas no guiar a la sociedad y por otro lado es la generadora de una reforma social.

Sin embargo, esto se entiende como que el derecho puede llegar a ser un mecanismo que ayude a cambiar a la sociedad con determinados límites.

Relación entre derecho y cambio social:

• Cambios jurídicos producidos por cambios sociales

• Cambios sociales surgidos por los cambios aplicados al Derecho.

CAPÍTULO VII. DERECHO, JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

El concepto de justicia

Una definición de justicia hecha por Perelman nos dice que la justicia consiste en tratar igual a los seres pertenecientes a la misma categoría, sin embargo, nadie la lleva a cabo.

Para que haya justicia también se necesita de libertad, pero por desgracia, la libertad también es ambigua, pues cada persona la entiende como quiere. La libertad es la facultad de hacer o no diferentes acciones sin ser obstaculizado por alguien más.

La libertad desde una concepción liberal dice que los hombres son libres mientras no sean sometidos a la norma. La seguridad jurídica se entiende como la seguridad que nos da el Derecho de prever la conducta humana y sus consecuencias.

Existen tres tipos de niveles de seguridad y son:

• Orden

• Certeza jurídica

• Seguridad Jurídica en el sentido estricto

Concepciones de justicia

Las concepciones de justicia son:

Los naturalistas: Clasifican a lo justo como una serie de principios que derivan de la naturaleza y son cognoscibles para el hombre. Estos principios serán verdaderos mientras describan a la naturaleza y al menos uno es de carácter inmutable debido a que por su naturaleza no cambia ni el tiempo ni el espacio.

El utilitarismo: Se trata de una consecuencia lista de la ética, donde se debe hacer lo que tenga las mejores consecuencias.

Perspectiva histórica: Esta dice que una norma o institución se podrá calificar como justa o injusta tomando en cuenta el momento en que se dio.

Concepción Discursiva: Difundida por J. Habermas, donde se dice que los principios y las reglas morales son el resultado de un procedimiento en el que se respetan determinados criterios, y todo se va a dar por medio de un discurso.

Justicia y derechos humanos

Al hablar de Derechos Humanos se habla de un recurso para justificar alguna acción o en su caso para hacer una crítica a una determinada situación y solo los derechos de carácter meramente básico son Derechos Humanos.

Los derechos humanos contienen un elemento político importante, pues se necesita de una organización del poder político para hacerse valer.

Carlos Nino creo una argumentación acerca de los derechos humanos basada en la inspiración Kantiana y liberal y se divide en tres principios:

• Principio de inviolabilidad,

• Principio de

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