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Estado de alarma y los derechos y libertades en la era de Covid-19 en Ecuador y Latinoamérica


Enviado por   •  21 de Junio de 2022  •  Ensayos  •  3.916 Palabras (16 Páginas)  •  48 Visitas

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Universidad del Azuay

Facultad de Ciencias Jurídicas.

Carrera de Derecho.

Estado de alarma y los derechos y libertades en la era de Covid-19 en Ecuador y Latinoamérica

Estudiante

Jorge Andrés Elaje Alvarez

Profesor

Prof. José Chalco Salgado, Ph.D.

Cuenca – Ecuador

2021

ESTADO DE ALARMA Y LOS DERECHOS Y LIBERTADES EN LA ERA DE COVID-19 EN LATINOAMÉRICA

Jorge Andrés Elaje Alvarez

Universidad Del Azuay

Andres_08@es.uazuay.edu.ec

        Hablar sobre libertad como tal, generaría un problema por su ambigüedad pues este concepto puede citarse en diferentes aspectos, puede ser como una capacidad de actuar a los hombres por su propia cuenta o por otra parte si esta libertad les da la potestad de hacer actos determinados que prescriben ciertas acciones.[1]        

El derecho constitucional es una base muy importante para los diferentes estados que están regidos por este libro constitucional, una de las principales características de la constitución es garantizar los derechos y libertades de los ciudadanos, podemos hablar de que en la revolución francesa nace la primera generación de derechos, la libertad igualdad y fraternidad esto nos enseñó el constitucionalismo clásico, la libertad es uno de los principios fundamentales de las personas podemos decir claramente que la libertad es la que produce la felicidad y bienestar para el mayor número de individuos, también podemos decir que la libertad de una manera social o civil, pues la evolución de la libertad con el paso de los años está ya se ha iniciado en las civilizaciones antiguas, como en roma, la cual ya se basaba en ciertos actos que se basaba en la protección contra la tiranía de políticos que en ese tiempo tenían el poder y control de toda una civilización, ya en épocas actuales hasta llegar a nuestra época donde podríamos definir como un acto individual que cuenta con esa libertad que se necesita y tiene un dominio sobre sí mismo, por la cual se considera que estas personas son soberanas y pacíficas. En estos espacios se cuestiona en donde la libertad de una persona se puede restringir por la libertad social, y termina que el único objeto valido es la defensa propia, esta se podría decir que es la única razón legitima para utilizar la fuerza contra una persona ya que lo que se busca es que evite a otras personas por el bienestar físico de las personas, la libertad y la libre movilidad de las personas en el covid estuvo en discusión porque como nos dicen muchos autores la libertad esta basad en que el hombre es constantemente invadido por la libertad de a elección propia, pero hay otros autores que nos dicen que la libertad no puede ser libre en el hombre, porque esto sería muy peligroso ya que sus consecuencias pueden ser una incógnita ya sean negativas o positivas las cuales estas pueden tener un impacto en la sociedad ya que estas elecciones individuales serán repetidos por muchas personas más y esto impacta e influencia en el resto de las personas.

La pandemia ha sido una enfermedad donde nos ha causado muchos cambios en nuestras vidas tanto en lo laboral, en la vida diaria y en la vida jurisdiccional ya que este aspecto hemos tenido varios cambios algunos tratados en lo legal y otros por encima de muchas leyes como es la constitución de la república del Ecuador.

En Latinoamérica el impacto social y jurídico en la pandemia fue catastrófica primeramente porque los estados no estaban preparados para una crisis de salud y humanitaria, porque muchos de los países no tenían un plan de contingencia en caso de que pase algo de esto, las empresas sufrieron el impacto económico en los trabajadores teniendo en cuenta que muchas de las empresas quedaron fuera del mercado, pues el capital de estas no alcanzaba para soportar una crisis de estas, y por ende hubieron muchos despidos a personas de los sectores más afectados, como el sector de turismo y comercio teniendo que recortar el personal casi al 50% o en su totalidad y muchos de estas sin liquidación o si les pagaban la liquidación era un porcentaje mínimo donde no se representaba el tiempo que trabajaban. ¿Pero y el derecho al trabajo que el gobierno nos garantiza? Las empresas han justificado sus despidos a partir de las causas de fuerza mayor.[2]. En el caso del Ecuador la cosa no cambio desde que inicio la pandemia en marzo se estima que 173.000 personas han perdido su trabajo, de ese porcentaje solo 7.120 persona pusieron la denuncia en el ministerio del trabajo y otras 17.000 despedidas no han recibido ninguna indemnización, muchos de los empleadores alegaron también caso fortuito o fuerza mayor y por esto cometió abusos y dejaba a las personas sin trabajo y sin derecho a reclamar.[3]. Los derechos de los trabajadores de nuestro país fueron vulnerados, en fin, la pandemia ha traído un sin número de fenómenos sociales, uno de los principales el aumento de desempleo y por ende la pobreza porque esto va de la mano con el otro. Muchas empresas salieron a protestar en septiembre o a finales de octubre exigiendo al estado que se garantice sus derechos fundamentales, que las empresas deben de seguir un proceso como todos si es que no necesitan contar con sus servicios, tal y como dice las leyes, y sobre todo los derechos humanos de las personas porque no creo que sea sano despedir a personas así.

Las nuevas situaciones Provocadas por el Covid-19

En los países de Latinoamérica como en el mundo las nuevas situaciones de modus vivendi cambiaron, esta emergencia sanitaria cambio en muchos aspectos a las personas y a los estados, desde una perspectiva jurídica las leyes de los estados no estaban preparados como para garantizar a los ciudadanos una buena organización en este aspecto al contrario a los estados han tenido varios problemas al momentos de dictar una resolución rápida para frenar los contagios, podemos comenzar diciendo que el gobierno como en muchos países limito muchos derechos y podemos decir que todo esto es comprensible por la gran cantidad de contagios que existía y que aún existe en el mundo, en otros se limitó el derecho a libre movilidad, se podría decir que también se limitó a la educación presencial y transformando la educación el línea la otra cuestión relativa a la constitucionalidad de las medidas contra el Covid-19 es si estas debían tomarse mediante un acto administrativo, y en la constitución dice muy claramente que los derechos y libertades deben ser hechas por la ley, es decir no por una medida administrativa, sin embargo estas medidas fueron hechos mediante decretos por una entidades sujetas al estado o la presidencia y solo una pequeña parte de las medidas adoptadas debido a este problema se basan en la ley, en el caso de ecuador los decretos fueron dictados por el Coe nacional en otros países por el ministerio del interior no directamente desde el ejecutivo,

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