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Estados unidos. 1789 Constitución de Georgia.


Enviado por   •  18 de Febrero de 2017  •  Documentos de Investigación  •  2.544 Palabras (11 Páginas)  •  149 Visitas

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1789 Constitución de Georgia

Artículo I 
Artículo II 
Artículo III 
Artículo IV 
Enmiendas


Artículo I


Nosotros, los delegados de la gente, reunidos en convención, declaramos que los siguientes artículos constituirán la constitución para el gobierno de este Estado;
 Y en virtud de las facultades que tenemos en este sentido, lo ratifico y lo confirmo.

Para ver la Constitución de Georgia de 1789 ven la Biblioteca Digital de Georgia. [pic 1]

ARTÍCULO I.

Sección 1. El poder legislativo estará investido en dos ramas separadas y distintas, a saber, un senado y una casa de representantes, que se denominará "La Asamblea General".

Sección 2. El senado será elegido el primer lunes de octubre cada tercer año, hasta que tal día de elección sea alterado por la ley; Y estará compuesto por un miembro de cada condado elegido por sus electores y continuará por el término de tres años.

Sección 3. Ninguna persona podrá ser miembro del Senado que no haya alcanzado la edad de veintiocho años y que no haya habido nueve años de residencia en los Estados Unidos y tres años de ciudadano de este Estado; Y será un habitante de ese condado para el cual será elegido, y habrá residido en él seis meses inmediatamente antes de su elección, y será poseído por su propio derecho de doscientos cincuenta acres de tierra, o alguna propiedad por la cantidad de Doscientos cincuenta libras.

Sección 4. El senado elegirá por votación a un presidente de su propio cuerpo.

Sección 5. El Senado tendrá únicamente el poder de probar todas las acusaciones.

Sección 6. La elección de los miembros de la Cámara de Representantes será anual, el primer lunes de octubre, hasta que tal día de elección sea modificado por la ley, y estará compuesto por miembros de cada condado, en las siguientes proporciones: Camden, dos; Glynn, dos; Libertad, cuatro; Chatham, cinco años; Effingham, dos; Burke, cuatro; Richmond, cuatro; Wilkes, cinco;Washington, dos; Verde, dos; Y Franklin, dos.

Sección 7. Ninguna persona será miembro de la Cámara de Representantes que no haya alcanzado la edad de veintiún años y haya sido de siete años ciudadana de los Estados Unidos y de dos años de residente en este Estado; Y será habitante del condado por el cual será elegido, y habrá residido allí tres meses inmediatamente antes de su elección; Y será poseído en su propio derecho de doscientas acres de tierra, u otra propiedad por la cantidad de ciento cincuenta libras.

Sección 8. La Cámara de Representantes elegirá a su orador ya otros oficiales.

Sección 9. Sólo tendrán el poder de acusar a todas las personas que han estado o pueden estar en el cargo.

Sección 10. Ninguna persona que tenga una comisión militar u oficina de utilidades bajo este o los Estados Unidos, o cualquiera de ellos (excepto los jueces de paz y oficiales de la milicia), podrá tomar su asiento como miembro De cualquiera de las ramas de la Asamblea General; Ni senador ni representante será elegido para cualquier cargo de beneficio que se creará durante su nombramiento.

Artículo 11. La reunión de la Asamblea General será anual, el primer lunes de noviembre, hasta que tal día de reunión sea modificado por ley.

Sección 12. Un tercio de los miembros de cada rama tendrá poder para proceder al negocio; Pero un número más pequeño puede aplazar de día en día, y obligar a la asistencia de sus miembros de la manera que cada casa puede prescribir.

Sección 13. Cada casa será jueces de las elecciones, retornos y calificaciones de sus propios miembros, con facultades para expulsar o castigar por comportamiento desordenado.

Artículo 14. Ningún senador o representante podrá ser detenido durante su asistencia a la asamblea general o por un tiempo razonable para ir a ella o regresar a su país, salvo por traición, felonía o violación de la paz; Ni ningún miembro será responsable de responder por cualquier cosa hablado en el debate en cualquier casa, en cualquier corte o lugar en otro lugar.

Artículo 15. Los miembros del Senado y de la Cámara de Representantes tomarán el siguiente juramento o afirmación: "Yo, AB, juro solemnemente (o afirmo, según sea el caso) que no he obtenido mi elección por soborno u otro Medios ilegales; Y que daré mi voto sobre todas las cuestiones que se me presenten, como senador (o representante), de la manera que, a mi juicio, favorezca mejor el bien de este Estado; Y que tendré verdadera fe y lealtad a la misma, y ​​en la medida de mi poder, observaré, apoyaré y defenderé su constitución ".

Artículo 16. La Asamblea General tendrá facultad para hacer todas las leyes y ordenanzas que juzguen necesarias y apropiadas para el bien del Estado, las cuales no serán repugnantes a esta constitución.

Sección 17. Tendrán poder para alterar los límites de los condados actuales, y despedir otros nuevos, así como de los condados ya despedidos, como fuera del otro territorio que pertenece al Estado. Cuando un nuevo condado o condados sean despedidos, fuera de cualquiera de los condados o condados actuales, dicho nuevo condado o condados tendrán su representación repartida entre el número de representantes del condado o condados de los cuales serán o serán Establecidos Y cuando cualquier nuevo condado sea despedido en el territorio vacante que pertenezca al Estado, dicho condado tendrá un número de representantes, no mayor de tres, que será reglamentado y determinado por la Asamblea General. Y no se sacará dinero del tesoro, ni de los fondos públicos de este Estado, salvo por las consignaciones legales.

Sección 18. Ningún clérigo de ninguna denominación será miembro de la Asamblea General.

Artículo II


ARTÍCULO II.

Sección 1. El poder ejecutivo será conferido a un gobernador, quien ejercerá su cargo durante el término de dos años, y será elegido de la siguiente manera:

Sección 2. La Cámara de Representantes, en el segundo día de su construcción, en el primer y segundo año después, votará por votación para tres personas; Y hará una lista con los nombres de las personas votadas y del número de votos por cada persona; Que enumera al orador, firmará en presencia de la casa y lo entregará en persona al senado; Y el senado, el mismo día, procederá por votación a elegir una de las tres personas que tengan el mayor número de votos; Y la persona que tenga la mayoría de los votos de los senadores presentes será el gobernador.

Sección 3. Ninguna persona será elegible para el cargo de gobernador que no haya sido ciudadano de los Estados Unidos doce años y un habitante de este Estado seis años y que no haya alcanzado la edad de treinta años y que No posee quinientos acres de tierra, por derecho propio, dentro de este Estado, y otras especies de propiedad por la suma de mil libras esterlinas.

Sección 4. En caso de muerte, renuncia o incapacidad del gobernador, el presidente del Senado ejercerá los poderes ejecutivos del gobierno hasta que se retire dicha discapacidad o hasta la próxima reunión de la Asamblea General.

Sección 5. El Gobernador recibirá en su momento una indemnización que no podrá ser aumentada ni disminuida durante el período para el cual será elegido; Tampoco recibirá, dentro de ese plazo, ningún otro emolumento de los Estados Unidos, ni de ninguno de ellos, ni de ninguna potencia extranjera. Antes de que entre en la ejecución de su cargo, tomará el siguiente juramento o afirmación: "Juro solemnemente (o afirmo, según sea el caso) que cumpliré fielmente el cargo de gobernador del Estado de Georgia y Preservar, proteger y defender al Estado, y hacer que la justicia sea ejecutada en misericordia en ella, según la constitución y la ley de la misma ".

Sección 6. El será comandante en jefe en y sobre el estado de Georgia. Y de su milicia.

Sección 7. Tendrá facultad para conceder suspensión de la pena por delitos contra el Estado, salvo en los casos de juicio político, y conceder indultos, en todos los casos después de la condena, salvo por traición o asesinato, en los cuales podrá prorrogar la ejecución y Un informe de ello a la próxima Asamblea General, por la que se puede conceder un indulto.

Art. 8º. Publicará órdenes de elección para llenar las vacantes que ocurran en el Senado o en la Cámara de Representantes, y tendrá facultad para convocar a la Asamblea General en ocasiones extraordinarias y les proporcionará de tiempo en tiempo información del estado De la república, y recomendar a su consideración las medidas que considere necesarias y oportunas.

Artículo 9. En caso de desacuerdo entre el Senado y la Cámara de Representantes, con respecto a la hora a que la Asamblea General aplazará, podrá aplazarlos hasta el tiempo que estime oportuno.

Sección 10. Tendrá la revisión de todas las leyes aprobadas por ambas cámaras, antes de que se conviertan en leyes; Pero dos tercios de ambas casas pueden aprobar una ley, a pesar de su discrepancia, y si el gobernador no devuelve ningún proyecto dentro de los cinco días posteriores a su presentación, ésta será una ley, a menos que la Asamblea General , Por su aplazamiento, impedirá su retorno

Artículo 11.- El gran sello del Estado se depositará en el oficio de secretario, y no podrá ser puesto en ningún instrumento de escritura sin que sea por orden del gobernador o de la Asamblea General; Y la Asamblea General podrá ordenar que se modifique el gran sello.

ARTÍCULO III


Artículo III.

Sección 1. Se celebrará un tribunal superior en cada condado dos veces cada año; En la que se juzgará y juzgará, todas las causas civiles y penales, salvo las que puedan estar sujetas a un tribunal federal, y las que por ley sean sometidas a jurisdicción inferior.

Sección 2. La Asamblea General señalará el modo de corregir errores y apelaciones, que se extenderán hasta el punto de facultar a los jueces para dirigir un nuevo juicio por jurado dentro del condado donde se originó la acción y que será definitivo.

Sección 3. Los Tribunales Marciales se celebrarán como hasta ahora, sujeto a los reglamentos que la Asamblea General pueda ordenar por ley.

Sección 4. Todas las causas serán juzgadas en el condado donde reside el acusado excepto en casos de bienes raíces, los cuales serán juzgados en el condado donde se encuentra la finca y en casos penales que serán juzgados en el condado donde el delito será comprometido.

Sección 5. Los jueces de la corte superior y el procurador general tendrán un salario competente establecido por la ley, el cual no podrá ser aumentado ni disminuido durante su permanencia en el cargo, y mantendrá su comisión durante el término de tres años.

Artículo IV


ARTÍCULO IV.

Sección 1. Los electores de los miembros de ambas ramas de la Asamblea General serán ciudadanos y habitantes de este Estado y habrán cumplido los veintiún años de edad y habrán pagado el impuesto correspondiente al año anterior a la elección y Han residido seis meses dentro del condado.

Sección 2. Todas las elecciones serán por votación, y la Cámara de Representantes, en todos los nombramientos de los funcionarios del Estado, votará por tres personas; Y una lista de las tres personas que tengan el mayor número de votos, será firmada por el orador y enviada al Senado, el cual determinará por dicha lista, por mayoría de sus votos, al oficial elegido, excepto los oficiales de la milicia y los secretarios Del gobernador, quien será designado por el gobernador solo, bajo los reglamentos y restricciones que la Asamblea General pueda prescribir. La Asamblea General podrá conferir el nombramiento de oficiales inferiores en el gobernador, en los tribunales de justicia o en cualquier otra forma que establezcan las leyes.

Sección 3. La libertad de prensa y el juicio por jurado permanecerán inviolables.

Sección 4. Todas las personas tendrán derecho al beneficio del habeas corpus.

Sección 5. Todas las personas tendrán el libre ejercicio de la religión, sin estar obligadas a contribuir al apoyo de ninguna profesión religiosa, sino la suya.

Sección 6. Los bienes no se implicarán; Y cuando una persona muere intestado, dejando esposa e hijos, la esposa tendrá la parte del niño, o su dote, a su elección; Si no hay esposa, la herencia estará dividida equitativamente entre los hijos y sus representantes legales del primer grado. La distribución de todas las demás haciendas intestadas puede ser regulada por la ley.

Sección 7. En las elecciones generales de los miembros de la asamblea, en el año de mil setecientos noventa y cuatro, los electores de cada condado elegirán a tres personas para representarlas en una convención, con el fin de tomar en cuenta las modificaciones necesarias Que se hará en esta Constitución, quien se reunirá en el lugar y lugar que la Asamblea General designe; Y si dos terceras partes del número entero se reunieren y concurren, acordarán las modificaciones y enmiendas que estimen convenientes, Disponiéndose que después de que dos tercios hayan acordado proceder a las modificaciones y enmiendas, la mayoría determinará Sobre los detalles de tales modificaciones y enmiendas.

Sección 8. Esta Constitución entrará en vigor y estará en pleno vigor, el primer lunes de octubre próximo, después de la adopción de la misma; Y se autorizará al Poder Ejecutivo a alterar el tiempo de la sesión de los Tribunales Superiores, para que éste no interfiera en las elecciones anuales en los respectivos condados o en la reunión de la primera Asamblea General.

Hecho en Augusta, en convención, el sexto día de mayo, en el año de nuestro Señor mil setecientos ochenta y nueve y en el año de la Soberanía e Independencia de los Estados Unidos el decimotercero.


Wm.
 Gibbons, Presidente.

D. Longstreet, Secretario.

Enmiendas


Modificaciones a la Constitución de 1789

(Aprobada el 16 de mayo de 1795 por una convención que se reunió en Louisville 
El día ________ de mayo.)

Artículo I. El Senado será elegido anualmente el primer lunes de noviembre hasta que tal día de elección sea modificado por la ley; Y estará compuesta por un miembro de cada condado, para ser elegido por sus electores.

Artículo II. Todas las elecciones que realice la Asamblea General serán por votación conjunta del Senado y de la Cámara de Representantes.

Artículo III La elección de los miembros de la Cámara de Representantes será anual el primer lunes de noviembre; Y estará compuesto de miembros de cada condado en la siguiente proporción: Camden, dos; Glynn, dos; Libertad, cuatro; McIntosh, dos; Bryan, dos; Chatham, cuatro; Effingham, dos; Scriven, dos; Montgomery, dos; Burke, tres; Richmond, dos; Columbia, dos; Wilkes, tres; Hancock, tres; Washington, tres; Madriguera. Tres. x

Artículo IV. En las elecciones generales de los miembros de la asamblea en el año 1797, los electores de los actuales condados elegirán a tres personas para representarlos en una convención con el fin de tomar en consideración las nuevas modificaciones y enmiendas que deben hacerse en la constitución, Se reunirá en la ciudad de Louisville el segundo martes de mayo a partir de entonces; La mayoría de dicha convención tendrá facultad para proceder y acordar las modificaciones y enmiendas que estime convenientes.

Artículo V. La reunión de la Asamblea General será anual el segundo martes de enero, la mayoría de los cuales tendrá poder para proceder a los negocios.

Artículo VI. Que Louisville sea el asiento permanente del gobierno; Y que el gobernador, el secretario de Estado, el tesorero, el auditor y el inspector general, retiren sus cargos en cuanto sea conveniente, antes de la próxima reunión de la Asamblea General.

Artículo VII. Artículo de los derechos constituidos anejos a la Constitución en su forma enmendada.

Artículo VIII. Todos los poderes no delegados por la constitución, según enmendada, son retenidos por el pueblo.

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