Estatuto General
dave2r27 de Agosto de 2014
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Dentro de la estructura administrativa de la universidad hay órganos de gran importancia para el alcance de los logros institucionales. ¿Cuáles son las funciones? de:
• Consejo Superior:
1. Definir las oliticas académicas y administrativas y la planeación institucional
2. Aprobar el Plan de Desarrollo de la Universidad, a propuesta del Rector
3. Definir la estructura y organización academica, administrativa y financiera de la institución, fijar las líneas de autoridad y expedir las normas básicas para la dirección y organización de las distitas dependecias universitarias.
4. Velar porquela marcha de la insitucion este acorde con la Constitucion Politica, las disposiciones legales y reglamentarias, el estatuto general y las políticas institucionales.
5. Expedir o modificar los estatutos y reglamentos de la universidad.
6. Nombrar al rector para un periodo de cuatro (4) años, de terna seleccionada según reglamentación que para tal efecto expida.
7. Fijar las políticas, reglamentaciones y demás acciones orientadas al cumplimiento de la misión, objetivos y funciones de la universidad.
8. Establecer distinciones y reconocimientos para el personal docente y no docente, asi como las destinadas a exaltar a las personas que por sus capacidades y acciones han incibido en la vida de la institución, la región y el país.
9. Crear, fusionar o suprimir, de acuerdo con las disposiciones vigentes, las dependencias académicas y administrativas de la universidad
10. Definir a iniciativa del rector la planta de personal docente y no docente de la universidad y los sistemas de carrera y evaluación del desempeño, de conformidad con la constitución política y la ley. Adoptar, con arreglo al presupuesto y a las normas legales y reglamentarias, a propuesta del rector, el estatuto de personal, el estatuto contractual y los regímenes financiero, contable y presupuestal y, la planta de personal de la universidad.
11. Aprobar y expedir el presupuesto de rentas y gastos para la vigencia fiscal siguiente, a mas tardar el 15 de Diciembre de la vigencia en curso, de conformidad con la constitución y las normas legales, atendiendo las directrices macroeconómicas y fiscales del gobierno nacional, sir perjuicio de la autonomía de la universidad.
12. Autorizar la aceptación de donaciones o legados, que por su naturaleza o cuantia reserve al consejo superior el estatuto general.
13. Autorizar las comisiones al exterior del rector, superiores a cinco (5) días.
14. Adoptar el sistema de evaluación del desempeño conforme a las normas que rigen la administración del personal vinculado a la universidad.
15. Reglamentar la aplicación del régimen de propiedad intelectual e industrial en al institución, de conformidad con las normas legales.
16. Evaluar el programa anual de gestión y desarrollo institucional ejecutado por el rector.
17. Fijar los derechos pecuniarios que puede cobrar la universidad.
18. Disponer, cuando las circunstancias lo ameriten, la suspensión de actividades en la universidad por mas de quince días.
19. Autorizar, previa propuesta del rector, con fundamento en la ley, apertura de sedes, creación de seccionales y dependecias, la participación en la constitución de empresas industriales o comerciales del estado, de sociedades de economía mixta o cualquier otra forma asociativa, de conformidad con la ley.
20. Darse su propio reglamento.
21. Solititar informes sobre los resultados de la gestión y verificar el cumplimiento de las políticas aprobadas por el consejo superior.
22. Otorgar facultades especiales al rector destinadas a garantizar el cumplimiento de la misión y funciones de la institución
23. Las demás que le sean asignadas por la constitucon política, las leyes de las normas estatuarias.
• Consejo Académico
1. Decidir sobre el desarrollo académico de la institución en lo relativo a los temas de docencia, investigación, extensión y bienestar universitario.
2. Adoptar el plan de desarrollo docente y evaluarlo periódicamente.
3. Diseñar las políticas académicas en lo referente al personal docente y estudiantil.
4. Conceptuar y velar por la articulación entre el plan de desarrollo institucional y las políticas de desarrollo académico.
5. Dirigir la autoevaluación, la actualización científica y pedagógica, el mejoramiento continuo de la calidad y la pertenencia social de los programas universitarios.
6. Aprobar la creación y modificación de los planes de estudio.
7. Adoptar políticas pedagógicas y de desarrollo curricular.
8. Estudiar y analizar el presupuesto preparado por las distintas instancias académicas y expresar sus recomendaciones al rector y al consejo superior universitario.
9. Velar por el desarrollo, adopción y evaluación del sistema de gestión integral de la calidad en los procesos misionales.
10. Designar el representante de las directivas académicas ante el consejo superior.
11. Presentar la terna de los ex rectores ante el consejo superior, para la selección de su representante.
12. Actuar como organismo de segunda instancia de los consejos de facultad.
13. Resolver los conflictos de interpretación del reglamento estudiantil y demás normas académicas relacionadas y de bienestar estudiantil.
14. Conceder honores a las tesis y trabajos de grado a solicitud de los consejos de facultad.
15. Definir el calendario académico de la institución y aprobar la oferta de cupos.
16. Definir las condiciones de admisión teniendo en cuenta las políticas del consejo superior.
17. Conceptuar sobre los proyectos de reglamentos académicos, de personal docente, estudiantil, y los demás relacionados con la gestión academica de la institución.
18. Ejercer la acción disciplinaria estudiantil conforme a los reglamentos.
19. Autorizar las comisiones de estudio del personal docente, de acuerdo con las normas legales y estatuarias.
20. Decidir sobre asuntos académicos que no estén asignados a otras instancias de institución.
21. Conceder u otorgar el periodo sabático a los docentes que cumplan los requisitos normativos, previo concepto favorable del consejo de facultad.
22. Conceder u otorgar la dedicación exclusiva, por la solicitud del decano de la facultad respectiva o de los vicerrectores de las áreas misionales.
23. Otorgar las distinciones y reconocimientos conforme a los estatutos y reglamentos de la institución.
24. Rendir informes periódicos al consejo superior universitario.
25. Darse su propio reglamento.
26. Las demás que se le sean asignadas por las normas legales, estatuarias y reglamentarias
• Rector
1. Cumplir y hacer cumplir la constitución, las normas legales, los estatutos y los reglamentos de la universidad y las providencias emanadas del consejo superior y del consejo académico.
2. Dirigir y controlar las políticas institucionales orientadas a garantizar el funcionamiento autonomía y desarrollo de la universidad.
3. Dirigir la elaboración del plan de desarrollo de la universidad y presentarlo para la aprobación del consejo superior
4. Adoptar los procesos y los procedimientos de planeación, programación, dirección, administración, ejecución, evaluación y control de las actividades de la universidad
5. Presentar para aprobación del consejo superior, a mas tardar la primera semana de diciembre el proyecto de presupuesto de la vigencia fiscal siguiente y , una vez aprobado, ejecutarlo.
6. Proponer al consejo superior las reformas a la organización interna y a la planta de personal de la universidad
7. Nombrar a los vicerrectores, al secretario general, a los decanos, directores y demás empleos de libre nombramiento y remoción.
8. Nombrar y remover al personal docente, conceder licencias y designar interinos de conformidad con el estatuto respectivo y las normar pertinentes.
9. Nombrar y remover al personal no docente, conceder licencias y nombrar personal en encargo, de conformidad con las normas de la carrera administrativa especial o las de carácter supletorio y, los estatutos y reglamentos dictados para tal efecto.
10. Definir coordinaciones y asignar sus funciones para garantizar el cumplimiento del objeto, misión y procesos de la universidad
11. Autorizar con su firma títulos que la universidad confiera.
12. Dirigir todo lo relacionado con la conservación y la administración del patrimonio económico, científico, pedagógico, cultural y artístico de la universidad.
13. Celebrar convenios, contratos y operaciones de crédito, de acuerdo con el régimen contractual de la universidad y las autorizaciones del consejo superior.
14. Representar judicial y extrajudicialmente a la universidad, defender sus derechos y nombrar apoderados.
15. Ejercer la función disciplinaria, según lo previsto en las normas constitucionales, legales, los estatutos y reglamentos de la universidad.
16. Disponer, cuando las circunstancias lo hagan indispensable la suspensión de actividades de la universidad hasta por quince días, previo concepto favorable del consejo académico.
17. Autorizar las comisiones de estudio del personal no docente, de acuerdo con las normas legales y estatutarias.
18. Expedir los manuales de procedimientos requeridos para la gestión de los procesos, la organización del trabajo y la garantía de la calidad.
19. Expedir el manual de funciones y competencias laborales.
20. Ejercer
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