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Etapa Preliminar


Enviado por   •  5 de Abril de 2013  •  590 Palabras (3 Páginas)  •  676 Visitas

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ETAPA PRELIMINAR O DE INVESTIGACIÓN con artículos que la fundamentan

1.- DETENCIÓN EN FLAGRANCIA (Arts.16 párrafos 5º, 6º, y 7º, de la CPEUM y del NCPPEO) o bien, ORDEN DE DETENCION EN CASOS DE URGENCIA.

2.-AUDIENCIA DE CONTROL DE LEGALIDAD o ILEGALIDAD DE LA DETENCIÓN (Arts.276 del NCPPEO).

3.-COMUNICACIÓN DE LA IMPUTACIÓN o IMPUTACIÓN INICIAL (Arts. 272, 273, 275, 276,277, del NCPPEO).

4.- AUTO DE VINCULACIÓN O DE NO VINCULACIÓN A PROCESO (Arts.278, 279,280 del NCPPEO).

5.-AUDIENCIA PARA LA FIJACIÓN O NO DE UNA MEDIDA DE COERCIÓN (Arts.278, ultimo párrafo del NCPPEO).

6.-PLAZO PARA EL CIERRE DE LA INVESTIGACIÓN (Arts.281 y 284 párrafo 1º del NCPPEO).

7.-CIERRE DE LA INVESTIGACIÓN (Arts. 284 y 285 del NCPPEO).

8.-FORMULACIÓN DE LA ACUSACIÓN (Arts. 285 fracción I y el 292 del NCPPEO).

- Contenido del escrito de acusación 292 y 294 del N .C.P.P.E.O.

I.-Individualización de su acusado y de su defensor.

II.-Individualización de la victima u ofendido.

III.-Relato circunstanciado de los hechos y su clasificación jurídica.

IV.-El tipo de intervención delictuosa (autoría o participación).

V.-Las circunstancias modificatorias de la responsabilidad penal. (Atenuantes ó agravantes, según sea el caso). Pandilla, delincuencia organizada, asociación delictuosa.

VI.-Los preceptos legales aplicables.

VII.-Los medios de prueba que el M.P. se propone producir en juicio.

VIII.-Lo relativo a la reparación del daño.

IX.-Lo relativo a la pena.

X.-Lo relativo a la reclasificación de los hechos delictuosos si procediere.

XI.-Individualización de testigos y peritos.

ETAPA PRELIMINAR CONFORME AL NCPPEO.

A cargo del Ministerio Público con intervención del Juez de Garantías cuando el caso lo requiera. (arts. 112,114,206,216,218,220,269,272,281,284,285 del NCPPEO).

ETAPA PRELIMINAR

Objetivo: tiene por objeto determinar si hay o no fundamento para abrir un juicio penal, mediante la recolección de elementos que permitan fundar su acusación. Los cuales son agregados al legajo de investigación. (Arts.279 y 270 del NCPPEO).

Tiene dos fases:

a)

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