Fondos de Pensiones
Yoselin ReyesEnsayo5 de Febrero de 2020
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Universidad Nacional Autónoma de Honduras [pic 3][pic 4]
Facultad de Ciencias Económicas, Administrativas y Contable
Departamento de Mercadotecnia
Asignatura: Mercados Financieros
Sección 0700
Mae. Axel E. Huete G.
Fondos de Pensiones
Grupo #2
Integrantes:
Tania Canales 20121006143
Lulieth Mazav 20121005837
Kevin Martínez 20121002833
Diego Pineda 20121001972
Joseph Franco 20121013937
Lester Quiroz 20131006143
Bryan Medina 20131003522
Katherine Castañeda 20131014255
Yoselin Reyes 20131600190
Norman Velázquez 20141003486
Arely Murillo 20141005525
Ciudad Universitaria, 5 de noviembre del 2018[pic 5]
Índice
Introducción 3
Objetivos 4
Objetivo General 4
Objetivos Específicos 4
Reseña Histórica 5
Funciones 5
Funcionamiento y Beneficios 6
Regulación 6
Inversiones más comunes 6
¿Quiénes deben o pueden afiliarse a una AFP? 6
Otras funciones. 7
Sistemas de previsionales en Honduras 8
INPREMA 8
INPREUNAH 8
INJUPEMP 9
IHSS 9
IPM 10
Actualidad 11
Ficohsa (2006): 12
Atlántida (2003): 15
BAC (2016) 16
AFP RAP (2016) 16
Conclusiones 18
Anexos 19
Bibliografía 21
Introducción
Un fondo de pensión es un instrumento financiero destinado al ahorro-inversión de las personas aportantes. El objetivo de los fondos de pensiones es pagar una mensualidad, en forma de “salario”, por concepto de jubilación vejez, orfandad, muerte o invalidez a las personas que durante toda su vida productiva aportaron a este fondo.
Dichos fondos tienen que ser gestionadas por administradoras de fondos de pensiones (AFP) que son la entidad constituida y organizada conforme a las leyes del país, encargada de la gestión de los fondos de pensiones que haya sido autorizada por el banco central de Honduras previo dictamen favorable de la comisión nacional de bancos y seguros.
En Honduras cuenta con la administración de nueve fondos de pensiones en total. Los cuales cinco pertenecen al sector público y los cuatro restantes al sector privado.
Las administradoras de fondos de pensiones en Honduras ofrecen tres tipos fondos más comunes que son Individual, Familiar y Empresarial. Los fondos de pensiones pueden ser de administración pública (controlada por el estado) o privada (controlada por empresas).
A continuación, se dará a conocer los inicios de las AFP en Honduras hasta la actualidad, en termino general cuáles son sus funciones y en específico los tipos de servicios que ofrecen las distintas AFP que existen en el país y a su vez los requisitos que se requieren para participar en un fondo pensiones.
Objetivos
Objetivo General
- Exponer los inicios de la creación y desarrollo del Fondo de Pensiones en Honduras.
Objetivos Específicos
- Determinar las funciones y servicios que conllevan el fondo de pensiones en el país.
- Enunciar los beneficios que se obtienen por optar ser parte de los planes de fondo de pensiones existentes.
- Conocer la forma de operación de las AFP en Honduras.
Reseña Histórica
La primera Administradora de Fondos de Pensiones en Honduras, Atlántida, S.A. se autorizó para operar mediante Resolución No. 215/-6/2003 del 23 de junio de 2003 de conformidad con las disposiciones de la Ley del Régimen Opcional Complementario para la Administración de Fondos Privados de Pensiones, con el objeto de gestionar y administrar fondos privados de pensiones y fondos de cesantía a través de cuentas individuales de capitalización a favor de terceros, de conformidad con lo establecido en dicha Ley.
Conforme lo establecido en la Ley del Régimen Opcional Complementario para la Administración de Fondos Privados de Pensiones (Decreto No. 319-2002), que señala la creación de un régimen de pensiones donde los ciudadanos aportan recursos durante una parte productiva de su vida para ahorrar y proveer su sostenimiento durante su vejez.
Funciones
El Fondo de pensión es un ahorro de largo plazo manejado a través de una cuenta individual y de reciente lanzamiento en Honduras, que permite acumular un patrimonio y usarlo cuando se cumpla la edad de tu retiro laboral. Está diseñado para personas de todas las edades, trabajadores del sector público y privado, así como independientes.
El fondo de pensión se constituye con un aporte mensual de 250 Lempiras o 20 dólares, según Banco Atlántida. En el caso de Ficohsa pensiones y cesantía, son 270 Lempiras si una persona gana 18,000 Lempiras al mes, 525 Lempiras si devenga 35,000 y 750 Lempiras si el ingreso es de 50,000 Lempiras al mes. El costo de administración es de 10% de comisión sobre el aporte.
Funcionamiento y Beneficios
La Administradora de Fondos de Pensiones y Cesantías proporcionan Cuentas de Capitalización Individual, en los cuales se reciben los aportes del afiliado de acuerdo a la legislación y los aportes patronales, más la rentabilidad que los mismos produzcan; dicha Cuenta Individual de Capitalización será propiedad de los afiliados. El Fondo constituido mediante los aportes individuales y patronales será registrado manejado y contabilizado en forma independiente del patrimonio de la Administradora. Los beneficios que ofrecen, es que los afiliados que aportan a las mismas, recibirán una pensión de acuerdo al tiempo y monto aportado al fondo administrado por la AFP, de conformidad a las opciones que se establezcan en la Ley, como ser Retiro Programado, Compra de Ventas Vitalicias en Compañías de Seguros, entre otras.
Regulación
Las inversiones de las Administradoras de Pensiones son reguladas por las disposiciones de la Ley del Régimen Complementario para la Administración de Fondos Privados de Pensiones, contendida en el Decreto Legislativo 319-2002, así como disposiciones normativas y regulatorias emitidas por la Comisión Nacional de Bancos y Seguros sobre la materia.
Inversiones más comunes
Entre las inversiones más comunes, realizadas por estas instituciones se encuentran los certificados de depósitos y Bonos corporativos emitidos por Instituciones del Sistemas Financiero, así como otros instrumentos emitidos por Instituciones del Estado como es el Banco Central de Honduras y la Secretaría de Finanzas de la República de Honduras.
¿Quiénes deben o pueden afiliarse a una AFP?
De forma voluntaria, la persona natural que mediante la suscripción del contrato correspondiente se incorpora a una Administradora de Fondos de Pensiones y Cesantías. De forma obligatoria, de conformidad a lo establecido en la Ley Marco del Sistema de Protección Social, que señala lo relativo a cuentas individuales para beneficios previsionales y reserva laboral. Estas cuentas tendrán una contribución obrera/patronal obligatoria para todos los empleados bajo el Código de Trabajo.
Requisitos
Se requiere que la persona natural forme parte del mercado laboral y que suscriba un contrato con la AFP, para regular la afiliación de la misma al plan de pensiones correspondiente, en el cual se establezca los derechos y obligaciones de cada una de las partes involucradas.
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