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GESTIÓN PÚBLICA Y GOBERNABILIDAD


Enviado por   •  6 de Marzo de 2021  •  Resúmenes  •  503 Palabras (3 Páginas)  •  113 Visitas

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SEGUNDA ESPECIALIDAD EN:

GESTIÓN PÚBLICA Y GOBERNABILIDAD

Tema:

TRABAJO PRÀCTICO N°01 -23.01.2021-TURNO MAÑANA

Curso: CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO

Docente: Dra. ADELAIDA MILUSHKA ALFARO FLORES

 

INTEGRANTES

  • MAGARIÑO ADRIANZEN EMELY GIULIANA
  • CHAVEZ CARDOZA NATHALIE GABYLU
  • FLORES BLAS MARCO ANTONIO
  • VALDEZ FERRER CELESTINO
  • CASTILLO BERMEO MARIA JANETT
  • CALDERÒN MIRANDA LUIS ANTHONY

SECCIÓN: A CICLO: II

Trujillo - 2021

TRABAJO PRÀCTICO

CURSO: CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO

 Producto entregable: 23/01/2021

1. Luego de revisar la lectura: Mejoras en los procesos de contratación con el Estado que impulsan la transparencia y la lucha contra la corrupción.

El Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE) ha emitido y publicado el pasado 09 de agosto de 2018 las Resoluciones N° 063-2018-OSCE/PRE y N° 064-2018- OSCE/PRE; a través de las cuales se presentan e impulsan mejoras que promueven la lucha contra la corrupción, la transparencia, la igualdad y no violencia contra las mujeres, y el cuidado del medio ambiente en los procesos de contrataciones.

  1. ¿Qué opinión tiene usted de estas inclusiones? y ¿qué otros aspectos consideran importante incluir en la normativa de contrataciones?

  • Después de dar lectura opinamos lo siguiente:
  • Estamos de acuerdo con las inclusiones realizadas en la normatividad donde se han tomado en cuenta la promoción de la lucha contra la corrupción, la transparencia, la igualdad y no violencia contra las mujeres, y el cuidado del medio ambiente en los procesos de contrataciones, para mejorar los Procedimiento de Adjudicación Simplificada en forma electrónica y Bases Estándar para la contratación de bienes, servicios en general y consultorías en general”
  • Con respecto Simplificación Administrativa: si bien es cierto El OSCE, preció que ambas resoluciones comenzarán a regir desde el 27 de agosto y gracias a ello, las entidades ya no podrán exigir que las empresas presenten documentación a la que pueden acceder vía la interoperabilidad de los sistemas o que se encuentra publicada en internet, pero no obstante a ello de conformidad con el Artículo 3.- Implementación progresiva de la interoperabilidad en beneficio del ciudadano 3.1 Las entidades de la Administración Pública que posean y administren la información señalada en el numeral 3.2 del presente artículo deben ponerla a disposición de manera gratuita y permanente a las entidades del Poder Ejecutivo para la interoperabilidad a que hace referencia el artículo 2 del presente Decreto Legislativo, dentro del plazo máximo de sesenta (60) días hábiles computado a partir de la publicación de la presente norma, en ese sentido es preciso observar que hasta la fecha muchas entidades no tienen acceso a la información, por lo que se podría IMPLEMENTAR MECANISMOS DE SU PERVISIÒN, para el apoyo a las entidades que aún no cuentan con la conectividad establecida por el art. 3.3 del D.L Nª 1246.
  • Incluir además una bonificación a las empresas proveedoras de bienes y servicios que cumplan en incluir a las personas con discapacidad, que superen el porcentaje mínimo normado y permitan el desarrollo profesional de estas personas. (Promover la certificación de estas empresas)
  • Implementar un sistema de supervisión y monitoreo para el cumplimiento de manera eficiente del Sello “Empresa segura” y Certificado Azul.  

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