GUÍA PARA EXAMEN FINAL DE PANORAMA GENERAL DEL DERECHO MEXICANO
Patrycya4 de Agosto de 2013
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GUÍA PARA EXAMEN FINAL DE PANORAMA GENERAL DEL DERECHO MEXICANO
1. Personas físicas: Es todo miembro de la especie humana susceptible de adquirir derechos y contraer obligaciones. En algunos casos se puede hacer referencia a éstas como personas de existencia visible, de existencia real, física o natural.
2. Personas morales: Es un sujeto de derechos y obligaciones que existe físicamente pero no como individuo, sino como institución y que es creada por una o más personas físicas para cumplir un papel.
3. Atributos de las personas físicas:
a) Capacidad.
b) Estado Civil.
c) Patrimonio.
d) Nombre.
e) Domicilio.
f) Nacionalidad.
4. Atributos de las personas morales:
a) Capacidad.
b) Patrimonio.
c) Denominación o razón social.
d) Domicilio.
e) Nacionalidad.
5. La capacidad de las personas morales se distingue de las personas físicas en los siguientes aspectos:
a) En las personas morales no puede haber incapacidad de ejercicio, toda vez que ésta depende exclusivamente de circunstancias propias e inherentes al ser humano, tales como la minoría de edad, la privación de la inteligencia por locura, idiotismo o imbecilidad; la sordomudez unida a la circunstancia de que no sepa leer ni escribir; la embriaguez consuetudinaria, o el uso inmoderado y habitual de drogas enervantes.
b) En las personas morales su capacidad de goce está limitada en razón de su objeto, naturaleza y fines. Podemos formular como regla general la de que dichas entidades no pueden adquirir bienes o derechos o reportar obligaciones que no tengan relación con su objeto y fines propios.
6. La nacionalidad de las personas morales se define tomando en cuenta dos factores:
a) Que se haya constituido conforme a las leyes mexicanas y
b) Que establezcan su domicilio en el territorio de la República.
7. Sujetos del Derecho de Familia.
Son aquellos que tienen parentesco por consanguinidad, afinidad o adopción y las personas que ejercen tutela, patria potestad y los que viven en concubinato.
8. Definición de los derechos subjetivos familiares:
Estos constituyen las distintas facultades jurídicas que se originan por el matrimonio, el parentesco, la patria potestad o la tutela. Y donde tiene la capacidad para interferir lícitamente por la persona en la actividad jurídica o el patrimonio de otro sujeto.
9. Supuestos principales del Derecho Familiar:
• Parentesco: Es el nexo jurídico que existe entre los descendientes de un progenitor común, entre un cónyuge y los parientes de otro consorte, o entre el adoptante y el adoptado.
• Matrimonio: El matrimonio es la unión legítima de un solo hombre y una sola mujer, para procurar su ayuda mutua, guardarse fidelidad, perpetuar la especie y crear entre ellos una comunidad de vida permanente.
• Concubinato: El concubinato es la unión de un hombre y una mujer, libres de matrimonio, que durante más de dos años hacen vida marital sin estar unidos en matrimonio entre si.
10. Podemos considerar como supuestos secundarios del Derecho Familiar los siguientes:
• Concepción del ser.
• Nacimiento
• Emancipación.
• Mayoría de edad.
• Muerte.
• Reconocimiento de hijos.
• Causas de divorcio.
• Nulidad del matrimonio.
• Causas de disolución de la sociedad conyugal.
11. La ineficiencia de los actos jurídicos del Derecho Familiar para producir ciertas consecuencias las cuales son:
- Nulidad.
- Revocación.
- Inexistencia.
- Divorcio.
- Reparación del daño.
12. Derecho Mercantil:
Es una rama del ordenamiento jurídico que tiene por objeto específico
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