ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Garantias Individuales Ignacio Burgoa


Enviado por   •  17 de Enero de 2014  •  1.928 Palabras (8 Páginas)  •  3.122 Visitas

Página 1 de 8

INTRODUCCIÒN

Podemos decir que la historia del derecho es una disciplina cuyo objeto consiste en el conocimiento de los sistemas jurídicos. Al referirse a los derechos de épocas pretéritas, el historiador solo podrá, si quiere hacer historia considerar a estos en su unicidad e individualidad características, es decir, como productos culturales que han existido una vez y no habrán de repetirse nunca.

La sociología jurídica puede también referirse a los ordenamientos jurídicos del pasado, pero cuando lo hace, aplica al estudio de los mismos un método completamente distinto, y no dirige su interés a lo que esos sistemas tienen de individual, sino a las causas y factores determinantes de su aparición o de sus cambios.

"La historia del derecho nos pondrá de manifiesto los acontecimientos de producción y modificación del derecho en su propia individualidad real: ofrecerá la película de desenvolvimiento del derecho encajado en el resto de los hechos históricos. La sociología del derecho versará, no sobre la sucesión de acontecimientos singulares en un determinado proceso histórico, sino sobre la realidad social del derecho y sobre la disposición y el funcionamiento general de los factores que intervienen en su gestión y evolución".

Así mismo haciendo hincapié en lo anterior puedo decir que son las bases para poder asentar y plasmar en la constitución política de los estados unidos mexicanos las garantías individuales que son nada mas y nada menos que los derechos y obligaciones que cada uno de los mexicanos tenemos.

En cuanto a la relación que tienen con el turismo cabe señalar que son diversos los artículos que nos hablan mas a cerca de ello, los cuales un poco mas adelante se explicaran mas detalladamente y se tratara de dar seguimiento en orden cronológico con su respectiva explicación a cerca de los mimos.

OBJETIVO GENERAL

En cuanto al objetivo general cabe señalar que es de suma importancia conocer nuestras garantías para así poder entenderlas, explicarlas y darlas a conocer; ya que como futuros prestadores de servicios tenemos la obligación de empezar a conocer nuestro país para así posteriormente vender los servicios.

En cuanto a los fines de derecho no podemos olvidar los siguientes:

1 La paz, armonía y el orden.

2.- Mantener la convivencia pacifica entre los hombres.

3.- Obtener la justicia y el bienestar general.

4.- El bien común.

CONTENIDO

Garantías Individuales y Sociales.

La declaración de garantías Individuales se divide en tres grandes partes: los derechos de igualdad, libertad y seguridad jurídica.

En la constitución vigente los derechos de Igualdad son:

Goce para todo individuo de las garantías que otorga la constitución.

Prohibición de la esclavitud.

Igualdad de derechos sin distinción.

Prohibición de títulos nobiliarios.

Prohibición de fueros.

Las garantías de Libertad se dividen en tres grupos:

Libertades de la persona Humana.

Libertades de la persona Física.

Libertades de la persona Social.

Las libertades de seguridad son:

Se refieren a : derecho de petición, privación de derecho solo mediante juicio, detención solo con orden judicial, derecho a la eficaz administración de justicia, etc.

Pero a lo que a nosotros nos interesa como prestadores de servicios y como futuros administradores de empresas turísticas son los siguientes artículos que enlistare a continuación y que posteriormente daré su respectiva explicación y los comparare con la explicación de otro autor:

Art. 1º Derecho para todo individuo

Art. 5º De trabajo

Art. 9º De asociación y reunión

Art. 11º De transito

Art. 1 Constitucional

"En los Estados Unidos Mexicanos todo individuo gozará de las garantías que otorga esta constitución, las cuales no podrán restringirse ni suspenderse sino en los casos y con las condiciones que ella misma establece"

BURGOA DICE: Consagra una garantía individual específica de igualdad, puesto que considera posibilitados y capaces a todos los hombres, sin excepción, de ser titulares de los derechos subjetivos públicos instituidos por la propia Ley fundamental, el alcance personal de esta garantía específica de igualdad se extiende, como dice el 1º constitucional, a todo individuo; es decir, a todo ser humano independientemente de su condición particular congénita (raza, sexo, etc.) o adquirida. Ahora bien el propio artículo 1º de la Constitución declara que las garantías individuales sólo pueden restringirse o suspenderse en los casos y bajo las condiciones que dicho ordenamiento supremo establece, por lo tanto, implicando la abolición de las garantías individuales una transformación radical del sistema jurídico estatal, puesto que se erigiría el Estado en totalitario en el sentido actual del vocablo, el Congreso de la Unión y la Legislaturas de los estados no tiene facultad para suprimirlas; puede, sí, modificarlas o restringirlas pero siempre conservando su finalidad tutelar esencial. (261 y 265)

Artículo 5.

A ninguna persona podrá impedirse que se dedique a la profesión, industria, comercio o trabajo que la acomode, siendo lícitos. El ejercicio de esta libertad sólo podrá vedarse por determinación judicial, cuando se ataquen los derechos de tercero, o por resolución gubernativa, dictada en los términos que marque la ley, cuando se ofendan los derechos de la sociedad.

Nadie puede ser privado del producto de su trabajo, sino por resolución judicial.

La ley determinará en cada Estado cuales son las profesiones que necesitan título para su ejercicio, las

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (12.6 Kb)  
Leer 7 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com