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Garantias Individuales


Enviado por   •  18 de Febrero de 2013  •  1.475 Palabras (6 Páginas)  •  345 Visitas

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LICENCIATURA DERECHO

CUARTO CUATRIMESTRES GRUPO I

SEGURIDAD JURIDICA

LIC. JAVIER PALAFOX PADILLA

LA SEGURIDAD JURIDICA EN EL SISTEMA MEXICANO.

Ixtapaluca México, 25 de ENERO del 2013

INTRODUCCION

No es posible hablar de la existencia de los derechos del hombre, considerados como un conjunto de prerrogativas del gobernado, de observancia jurídicamente obligatoria e imperativa para los gobernantes, sino ni siquiera de potestades o facultades de hecho de que pudiera gozar el individuo dentro de su comunidad.

En los regímenes patriarcales, la autoridad de los jefes era absoluta, sin que tuviera límites jurídicos. Los jefes de la tribu, gozaban de total respeto por parte los subalternos, sobre los cuales incluso tenía derechos de vida o muerte. Se observaba la existencia de la esclavitud, lo cual presupone una negación a los derechos del hombre o garantías individuales. La sanción a la rebeldía contra los mandatos supremos e inapelables de los jefes, consistía en el destierro de la comunidad, por tanto es tan importante la consumación de estas garantías a través del tiempo para lograr la perfección del estado para reglamentar, estipular y cuidar a los individuos tanto en aspectos interpersonales como en los aspectos individuo vs estado.

1. LA SEGURIDAD JURIDICA EN EL SISTEMA MEXICANO.

Para poder hablar de la seguridad jurídica en nuestro país es importante remontarnos tiempo atrás para saber cómo un sistema que era basado en que no existían todas esas garantías individuales que la seguridad jurídica protege se fue dando poco a poco para el mejor funcionamiento de la sociedad por ejemplo el siguiente autor nos refiere:

El régimen jurídico político de la Nueva España experimentó un cambio radical con la expedición de la Constitución de Cádiz de 1812, en virtud de la cual España deja de ser un Estado absolutista para convertirse en una monarquía constitucional; al rey se le despoja del carácter de soberano ungido por la voluntad divina, para considerarlo como un mero depositario del poder estatal cuyo titular es el pueblo, reduciendo su potestad gubernativa a las funciones administrativas, y diferenciando éstas de las legislativas y jurisdiccionales, que se confiaron a las cortes y tribunales, respectivamente.

De esta manera como no lo interpreta el autor anterior en tiempos remostos la seguridad jurídica no la proporcionaba el estado ya que el mismo estado violentaba las garantías individuales que ahora tenemos y fue gracias a las primeras constituciones que implemento el estado como se fueron otorgando con el paso del tiempo estas garantías y el estado fue poco a poco protegiendo más a los individuos en México.

El diccionario de la real academia de la lengua nos dice que: La palabra "seguridad" deriva del latín securitas-atis, que significa "cualidad de seguro" o "certeza", así como "cualidad del ordenamiento jurídico, que implica la certeza de sus normas y, consiguientemente, la previsibilidad de su aplicación".

En este otro significado nos vuelve a referir que es esa calidad, protección certeza que gozan los individuos en el estado otorgando esas garantías que protegen a los individuos en la sociedad.

La última de las acepciones señaladas es la conveniente para conceptuar a la seguridad jurídica. Así, la seguridad jurídica. es la certeza que debe tener el gobernado de que su persona, sus papeles, su familia, sus posesiones o sus derechos serán respetados por la autoridad; si ésta debe afectarlos, deberá ajustarse a los procedimientos previamente establecidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y las leyes secundarias.

La seguridad jurídica parte de un principio de certeza en cuanto a la aplicación de disposiciones constitucionales y legales que, a un tiempo, definen la forma en que las autoridades del estado han de actuar y que la aplicación del orden jurídico a los gobernados será eficaz, la existencia de esta seguridad no sólo implica un deber para las autoridades del estado, éstas deben abstenerse de vulnerar los derechos de los gobernados, éstos no deben olvidar que también se encuentran sujetos a lo dispuesto por la Constitución Federal y las leyes, es decir, que pueden y deben ejercer su libertad con la idea de que podría restringirse en beneficio del orden social.

Como podemos darnos cuenta todos estos autores concuerdan o llegan al mismo punto de partida de lo que la seguridad jurídica significa o representa en el estado mexicano así como en todos los que quieren proteger a los gobernados ante los gobernantes otorgándoles todos los derecho que tienen avalados y establecidos por nuestra suprema ley que es la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Las garantías de seguridad jurídica son derechos públicos subjetivos en favor de los gobernados, que pueden oponerse a los órganos estatales para exigirles que se sujeten a un conjunto de requisitos previos a la emisión de actos que pudieran afectar la esfera jurídica de los individuos, para que éstos no caigan en la indefensión o la incertidumbre jurídica, lo que hace posible la pervivencia de condiciones de igualdad y libertad para todos los sujetos de derechos y obligaciones. Conviene explicar

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