Gestión pública
skirlan1319 de Mayo de 2011
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INTRODUCCION
La rendición de cuentas actualmente es un termino utilizado, por toda la ciudadanía o el "pueblo"; de pedir cuentas a sus gobernantes representativos, en todas la jerarquías existentes, para esto como ciudadanos tenemos que estar enterados e informados sobre como se puede llevar a cabo este derecho que por ley tenemos desde hace mucho tiempo.
Cuando se habla de aquello que pertenece a todos, que se sale de los círculos de lo privado y lo íntimo, se está haciendo referencia a lo público. La cosa pública puede ser entendida como el espacio de interacción, interlocución e información en donde se desarrollan las relaciones más trascendentes entre la ciudadanía y el Estado.
El hecho que la sociedad haya delegado la responsabilidad de la administración de la cosa
pública en el Estado, no quiere decir que la ciudadanía deba desentenderse del manejo de
los recursos públicos; por el contrario, la supervisión, fiscalización, seguimiento y evaluación sobre los bienes públicos es tanto derecho como deber de la ciudadanía. Es en este punto donde tienen cabida mecanismos de intercambio de información para facilitar la vigilancia y supervisión por parte de los ciudadanos hacia la cosa pública, como lo es la rendición de cuentas a través de audiencias públicas.
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I. TRANSPARENCIA EN LA RENDICION DE CUENTAS
La rendición de cuentas en la trasnaparencia son dos componentes esenciales en los que se fundamente un gobierno democrático, por medio de la rendición de cuentas y la transparencia abre la información al escrutinio publico para que aquellos interesados puedan revisar, analizar y poder utilizarla como mecanismo para sancionar.
Un gobierno democrático debe rendir cuentas para reportar o explicar las acciones y debe transparentarse para mostrar su funcionamiento y someterse a la evaluación de los cuidadnos el acceso a la información ayuda a reforzar lo que es la rendición de cuentas ya que facilcita una mejor dirección y tener una mayor calidad de democracia.
Para Luis Carlos Ugalde la rendición de cuentas la define como la obligación permanente de los mandatarios o agentes para informar a sus mandantes de los actos que lleven acabo como resultado de una autoridad que se realiza mediante un contacto formal o informal y que implica sanciones en caso de incumplimiento.#
Para Andreas Schedler considera que la rendición de cuentas, traducción parcial del concepto acountability, tiene como sentido que los servidores públicos informen sobre sus decisiones y sean en su caso, sancionados, para el autor los pilares de la rendición de cuentas son la información, la justificación y la sanción y el segundo consiste en la obligación de los servidores públicos de explicar y justificar sus actos#
En su conjunto la transparencia y la rendición de cuentas son un elemento sustancial del Estado constitucional de derecho. En primer lugar la instauración la transición democrática y su consecuente transición jurídica, son elementos nuevos para ver una forma nueva del derecho, en segundo lugar generan expectativas de los actores políticos y jurídicos
las autoridades tienen la obligación de informar a los ciudadanos y en tercer porque los principios contenidos en la Constitución no pueden hacerse valer si no existe una justificación de los actos de las autoridades y la sanción por el incumplimiento de los
mencionados principios.
II. EL CONCEPTO DE DEMOCRACIA Y LA RENDICION DE CUENTAS
Cabe señalar que la democracia y la rendición de cuentas son un binomio indisoluble, en el plano conceptual, Norberto Bobbio en su obra clásica: "el futuro de la democracia"
Establecía como definición de democracia el Conjunto de reglas que establecen quien esta autorizado para tomar decisiones colectivas y bajo que procedimiento.
Ferrajoli por su parte conceptualiza dos esquemas de democracia, el primero la democracia formal corresponde al modelo procedimental de Bobbio y el segundo la democracia sustancial que corresponde al interrogante de que se puede decir o no, en este entorno la transparencia se asume como un derecho fundamental que todos los seres humanos tenemos derecho a contar con instituciones de gobierno responsable y transparentes, axial como el de aspirar a pertenecer a estas.
III. VINCULOS FACTICOS DE LA DEMOCRACIA Y LA RENDICION DE CUENTAS
Ferrajoli desarrolla la triple crisis del derecho contemporáneo, la crisis de la legitimidad ¿Qué hacer para evitar la crisis de la legitimidad? Se debe plantear de diferentes formas, por un lado se requiere de un diseño institucional adecuado de los órganos del Estado encargados de la trasparencia y la rendición de cuentas, por el otro la publicidad se constituye en un medio de control de la burocracia tanto para el escrutinio publico como el acceso a la información.
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La democracia es el ejercicio del poder público en público. Sólo los regímenes autoritarios o totalitarios son opacos. Las decisiones se toman a espaldas de la ciudadanía, sin la participación de sectores sociales. Este esquema es erróneo, ya que la responsabilidad pública exige un escrutinio público. Si los individuos han decidido, por su propia voluntad, incursionar en el campo de la actividad pública, se encuentran sujetos a su revisión. Esta afirmación puede matizarse en el ámbito de su vida privada: sólo es objeto de escrutinio público la vida privada de los funcionarios, cuando se encuentra ligada a actividades de repercusión pública o cuando es incompatible con su función.
La transparencia es importante en el ámbito tributario. Contar con información sobre el gasto público no garantiza por sí mismo el respeto de los ciudadanos a las instituciones y su consentimiento para aportar recursos al erario. El ciudadano que aporta sus impuestos debe confiar en que las instituciones gubernamentales darán buen uso a sus recursos y que le serán devueltos con servicios proporcionales. Para ello, es importante que los ciudadanos tengan la certeza que cualquier desviación de las autoridades será sancionada.
-La responsabilidad de los servidores públicos
En un régimen autocrático no existe responsabilidad. El autócrata se encuentra por encima de las normas jurídicas y opera de conformidad con la coyuntura. No existe demanda de los ciudadanos, al carecer éstos de los mecanismos institucionales adecuados para ejercer sus derechos y, en cambio, sí existe oferta y rapidez de respuesta por parte del régimen.
La rendición de cuentas públicas se erige como espina dorsal de la democracia política, al grado en que puede establecerse de manera determinante que si las instituciones políticas no son capaces de llamar a cuentas a los gobernantes, lo que prevalece es un régimen autoritario. Precisamente, lo contrario de la rendición de cuentas es la impunidad gubernamental.#
La rendición de cuentas debe enfocarse a dos contextos: su extensión y su intensidad. En el primero de los supuestos, un sistema será más democrático en la medida en que extienda
los límites legales a una mayor cantidad de actores públicos. En el segundo, se trata de que se controle y corrija cualquier exceso de los servidores públicos sin importar la preponderancia del funcionario, su nivel en la política o su relación con grupos de interés.
-La no violencia
En una democracia, por el contrario, la constante es la capacidad de llamar a cuentas en forma pacífica a los gobernantes. Por un lado, en virtud de que la no violencia es uno de los valores de la democracia, en términos de Bobbio: la posibilidad de cambiar a los gobernantes sin derramamiento de sangre. Idéntica posición encontramos en Popper, para quien la democracia es un modelo para deshacerse de malos gobiernos sin violencia. Para Crespo la no violencia es una de las ventajas operativas de la democracia. Por el otro, se trata de privilegiar al ciudadano por encima de la posición del gobernante. Es la búsqueda de la transparencia por encima de la opacidad.
-El papel del derecho en la transición jurídica
Hans Kelsen incorporó como elemento fundamental del sistema jurídico su colectividad. Esto es, la posibilidad de que el Estado ejerciera el monopolio de la fuerza para hacer cumplir sus determinaciones. Esa posibilidad es lo que distancia al derecho de otros ordenamientos normativos como la moral o los convencionalismos sociales. En ese orden de ideas, las normas jurídicas deben encontrarse provistas de una sanción. Este esquema se ha desarrollado. Al dividir el ordenamiento jurídico en reglas y principios, fue claro que las primeras mantenían la estructura normativa kelseniana, a diferencia de los segundos, que carecen de supuesto de hecho y de sanción exacta. El debate en torno al surgimiento de los principios nos ha demostrado que las consecuencias por la vulneración de principios los ilícitos atípicos no necesariamente tienen una sola sanción, sino que la sanción puede ser de distintos tipos.
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-Alternancia política y eficacia
La alternancia genera nuevos mecanismos de rendición de cuentas, y éstos a su vez, al mostrar a la sociedad los errores de los partidos políticos, se traducen en nuevos cambios de partido en el gobierno. Alternancia
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