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HOMICIDIOS DERECHO PRIMER AÑO - A (DIURNO)

Marcela96Documentos de Investigación1 de Abril de 2016

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“HOMICIDIOS”

DERECHO PRIMER  AÑO - A (DIURNO)

INTRODUCCION

El tema de los homicidios, un tema preocupante, ya que siempre han estado en la historia de la sociedad y han cambiado de modalidad, o forma a medida que esta lo va haciendo.

En el contexto actual resulta importante hablar también de las sanciones que se le imponen a quienes incurren en este acto tomado por el derecho como anti jurídico pues es considerado socialmente como un retroceso a la evolución de la humanidad.

HOMICIDIOS, LA MUERTE EN MANOS DEL PROJIMO.

- SELECCIÓN Y DELIMITACIONES DEL TEMA.

*UBICACIÓN GEOGRÁFICA:La investigaciónestarádirigida a los casos de homicidio que han tenido lugar en la ciudad de Cali, la manera en que ha venido aumentando o disminuyendo según las estadísticas y los factores que facilitan el desempeño de esta práctica anti social.

*UBICACIÓN JURÍDICA: La investigación estará basada en las siguientes normas colombianas:

Constitución política de Colombia de 1991.

  • TITULO II, CAPITULO I, ART. 103: Explica que el derecho a la vida es inviolable.

Código penal colombiano.

  • LIBRO II, TITULO I, CAPITULO II, ART.103: Homicidio. El que matare a otro, incurrirá en prisión de trece (13) a veinticinco (25) años.
  • LIBRO II, TITULO I, CAPITULO II, ART. 104: En el cual se plantan unas circunstancias de agravación y la pena podrá ser extendida de veinticinco (25) a cuarenta (40) años de prisión.
  • LIBRO II, TITULO I, CAPITULO II, ART.105: Homicidio preterintencional. El que preterintencionalmente matare a otro, incurrirá en la pena imponible de acuerdo con los dos artículos anteriores disminuida de una tercera parte a la mitad.
  • LIBRO II, TITULO I, CAPITULO II, ART.106: Homicidio por piedad. El que matare a otro por piedad, para poner fin a intensos sufrimientos provenientes de lesión corporal o enfermedad grave e incurable, incurrirá en prisión de uno (1) a tres (3) años.
  • LIBRO II, TITULO I, CAPITULO II, ART.109: Homicidio culposo. El que por culpa matare a otro, incurrirá en prisión de dos (2) a seis (6) años y multa de veinte (20) a cien (100) salarios mínimos legales mensuales vigentes.

Cuando la conducta culposa sea cometida utilizando medios motorizados o arma de fuego, se impondrá igualmente la privación del derecho a conducir vehículos automotores y motocicletas y la de privación del derecho a la tenencia y porte de arma, respectivamente, de tres (3) a cinco (5) años.

*UBICACIÓN JURISPRUDENCIAL: Tanto el derecho nacional como el derecho internacional afirman que la protección de los derechos humanos le corresponde al Estado. La constitución colombiana y los tratados internacionales  de derechos humanos señalan dicha responsabilidad. Estas obligaciones son de diferente índole. Por una parte, al Estado le corresponde no vulnerar ni menoscabar atributos inviolables de la persona, y por otra parte, el Estado debe ser capaz de asegurar el libre y pleno ejercicio de todos los individuos sujetos a su jurisdicción. En decir que  al Estado le compete abstenerse de realizar  cualquier acto que constituya una violación del derecho, impedir la violación del derecho por parte de otras personas, y proporcionar los recursos y servicios necesarios para que las personas puedan gozar de sus derechos. Los deberes de respeto y garantía no sólo son atribuidos por acción u omisión de cualquier funcionario del Estado en ejercicio de sus funciones, sino que particulares que actúen con el apoyo o tolerancia de cualquier autoridad pública comprometen su responsabilidad y su autonomía. Por lo cual es el Estado el responsable por lo que hace o deja de hacer y por tal motivo la falta de prevención en las violaciones de derechos humanos, una inadecuada investigación judicial, la falta de sanción a los responsables o la ausencia de reparación, también comprometen su responsabilidad. Los anteriores criterios se encuentran desarrollados por abundante doctrina y jurisprudencia internacional.  Con lo anterior se busca  incluir la fundamentación jurídica, sustantiva y procesal, nacional  necesaria y suficiente para llevar adelante dicha iniciativa de investigación y penalización a las faltas y factores que implican la realización de homicidio.

* UBICACIÓN TEMPORAL:El homicidio ha sido considerado como el más grave de los crímenes violentos. Algunos estudios han sido desarrollados con el fin de explicar la relación entre las tasas de homicidio y sus causas principales, documentos especializados en esta materia sugieren que la tasa de homicidio en Colombia ha sido una de las más altas en América Latina como consecuencia del impacto del tráfico de drogas, las organizaciones criminales que delinquen en el territorio y del ciclo de violencia que ha caracterizado la historia colombiana.

Durante el periodo 2000-2002 se registra un incremento en el homicidio en el país hasta alcanzar una tasa de 66 hechos por 100.000 habitantes pero con la aplicación de la Política de seguridad y defensa democrática se observa un cambio, una disminución de este delito ya que pasa de una tasa de 66 por 100.000 habitantes en 2002 a una de 38 en 2006, lo que implica una reducción del 39% en este periodo.

En 2013 se mantiene la tendencia al descenso de este delito, registrando la tasa más baja en más de una década: así, de 52,4 casos por cada 100.000 habitantes en 2003, bajó en 2013 a 30,3 casos por 100.000 habitantes. Más tarde en el 2014 se presentan disminuciones de gran magnitud, 2.132 muertes violentas menos que en 2013.

-PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA: ¿El homicidio  en Cali se puede considerar como un acto de conducta social  irreprochable o es una frontera imprecisa que no distigue la obstinación psicológica de la realidad?

- HIPOTESIS DE LA INVESTIGACION:

* El individuo que comete un acto delictivo de tal magnitud como el homicidio, es considerado con un antisocial por el hecho de interrumpir de manera violenta y repentina la vida ajena, por lo cual se considera que la acción deldelincuente es producto de la inequidad social que alcanza a las clases menos favorecidas.

* El homicidio es un acto realizado por seres humanos a los cuales se les atribuyen problemas psíquicos que siguen la línea de posibles abusos los cuales el homicida debió afrontar en algún tiempo determinado, a consecuencia de esto el homicida actúa bajo la condición de resentido social.

* El homicida  puede ser una persona sin ningún problema psicológico o social, pero de manera repentina este presenció un episodio, que desencadenó en el una necesidad de causar daño a otro para lograr satisfacer su  bienestar. (Hedonista no identificado)

- OBJETIVO GENERAL:

Dar a conocer los factores sociales y psicológicos por los cuales incrementa el número de homicidios y a partir de ellos realizar un diagnóstico con la finalidad de testear estrategias eficaces de intervención mediante proyectos por medio de la metodología de convivencia y las leyes actuales que mitiguen y regulen de manera consecutiva este flagelo social.

- OBJETIVOS ESPECIFICOS:

*Entender ampliamente el concepto de Homicidio; como es considerado por el derecho y la sociedad.

*Aprender a diferenciar el concepto de homicidio del asesinato que frente al derecho son dos nociones de muerte completamente diferentes.

*Entender los tipos de homicidio: Doloso, culposo, preterintencional; en qué se diferencia y que trato jurídico o implicación tiene cada uno.

*Conocer los antecedentes del que ha tenido el homicidio en Colombia y los factores que lo facilitaron.

*Empezar a manejar el tema de las penas o las consecuencias jurídicas plasmadas en el código penal.

*Poner en contexto las estadísticas de los homicidios en Cali e identificar si han aumentado, disminuido o permanecen igual.

- MARCO TEORICO:

*DRACON: Legislador ateniense que estableció un código en el siglo VII en el cual por primera vez se penaba el homicidio.

*FRANCISCO CARRARA: Jurisconsulto y profesor italiano que definía el homicidio como la destrucción del hombre injustamente cometida por otro hombre.

*GIOVANNI CARMIGNANI: Jurisconsulto y profesor italiano que definía el homicidio como la muerte de un hombre ocasionada por el comportamiento ilícito de otro hombre.

- MARCO JURIDICO:

Normas de derecho comparado:

ESPAÑA: El homicidio, para el Código Penal español vigente del año 1995, es un delito que atenta contra el bien jurídico vida humana independiente. Se encuentra regulado en el artículo 138: "El que matare a otro será castigado, como reo de homicidio, con la pena de prisión de diez a quince años". Hay que aclarar que la figura proferida en este artículo es eminentemente dolosa; no se encuentra recogido el homicidio preterintencional; en el Derecho penal español el castigo se fundamenta en la violación del bien jurídico y no se castiga el hecho de matar a una persona u otra.

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