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IMPACTO DEL IDE A LOS CONTRIBUYENTES


Enviado por   •  3 de Febrero de 2014  •  4.350 Palabras (18 Páginas)  •  341 Visitas

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IMPACTO DEL IMPUESTO A LOS DEPOSITOS EN EFECTIVO EN LOS CONTRIBUYENTES

INTRODUCCIÓN

La presente investigación se enfoca al Impacto del Impuesto a los Depósitos en Efectivo en los contribuyentes conocido por sus siglas como IDE, que es un impuesto que grava al 3 por ciento a los depósitos en efectivo, ya sea por uno o más depósitos bancarios cuyo monto en el mes exceda la cantidad de 15,000.00 pesos.

La característica principal de este gravamen, es combatir el comercio informal, fiscalizando por medio del Sistema Financiero, gravando, en términos generales, los depósitos en efectivo que realicen las personas Físicas y Morales, siempre que estos no superen en el mes a la suma antes indicada.

Este impuesto ha traído una carga financiera y administrativa más que fiscal, ocasionado un problema de flujo de efectivo, lo que provoca un gran problema para las empresas en su manera de liquidar sus compromisos y hacer frente a sus obligaciones fiscales.

Sin precisar el número de contribuyentes que se enfrentan a esta situación, se confirma que los afectados son muchos y que tienen un fuerte impacto en su economía, aunque la autoridad fiscal y el gobierno niegue que el IDE haya impactado profundamente en la economía de los contribuyentes y de nuestro país, puesto que el 98% de la PIB está conformado por las MiPyMES

Los contribuyentes, son aquellas persona físicas o morales que están obligados a pagar impuestos por realizar actividades productivas y estos a su vez sirvan para contribuir con el gasto público.

La investigación de esta problemática se realizo con el interés de dar a conocer como el Impuesto a los Depósitos en efectivo ha venido afectando a las empresas, bajando a un mas los margen de utilidad por lo que las empresas no tienen liquidez, ni solvencia suficiente para invertir y así poder crecer para llegar ser una empresa competitiva.

Los contribuyentes más afectados son aquellos que realizan sus ventas al público en general como los son los súper mercados, farmacias, autoservicio, etc. Ya que todo lo recibe en efectivo y para que estos puedan deducir sus compras tienen que ser depositarlas al banco y así tener recursos suficientes y poder realizar los pagos a los proveedores por medio de transferencia electrónica de fondos y cheques.

ANTECEDENTES

La Ley del Impuesto a los Depósitos en Efectivo fue aprobada por el Congreso de la Unión, como parte del paquete de Reforma Fiscal propuesto por el Ejecutivo encabezado por el presidente Felipe Calderón.

El 1º. De octubre de 2007, la Secretaria de Hacienda y crédito público (SHCP) dio a conocer en el Diario Oficial de la Federación, la nueva LEY DEL Impuesto a los Depósitos en Efectivo, (LIDE) iniciando su vigencia el 1º. De julio de 2008, por disposición en su Articulo Primero Transitorio.

Su finalidad, es combatir la informalidad en el comercio, fiscalizando por medio del Sistema Financiero, gravando, en términos generales, los depósitos en efectivo que realicen las personas Físicas y Morales.

El 1° de noviembre del 2009 se realizó un cambio a la ley reduciendo de los depósitos en efectivo de $25.000 a $15.000 y aumentando la tasa del 2 al 3%, al excedente en el mes.

Por ello, a partir del 1° de enero de 2010 se obliga al pago del impuesto mencionado a las personas físicas y morales (empresas) que realicen depósitos en efectivo mayores a $15.000 pesos mensuales, considerando todos los depósitos que se realicen en todas las cuentas de las que el cliente sea titular en una misma institución del sistema financiero y también de 3% cada vez que se adquieren cheques de caja en efectivo sin importar el monto de acuerdo al artículo 2 fracción III de la Ley de Impuestos a los Depósitos en Efectivo.

El IDE se recaudara el último día del mes de que se trate, a menos de que se trate de depósitos en efectivo a plazo en cuyo caso se recaudara cuando se realicen los depósitos. Las instituciones de crédito podrán recaudar el IDE hasta el día hábil siguiente a la fecha de corte, de la cuenta en la que se hayan efectuado depósitos o a falta de fondos en cualquiera que tenga abiertas el contribuyente en la institución.

En el artículo 1º de la Ley de Impuestos a los Depósitos en Efectivo nos dice que las personas físicas y morales están obligadas al pago del impuesto establecido en esta ley respecto de todos los depósitos en efectivo, en moneda nacional o extranjera, que se realicen en cualquier tipo de cuenta que tengan a su nombre en las instituciones del sistema financiero.

El impuesto se recauda por las instituciones del sistema financiero (bancos, casas de bolsa, sociedades de inversión, entre otras) en las cuentas que se tengan abiertas de los contribuyentes, estas tienen la obligación de entregar una constancia por las retenciones hechas.

Cuando no existan los fondos suficientes para hacer la recaudación del impuesto, las instituciones financieras harán la recaudación en el momento en que se realice algún depósito durante el año, conforme al artículo 4 fracción I de la Ley a los Depósitos en Efectivo.

No se consideran depósitos en efectivo y por tanto no pagan este impuesto, (no son objeto de esta ley) los abonos que se efectúen mediante:

a). Transferencia electrónica de fondos

b). Traspasos entre cuentas propias

C. Títulos de crédito como son los cheques y otro documento o sistema pactado con el sistema financiero conforme a la Ley, aun cuando sean a cargo de la misma institución que los reciba.

Por estos conceptos no se paga este impuesto o bien cuando la suma de los depósitos en efectivo durante el mes sea menor de 15,000 pesos.

En el artículo 2 de la Ley de Impuesto a los Depósitos en Efectivo establece que no son sujetos al pago del impuesto y ellas son:

• Las dependencias de gobierno de la administración pública paraestatal, la federación, entidades federativas y municipios

• Las personas Morales con fines no lucrativos con forme al titulo III de la LISR.

• Las instituciones del sistema financiero por los depósitos que reciben en cuentas propias con motivo de su intermediación financiera o de compraventa de moneda extranjera, salvo los que se realicen en las cuentas a las que se refiere el artículo 11 de esta Ley.

DESAROLLO

Con la aprobación de este nuevo gravamen fiscal, el trabajo contable de las empresas ha venido aumentando y es todavía

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