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INFORME ACADEMICO SOBRE EL DIVORCIO


Enviado por   •  11 de Octubre de 2020  •  Prácticas o problemas  •  1.048 Palabras (5 Páginas)  •  130 Visitas

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“AÑO DE LA UNIVERSALIZACIÓN DE LA SALUD”[pic 1]

INFORME ACADEMICO SOBRE EL DIVORCIO

DOCENTE:

                         Mg. Redner Pinchi

ALUMNO:

                         Maxiel Montoya Soto

CURSO:

                          Competencias Comunicativa

                   

CICLO:

                  I

-2020-

                     


INTRODUCCION

El siguiente informe será sobre el divorcio, el cual es una situación que viene en aumento en nuestro y con ello trae una serie de consecuencias las cuales analizaremos en este informe así mismo daremos un punto de vista el cual será producto de nuestra investigación

Para muchos expertos consideran al divorcio una acción legal necesaria y en la cual es mejor una disolución del matrimonia a vivir en conflicto, pero a otros expertos, lo consideran como un acto de disolución que se debería evitar por las consecuencias emocionales y económicas que este trae

Pues en un matrimonio con hijos estos son afectados emocionalmente por lo que se deberá brindar un tratamiento psicológico, por otro lado, muchos de los hijos deberán sobrellevar un hogar con una ruptura de su hogar en conflicto por lo que la ayuda psicológica tiene que ser más especializada.


EL DIVORCIO

CONCEPTO:

El divorcio es la disolución o ruptura del matrimonio, en un sentido amplio, se refiere al proceso, que tiene como intención dar término a una unión conyugal o disolución del vínculo respectivo.

CAUSAS:

Las causas que llevan a que los conyugues terminen su matrimonio son muchos, pues las causas o motivos para realizar este proceso legal son números por cual mencionaremos los hechos más comunes.

PSICOLOGICOS: estos son por falta de incompatibilidad de caracteres las que llevan a los conyugues muchos problemas y peleas constantes.

ECONOMICAS: Los motivos económicos son una fuente común de divorcios pues la baja economía genera constantes peleas entre los conyugues:

INFIDELIDAD: Esto es muy común en los matrimonios disueltos y es cuando un miembro de los conyugues engaña a su pareja con otra persona

DATOS LEGALES

  • La causa debe surgir durante el matrimonio: Uno de los hechos cometidos por los esposos sólo puede ser considerado como causas del divorcio, si estos han surgido durante el matrimonio. Los sucesos ocurridos antes del matrimonio no pueden ser retenidos como causas del divorcio.
  • La causa debe ser provocada por el cónyuge demandado: La Jurisprudencia exige que en toda demanda en divorcio por causa determinada, es preciso que los hechos en que se basa emanen del cónyuge al cual le son imputados. Ha sido juzgado que el esposo demandante no puede invocar los hechos provocados por él y los cuales son los generadores de las desavenencias, sin violar el principio de que "nadie puede prevalecer en justicia de su propia falta".
  • La reciprocidad de faltas en los esposos no sirven de excusas: Las faltas a las obligaciones que impone el matrimonio que un esposo pueda cometer, no excusan las que a su vez haya cometido el otro cónyuge, en razón de que la Ley 1603-Bis, sobre Divorcio, no ha eregido la falta recíproca en un medio de admisión con la demanda. Es decir que las injurias del marido no excusan la de su mujer. Sin embargo a sido juzgado que cuando la mujer ha injuriado a su marido por causa del adulterio cometido por este, ello justifica su actuación y esos hechos no pueden ser invocados como causa de divorcio por el marido. Y que cuando la causa de divorcio tiene su origen en un acto ilícito, deshonroso e inmoral imputable a uno de los esposos, el culpable no podrá "invocar la existencia de dicha causa de divorcio".

TIPOS DE DIVORCIO EN EL PERU

 Judicial. – Conforme lo prescribe el Art.319 del Código Civil, modificado por la Ley N.27495 de 06 de junio del 2001, que señala que la sociedad de gananciales fenece desde el momento en que se produce la separación de hecho. Respecto a terceros, el régimen de sociedad de gananciales se considera fenecido en la fecha de la inscripción correspondiente en el registro personal. Se considera como una de las causales la separación de hecho de los cónyuges durante un período ininterrumpidos de dos años. Dicho plazo será de cuatro años si los cónyuges tuviesen hijos menores de edad.

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