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Juicio para la protección de los derechos político electorales de los ciudadanos


Enviado por   •  9 de Diciembre de 2019  •  Tareas  •  946 Palabras (4 Páginas)  •  186 Visitas

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C. PRESIDENTE DE LA H. SALA REGIONAL COMPETENTE

P R E S E N T E. -

LORENIA BEATRIZ CANAVATI VON BORSTEL, mexicana, mayor de edad, ciudadana con sus derechos políticos electorales vigentes, señalando domicilio para oír y recibir notificaciones en la Calle Río Orinoco, número 165-ciento sesenta y cinco, en la colonia Jardines Del Valle, en el municipio de San Pedro Garza García, Nuevo León, ante Ustedes comparezco a exponer:

Que con fundamento en los artículos 9 y 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los artículos 4, 5, 6, 7, 36, 41, 175 y 175 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, los artículos 79, 80, 81, 82, 83, 84 y 85 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral; ocurro para promover el JUICIO PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS POLÍTICOS ELECTORALES DEL CIUDADANO, en los términos siguientes:

I.-ACTO O RESOLUCION IMPUGNADA.- Las regidurías del Ayuntamiento del municipio de San Pedro Garza García, en el estado de Nuevo León.

II.- AUTORIDADES RESPONSABLES.- El Congreso del Estado de Nuevo León, con domicilio en su respectivo recinto oficial, de la Comisión Municipal, con domicilio en su recinto oficial, del Tribunal Electoral del Estado de Nuevo León, con domicilio en su recinto oficial.

III.- PRECEPTOS DE LEY VIOLADOS.- Articulo 1, párrafo primero, segundo y tercero, Articulo 35 fracción I, Artículo 36 fracción III, Artículo 41 párrafo segundo, base VI, párrafo primero todos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Asi como, Artículo 2, 25 de la Convención Americana de Derechos Humanos; y los artículos 79 y 80 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral.”

IV.-H E C H O S:

A) El 7-siete De Junio del 2019-dos mil diecinueve, se llevaron a cabo las elecciones para renovar a los integrantes del Ayuntamiento de San Pedro Garza García, Nuevo León.

B) En sesión iniciada el 10-diez de Junio y terminada el 12-doce de Junio, la Comisión Municipal declaró la validez de la elección para la renovación del referido cabildo y dio constancia de mayoría a la planilla postulada por el Partido Acción Nacional.

C) El 12-doce de Junio, la Comisión Municipal asignó las regidurías correspondientes por el principio de representación proporcional, otorgando dos lugares al PRI y dos al Partido Humanista.

D) Inconformes con la distribución de regidurías por el principio de representación proporcional, el 16-dieciséis de Junio los integrantes de la planilla de candidatos independientes promovieron el ya expuesto medio de impugnación ante la autoridad Responsable, quien el 9-nueve de Julio siguiente lo resolvió en el sentido de confirmar los actos impugnados.

V.-

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