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Justicia frente a La interrupción voluntaria del embarazo en Latinoamérica


Enviado por   •  8 de Enero de 2019  •  Ensayos  •  2.656 Palabras (11 Páginas)  •  114 Visitas

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Justicia frente a La interrupción voluntaria del embarazo en Latinoamérica

Antes de tratar el tema de Aborto primero considero idóneo iniciar con una gran interrogante, ¿Cuándo comienza la vida humana?

El momento preciso del inicio de la vida humana sigue siendo la gran incógnita para la ciencia, las religiones y el derecho. Para la ciencia hay pocas dudas acerca de que todos o la mayoría de los códigos de vida están inscriptos en esa primera célula llamada cigoto.

El cigoto es considerada la primera célula fecundada y es el resultado de la unión de las células sexuales masculina y femenina, a partir de la cual se desarrolla el embrión de un ser vivo -tras la fecundación del óvulo por el espermatozoide- de dos células. El consenso científico demostró en los últimos años que la existencia de un ser humano comienza tras la fecundación.

Médicamente se considera al feto humano como tal, ocho semanas después de la fertilización y hasta el nacimiento. Pero desde el punto de vista legal, el ARTÍCULO 17 del Código Civil Venezolano vigente, establece que “el feto se tendrá como nacido cuando se trata de su bien y para que sea reputado como persona, basta que haya nacido vivo”. De modo que en Venezuela el Código Civil establece que se considera como feto a todo ser humano concebido mientras no haya nacido. Se deduce entonces que el feto tiene derechos puros y condicionales.

Podemos referirnos al criterio del tratadista Villada, quien manifiesta: “Lo cierto, es que desde la concepción en el seno de la madre estamos en presencia de un ser humano; o sea, que se es tal antes del nacimiento y luego de éste al cabo de su completo desarrollo, solo hay un cambio de hábitat para esa misma vida humana, que existe como individuo en forma absolutamente distinta a la de la madre’’. Por lo tanto este considera que la vida empieza desde la concepción.

Entonces cuando nos referimos a El aborto  es la Interrupción voluntaria o involuntaria del embarazo antes de que el embrión o el feto estén en condiciones de vivir fuera del vientre materno. Y cuando me refiero a la interrupción voluntaria la madre debe tener la intención de producir la muerte del feto, es decir, debe existir voluntariedad de cometer el hecho lo que presupone el conocimiento previo de que hay una gestación en la mujer.

Indagué un poco sobre el Aborto en Latinoamérica y en que países este esta legalizado y en cuatro países de América Latina y el Caribe el aborto es legal y no tiene restricciones. Estos son Cuba, Guyana, Guyana francesa. Pero este solo es permitido en caso de violación, riesgos para la madre o si el feto desarrolló una malformación congénita del sistema nervioso. Esta práctica es legal dentro de las 12 primeras semanas de embarazo.

En Colombia es Ilegal con excepciones, en donde el aborto solo está permitido bajo tres causales: violación, deformación del feto o riesgo en la vida de la madre. Chile adoptó estas mismas excepciones a partir del 2017. Otros países que contemplan estas excepciones o solo algunas de ellas son Argentina, Brasil, Ecuador, Paraguay, Venezuela, República Dominicana, Honduras, Bolivia y Perú. El caso de México es una situación particular. Al ser un país federal cada uno de los estados tiene independencia para la implementación de algunas leyes. En todo el país solo está permitido en caso de violación, mientras que en Ciudad de México es legal. La Corte Suprema de Brasil se encuentra discutiendo sobre la despenalización del aborto hasta el tercer mes de gestación. En este país se penaliza con hasta tres años de prisión. Solo es permitido en caso de violación, riesgos para la madre o si el feto desarrolló una malformación congénita del sistema nervioso.

Tomando todo esta información en consideración, a continuación le hablare a más profundidad sobre el Aborto en Venezuela.

CRBV. ARTÍCULO 76 “La maternidad y la paternidad son protegidas integralmente, sea cual fuere el estado civil de la madre o del padre. Las parejas tienen derecho a decidir libre y responsablemente el número de hijos e hijas que deseen concebir y a disponer de la información y de los medios que les aseguren el ejercicio de este derecho. El Estado garantizará asistencia y protección integral a la maternidad, en general a partir del momento de la concepción, durante el embarazo, el parto y el puerperio, y asegurará servicios de planificación familiar integral basados en valores éticos y científicos.”

El Código Penal venezolano sanciona, en el título de los “delitos contra las personas”:

Artículo 430; el aborto provocado por un tercero con el consentimiento de la mujer, agravándose si tiene como resultado la muerte de la mujer                                                    Artículo 431; el aborto provocado por un tercero sin el consentimiento de la mujer o contra su voluntad, agravándose si tiene como resultado la muerte de la mujer                             Artículo 432; el aborto realizado por un profesional de la salud y tiene como resultado la muerte de la mujer, caso en el cual se agrava el delito                                           Artículo 433; y el aborto honoris causa, realizado por un tercero para salvaguardar su propia honra, la honra de la mujer con la cual tiene una relación de parentesco.

Sin embargo en Venezuela existe una excepción establecida en el artículo 433 del C.P el cual establece; Se permite el aborto realizado por un profesional de la salud sólo en el caso que sea el único medio para salvar la vida de la madre.  Es decir, El aborto en Venezuela es ilícito salvo en casos de amenaza a la vida o salud de la mujer.

Se podría decir que la mujer intenta interrumpir su embarazo de manera voluntaria en casos de Miedo, pocos recursos financieros, problemas de salud, presión familiar, escasez de métodos anticonceptivos o falta de educación sexual, por lo que me pareció interesante la cantidad de muertes que se producen por realizar esta práctica ilegalmente.

El aborto inseguro es una de las cuatro causas principales de muerte materna en el mundo. Unos 21,6 millones de mujeres experimentan abortos inseguros cada año, 18,5 millones en países en desarrollo. El 13% acaba en la muerte de la madre. 47.000 mujeres mueren cada año en el mundo en abortos inseguros.

Por lo que podría tomarse el aborto en consideración para reducir el saldo de muertes en Venezuela y Latinoamérica, debido a que mujeres en desesperación optan por formas que no son las correctas para provocarlas lo que podría causarles la muerte, sin embargo no en todos los casos, considero que en Venezuela debe ser ilegal pero con restricciones, en este caso que se pueda solicitar la interrupción del embarazo cuando este es producto de una violación ó deformación del feto.

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