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LA ACTIVIDAD FINANCIERA, LEGISLACIÓN Y NORMATIVIDAD FISCAL


Enviado por   •  28 de Marzo de 2021  •  Prácticas o problemas  •  1.072 Palabras (5 Páginas)  •  122 Visitas

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ALUMNO:

ADRIÁN SILVERIO HUERTA MARTÍNEZ[pic 1]

NÚMERO DE CUENTA:

19373050

MATERIA:

DERECHO FISCAL EMPRESARIAL

GRUPO:

LA6L

MAESTRO:

MARIA DEL PILAR ANGE HERNANDEZ MORENO

TEMA:

LA ACTIVIDAD FINANCIERA, LEGISLACIÓN Y NORMATIVIDAD FISCAL, PRINCIPIOS TRIBUTARIOS, CLASIFICACIÓN DE LAS CONTRIBUCIONES SEGÚN EL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN Y SUS ACCESORIOS Y USO DE MEDIOS ELECTRONICOS

FECHA DE ENTREGA:

26 DE JULIO DE 2020

Contenido

EJERCICIO 1 (FALSO Y VERDADERO)        3

EJERCICIO 2        4

EJERCICIO 3        5

EJERCICIO 4        6

EJERCICIO 5        7

BIBLIOGRAFÍA        11


EJERCICIO 1 (FALSO Y VERDADERO)

 

Pon una F si es falso y una V si es verdadero

PREGUNTAS

F

V

1.-La actividad financiera del Estado es: obtención, aplicación y resolución de ingresos

F

2.- El derecho Fiscal aplica  recursos fiscales

F

3.-El artículo 31 fracción IV es el fundamento para la imposición de contribuciones

V

4.-La Potestad tributaria es la facultad que tiene el Estado para exigir contribuciones

V

5.-Los órganos Legislativos para imponer contribuciones son 2

F

6.- El artículo 74 fracción IV  Constitucional trata de las facultades de la cámara de diputados para aprobar anualmente el presupuesto de egresos de la Federación

V

7.- El decreto Ley faculta al ejecutivo para emitir leyes en caso de situaciones graves para la nación

V

8.-El reglamento emana del poder legislativo

F

9.- Los tratados internacionales en torno  a la actividad tributaria  tienen como finalidad evitar la doble tributación

V

10.- El Decreto Delegado faculta al ejecutivo para emitir normas para un objeto definido y por tiempo limitado

V

11.- La Ley emana del poder ejecutivo

F

12.-La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos es la cúspide de las leyes

V

EJERCICIO 2

Analiza el artículo 5 Del C.F.F. ¿En qué casos se debe aplicar este artículo?

El artículo 5 del Código Fiscal de la Federación dice que las disposiciones fiscales que establezcan cargas a los particulares y las que señalan excepciones a las mismas, así como las que fijan las infracciones y sanciones, son de aplicación estricta. Se considera que establecen cargas a los particulares las normas que se refieren al sujeto, objeto, base, tasa o tarifa.

Las otras disposiciones fiscales se interpretarán aplicando cualquier método de interpretación jurídica. A falta de norma fiscal expresa, se aplicarán supletoriamente las disposiciones del derecho federal común cuando su aplicación no sea contraria a la naturaleza propia del derecho fiscal.

Si la autoridad fiscal detecta prácticas u operaciones del contribuyente que formalmente no actualicen el hecho imponible establecido en una norma tributaria y carezca de racionalidad de negocios, determinará la existencia del crédito fiscal correspondiente.

Si existen conceptos como ingresos o deducciones que se encuentran determinados dentro de la ley que se emplea y de la cual somos contribuyentes, ninguna norma podrá ir más allá de lo que expresa esa ley y sus artículos serán de aplicación precisa.

No obstante, en el párrafo siguiente del mismo artículo establece que al no haber en la ley de la cual se es contribuyente norma menciona se podrá aplicar en forma supletoria otra ley en sustitución de esa.

Ejemplo:

No se considerará ingreso los vales de alimentos o despensa que el patrón otorgue a su trabajador.

EJERCICIO 3

Las medidas tomadas por el presidente de la Republica en lo referente a la pandemia del coronavirus como es la suspensión de actividades de escuelas, centros de trabajo y toda actividad económica todo esto con el fin de evitar se propague la pandemia.

...

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