LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE CHIAPAS
AngelesaltuzarEnsayo27 de Febrero de 2022
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MAESTRÍA: ADMINISTRACIÓN Y POLÍTICAS PÚBLICAS
GRUPO: 1º CUATRIMESTRE
NOMBRE DEL ALUMNO:
NOMBRE DEL CATEDRÁTICO: DR. VÍCTOR MARCELO REYNA RUÍZ
ACTIVIDAD NÚMERO 3
ENSAYO: LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE CHIAPAS.
FECHA DE ELABORACIÓN: 01 DE OCTUBRE DE 2021
ÍNDICE:
Introducción…………………………………….……………………3
Marco Jurídico……………………………………………………….4
Atribuciones de las dependencias centralizadas………………..7
Desarrollo……………………………………………………….…….4
Conclusiones………………………………………………………..13
Referencias Bibliográficas………………………………………..15
INTRODUCCIÓN
En este ensayo hablaremos de la Administración Pública Estatal del Estado de Chiapas, la cual es regulada por la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Chiapas, así como las demás disposiciones legales aplicables. Es muy importante estudiar la forma en la que está organizada la Administración Pública de nuestro citado estado, ya que se conforma por organismos Centralizados, Descentralizados y Paraestatales, a su vez mencionare cuales son las atribuciones de cada una de las Dependencias del Ejecutivo del Estado de Chiapas, así como las leyes o decretos que las rigen.
En el presente ensayo, hablaremos sobre el marco jurídico que le compete a cada una de las dependencias de gobierno, también explicaremos cuáles son sus atribuciones y cual fue el fin por el que fueron creadas, analizando cada una de las funciones principales y la estructura orgánica de éstas.
Otro tema y para mí el más importante es analizar si éstas cumplen con el propósito por las que fueron creadas originalmente y si aportan un bien para la sociedad, así como saber si existe duplicidad de funciones en alguna de ellas.
De esta forma, se hace un listado de cada una de las dependencias que conforman la administración pública estatal centralizada del Estado de Chiapas, así como de las principales funciones qué atienden cada una de ellas.
MARCO JURÍDICO
La Administración Pública Estatal tiene su fundamento jurídico principalmente en tres Leyes:
- Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Chiapas,
- La Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Chiapas,
- Ley de Entidades Paraestatales del Estado de Chiapas.
La Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Chiapas señala que el Poder Ejecutivo, podrá tener tantas dependencias que las Leyes establezcan, así como los Acuerdos o Decretos que el mismo expida. En efecto, establece la forma de organización para dar cumplimiento a la normatividad, dividiéndola en Administración Centralizada y Administración Descentralizada.
Administración Centralizada: Es la forma de organización administrativa en la cual las unidades, órganos de la Administración Pública, se ordenan y acomodan articulándose bajo un orden jurídico, con el objeto de unificar decisiones, el mando, la acción y la ejecución.
Administración Descentralizada: Es una forma de organización que adopta la Administración Pública para desarrollar actividades que competen al estado. Que son de interés general en un momento dado, a través de organismos creados específicamente para ello, dotados de: Personalidad jurídica.
Imagen 1. Relación entre las Leyes que dan fundamento jurídico a la APE.
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Fuente: Elaboración propia a partir de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Chiapas, Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Chiapas y Ley de Entidades Paraestatales del Estado de Chiapas.
Ahora bien para la realización de este ensayo nos centraremos en el artículo 28 de La Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Chiapas en la que dice:
Artículo 28.- Para el despacho de los asuntos del orden administrativo, el Gobernador del Estado se auxiliará de las Dependencias siguientes:
- Secretaría General de Gobierno
- Secretaría de Hacienda
- Secretaría de la Honestidad y Función Pública
- Secretaría de Igualdad de Género
- Secretaría de Protección Civil
- Secretaría de Obras Públicas
- Secretaría de Medio Ambiente e Historia Natural
- Secretaría de Economía y del Trabajo
- Secretaría de Bienestar
- Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca
- Secretaría de Turismo
- Secretaría para el Desarrollo Sustentable de los Pueblos Indígenas
- Secretaría de Salud
- Secretaría de Educación
- Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana
- Secretaría de Movilidad y Transporte.
Imagen 2. Dependencias de la Administración Pública Centralizada y sus organismos desconcentrados por Sector.
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Fuente: Elaboración propia a partir de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Chiapas, Organigramas publicados en el Portal de Transparencia para cada Organismo Público y Decreto de Organización del Sector Público para la Planeación en el Estado de Chiapas.
Las atribuciones de estas dependencias centralizadas según el artículo 3ª del reglamento interior de cada una de ellas son las siguientes:
- Secretaría General de Gobierno
La Secretaría General de Gobierno tiene como objetivo apoyar, fortalecer y conducir las relaciones del Poder Ejecutivo con los Poderes Legislativo 2 y Judicial, con los Poderes de la Unión, con los ayuntamientos y con las administraciones publicas de las demás entidades federativas, así como atender y encargarse de los (sic) todos los aspectos relativos a la política interior del Estado, ejecutando acciones que garanticen la gobernalidad (sic), la paz social y el orden público; además de normar lo relacionado con la elaboración de los programas de trabajo en interés de la sociedad, vigilando el orden y la estabilidad públicas y el cabal respeto a los derechos humanos, además de coordinar e impulsar los objetivos contenidos en los Planes de Desarrollo del Estado.
- Secretaría de Hacienda
La Secretaría de Hacienda tiene como objeto formular, normar e implementar las políticas en materia hacendaria, de planeación, administración de los recursos humanos, recaudación, presupuestación, ejercicio del gasto público, inversión, contabilidad gubernamental, financiamiento y la deuda pública del Estado, con la finalidad de garantizar la aplicación de los recursos de forma eficiente.
- Secretaría de la Honestidad y Función Pública
La Secretaría de la Función Pública, tiene como objeto principal, todo lo relativo a la organización, coordinación y ejecución del sistema de evaluación gubernamental; inspeccionar supervisar, fiscalizar y evaluar el ejercicio del gasto público Estatal, con apego a las leyes, normas y procedimientos vigentes; verificar los trabajos de la supervisión externa en el proceso de ejecución de la obra pública; validar técnica, jurídica y administrativamente dictámenes de estructuras orgánicas de la Administración Pública Estatal, coordinar el desarrollo administrativo, de tecnologías de la información, sistemas y comunicaciones; coordinar la integración de los programas tecnológicos institucionales, inherentes al monitoreo y seguimiento de las solicitudes formuladas a través de dispositivos móviles de comunicación; capacitación de los servidores públicos del Poder Ejecutivo del Estado; evaluar la gestión de las Dependencias y Entidades en las diferentes regiones del Estado; recibir y tramitar las acciones que correspondan a las quejas, denuncias y en general, cualquier solicitud que en relación al ejercicio de la función pública haga la ciudadanía, respecto a las acciones, programas y proyectos gubernamentales; conocer asuntos relacionados con la materia de situación patrimonial, contratistas y responsabilidades de los servidores públicos.
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