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Jurisdiccion Laboral

valeesanchez10 de Septiembre de 2012

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Introducción.

El presente trabajo que realizarán las alumnas del 4 año C de la especialidad de Secretariado, tienen como objetivo dar a conocer de forma clara y precisa lo que es y a que se refiere la jurisdicción laboral. Para la cual investigamos en el nuevo código del trabajo, el cual está separado por libros y el 5to se encuentra el tema a tratar.

El libro 5to está dividido en 3 títulos, el primero se divide en dos capítulos, el segundo y el tercero no cuentan con estos.

Este nos mostrará que cada región debe tener uno o dos juzgados de letras, los cuales sirven para mediar los conflictos entre el empleador y el trabajador.

Luego se hablará del segundo título, el cual se deben cumplir las normas con respecto a las multas, y por último se tratará de las multas que cancelan los empresarios en sus respectivas empresas, al momento de comentar alguna infracción o alteración.

Libro V: Jurisdicción Laboral

TÍTULO I: De los juzgados de Letras del Trabajo y del Procedimiento.

CAPÍTULO I: De los juzgados de Letras del Trabajo.

En las comunas de Chile, existen Juzgados de Letras que cumplen la función de mediar entre el trabajador y empleador, para llegar a un acuerdo entre las partes.

Estos Juzgados de Letras integran el Poder Judicial, y cuentan con Magistrados de Categorías y Jueces de Letras.

En cada Región existen entre uno y dos Juzgados de Letras, ya que son más pequeñas, y hay menos trabajadores; en cambio en la capital principal de Chile (Santiago), existen nueves Juzgados de Letras, ya que es de gran tamaño y de gran demografía, por lo tanto hay más trabajadores.

CAPÍTULO II: Del Procedimiento.

Las partes (trabajador y empleador), deben presentarse con la asesoría de abogado, es decir, una persona legalmente habilitado para actuar en un juicio.

Son todos los trámites o actuaciones que no se encuentren sometidas a una regla especial que se regirán por el siguiente procedimiento:

a- Las partes debemos comparecer con patrocinio de abogado y representadas por personas legalmente habilitados para actuar en juicio.

b- Las cooperaciones de Asistencia Judicial representan y asesoran gratuitamente a los trabajadores que tengan derecho al privilegio de pobreza.

c- Corresponde al Secretario de los juzgados del trabajo, tramitar los juicios ejecutivos y los procedimientos de cumplimiento del fallo que deben conocer los tribunales.

d- La notificación del demandado deberá hacerse personalmente entregándoles copia íntegra de la resolución y al demandante se le notificará por el periódico.

e - Esta notificación la realiza un receptor o empleado del Tribunal designado por el juez. Excepcionalmente esta resolución podrá ser realizada por Carabineros de Chile.

f- La notificación personal se podrá efectuar en cualquier día, puede ser en los lugares y recintos libres de acceso público.

Dentro de este capítulo, se presenta el Párrafo II, que trata de los pasos a seguir cuando se interpone una demanda por escrito; lo cual el demandado tendrá de 10 días para responderlo por escrito.

La parte que desee presentar testigos deberá dar a conocer el nombre, apellidos, profesión u oficio de los testigos. Se enviará una carta certificada al domicilio de este, lo envía el Tribunal sólo una vez.

Al no haber una mediación el Tribunal dictará sentencia de inmediato.

Los testigos podrán declarar ante el Tribunal que conozca de la causa.

También cuenta con el párrafo III, que hace referencia a los diferentes pasos para llevar a cabo la sentencia.

a- Al presentar la demanda es necesario contar con pruebas concretas, el cual debe ser concurrido dentro del plazo de diez días.

b- La notificación

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