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La República tardía


Enviado por   •  18 de Abril de 2020  •  Apuntes  •  11.687 Palabras (47 Páginas)  •  127 Visitas

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TEMA 1. LA REPÚBLICA TARDÍA.

Antecedentes: 509 a.c.-s. I a.c.

De la ciudad estado al imperio: instituciones, vida política y organización social.

1) Definición: ciuitas = ciudad-estado

Comunidad (societas) de hombres libres (ciues, ciudadanos) organizados en torno a un derecho (ius ciuile), que rige las relaciones entre ellos y dotados de una instituciones propias que los gobiernan y los administran.

Esta comunidad autónoma e independiente (Estado) es reconocida como tal por las comunidades vecinas. Las comunidades del atio reconocían a Roma.

Para que exista la ciuitas es imprescindible el elemento humano: los ciues

Societas: significa que el conjunto de los ciudadanos (populus) está unido por lazo muy diversos (jurídicos, políticos, religiosos, históricos, culturales, económicos…)

Populus: colectividad de ciudadanos que se beneficia de la igualdad ante la ley y participa en las decisiones políticas.

2) Civitas= ciudadanía

CIVIS (cives en pl.) es el ciudadano, el idividuo que es miembro de pleno derecho e la comunidad disfruta de la ciudadanía (ciuitas), es decir, tiene una serie de derechos y obligaciones dentro de la comunidad.

Los ciudadanos son iguales porque se rigen por el mismo derecho civil (ius ciuile), sin que esto signifique que esto sea un derecho igual (un aequum ius). Estamos ante una sociedad desigualitaria.

La sociedad romana es una sociedad desigualitaria y jerárquica, existiendo entre los ciudadanos diferencias por edad, sexo, fortuna, nacimiento (ingenuus (nacido libre)/ libertus (exclavos manumitidos que acceden a la ciudadanía)), etc, que se ponen de manifiesto en el census (recuento de ciudadanos y evaluación de su riqueza).

La fortuna es un elemento distintivo clave.

3) Derechos que implica la ciudadanía:

DERECHOS CIVILES: derechos que regulan sus relaciones familiares, patrimoniales y comerciales.

• Tria nomina (a partir del final de la república y el imperio)-L (ucius) Valerius Flacus- El sistema onomástica se caracteriza por tres nombres, el prenomen, el nomen (el nombre de la familia que se hereda) y el cognomen (se pone dependiendo de las características físicas, como flaco, rubio...)

Ius conubium: matrimonium iustum (matrimonio y sucesiones co efectos jurídicos). Esto quiere decir que solamente este tipo de reconocimiento de matrimonio se reconoce como matrimonio legal. Solo este tipo de matrimonio nacen ciudadanos romanos y todo ciudadano romano se caracteriza por su sistema onomástico (por el nombre se sabía en Roma si era ciudadano romano)

Ius commercium: permite que las transacciones que hacen los ciudadanos romanos sean las únicas válidas.

Hay más derechos, aquí solo están los básicos.

Se suele poner la filiación patriarcal (a que familia pertenece) y se pone la tribu (seño de identidad de que uno es ciudadano romano).

DERECHOS POLITICOS: participación en los asuntos comunes: deliberación política para elegir a los magistrados y votar las leyes:

• Ius suffragii: derecho a votar

• Ius honorum: derecho a los honores, derecho a participar en la política.

• Derecho a servir en las legiones. El sentimiento de pertenencia a una comunidad se refuerza con el derecho a la participación en las legiones.

4) Obtención de la ciudadanía:

Por nacimiento: hijos de ciudadanos romanos si la unión de sus padres están reconocida en el derecho romano (ius conubium). El padre trasmite la ciudadanía a los hijos legítimos (sociedad patriarcal).

A partir del s. II a.C la ciudadanía romana empieza a abrirse y el Estado romano comienza a dar la ciudadanía a otros individuos:

En la República:

• Hay unas leyes que permiten acceder a la ciudadanía a ciertos individuos por recompensa por servicios prestados al Estado (especialmente militares)

• Por concesión del derecho latino (fines s.II a.C.): ejercicio de magistraturas en las ciudades de origen.

• Manumisión de esclavos = libertos.

En el Imperio:

• Por concesión imperial: el imperio tiene potestad de conceder la ciudadanía a individuos particulares, a comunidades, o a provincias.

Ciudadanía romana = ciudadanía abierta. Desde sus orígenes Roma estuvo abierta a los extranjeros. Desde comienzos de la monarquía romana es abierta a alianzas y acuerdos. Esto de abierta también se ve en las características de la ciudadanía, pues los esclavos pueden llegar a ser libertos, los senadores pueden perder su condición…se puede subir y se puede bajar, los grupos romanos no son castas cerradas, pues Roma siempre premia a los méritos y honores, al buen comportamiento.

5) Civitas como espacio cívico.

La comunidad habita y es propietaria de un territorio (espacio cívico), que aparece integrado por dos elementos indisociables:

• URBS: núcleo urbano, que actúa como centro político-administrativo de la ciuitas. Es la sede de las instituciones políticas, judiciales religiosas… desde él se gobierna la ciudad-estado.

La ciuitas es, por lo tanto, un Estado Centralizado.

• AGER ROMANUS: el territorio que abastece a la ciudad, donde se encuentra núcleos de habitación menores, campos de cultivo, bosques, tierras comunales, las fronteras o los límites de la ciuitas. (los fines, los mojones, son elemento imprescindible para que se establezca una ciudad, los fines son sagrados, pues hay un dios que vela por su protección).

6) La urbs:

Promerium: área sagrada y pacífica. El promerium más antiguo es el del Palatine, fundado por Rómulo. Se tratada de un concepto religioso, y no un área física, es donde están los templos de los dioses. Es un área mental y no física (es lo sagrado frente a lo profano). Se decía que el pomerium era inamovible, solo podían moverlo los grandes emperadores que ampliaban Roma. Existe un texto que dice que El emperador

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