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La fecundación In vitro en Costa Rica hasta la fecha de hoy 2015


Enviado por   •  26 de Noviembre de 2015  •  Tesinas  •  1.657 Palabras (7 Páginas)  •  167 Visitas

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Capítulo I:

Problema:

Fecundación  In vitro

Tema delimitado:

La fecundación In vitro en Costa Rica hasta la fecha de hoy 2015

Pregunta generadora:

 ¿Por qué  no se permite la fecundación In vitro  en Costa Rica hasta la fecha de hoy 2015?

Preguntas problema:

¿Cuáles  son las causas?

¿Por qué motivo no se realiza?

¿Cuáles  son los fundamentos para no practicarla?

¿Donde quedan los derechos humanos?

¿Por qué  se contrapone la constitución política con los derechos humanos?

Justificación:

Está  investigación resalta la importancia de la realización de la Fecundación In Vitro en Costa Rica y la controversia que existe entre una decisión de  la Sala Constitucional donde prohíbe la realización de la Técnica de la FIV y la Corte Interamericana de Derechos Humanos en defensa de un grupo de personas que sintieron sus derechos vulnerados como lo es el derecho a tener una familia, esta corte decide dar una sentencia donde condena  a Costa Rica por impedir la práctica de la técnica; aunándose a este la Asamblea Legislativa crea la comisión para definir la Ley Marco de FIV para garantizar el derecho  a los ciudadanos que no pueden tener hijos por medios naturales.

Objetivo General:

 Determinar la aplicación de la fecundación In vitro en Costa Rica hasta la fecha de hoy 2015

Objetivos Específicos:

Analizar las causas de la prohibición de la realización  de la fecundación  in vitro en Costa Rica.

Determinar los avances en materia del proyecto de  Ley número 18738.

Capítulo II

2.1 Antecedentes de la Investigación:

Como antecedentes previos a esta investigación, el autor ha encontrado innumerables fuentes, que iluminan en gran parte la problemática presentada de la realización o no la técnica  de la fertilización in Vitro en Costa Rica, dan luces e indica que avances se han conseguido a través del tiempo,  en esta materia objeto de estudio; como primer antecedente  es el de la sentencia de la  Sala Constitucional de Costa Rica, con fecha 15 de marzo de 2000, Res: 2000-02306,  mediante el cual estima como inconstitucional la técnica de la Fertilización in vitro y anula el Decreto Ejecutivo Nº 24029-S, decreto que permitía la realización de la técnica; estableciendo principalmente “tales prácticas atentan claramente contra la vida y la dignidad del ser humano. A juicio de este Tribunal no basta con establecer las restricciones que contiene el Decreto, pues la aplicación de la Técnica de Fecundación In Vitro y Transferencia Embrionaria, aún con ellas, atenta contra la vida humana. El embrión humano es persona desde el momento de la concepción, por lo que no puede ser tratado como objeto, para fines de investigación, ser sometido a procesos de selección, conservado en congelación,”: Como consecuencia de esta sentencia, un grupo de personas se sienten afectadas en su derecho y acuden en el año 2012 a la Corte Interamericana de Derechos humanos, (caso Artavia Murillo), la cual sentencia y condena a Costa Rica por no aplicar la FIV .

Grethel   y yo estamos casados desde el año 1990.  Desde el año 1997 acudimos al consultorio de la doctora Delia Ribas, por motivo que yo en el año 1985, sufrí un accidente en cual quedé parapléjico y esto me perjudica para engendrar   normalmente. Es un gran anhelo de toda pareja ser padres.  Nos realizamos varias inseminaciones sin ningún efecto.  El dolor y la espera fue más larga y angustiosa al saber que el próximo paso era un “in vitro”.

La  Sala  Cuarta y  la  Iglesia  Católica decidieron prohibir  el “in vitro”,  sin pensar en las personas con discapacidad que necesitamos  de esto.  En Costa Rica nos sentimos discriminados por dichas instituciones por no permitir este tratamiento y se nos hace imposible ir a otro país. Queremos agradecer a la Doctora Ribas y al Doctor Escalante, por su apoyo y entrega incondicional. Ellos si creyeron en una persona con discapacidad y no hubo discriminación de parte de ellos.

 Muchos artículos ocurrieron luego de esta sentencia tan controversial en la población, legisladores, religiosos y hasta individuos que no conciben la técnica por atentar en contra de la vida humana. En la Universidad de Costa Rica, con fecha 2013 se presenta trabajo de grado hablando de este tema la fecundación in vitro como un derecho humano reconocido en el ordenamiento jurídico de los derechos humanos, por Franklin Junior Gutiérrez, habla ampliamente como uno de los principales problemas es la falta de regulación; ya que actualmente su tutela no define ampliamente si es o no es un derecho humano, este trabajo implica el estudio de los fallos mas importantes de los máximos tribunales.

Igualmente en el artículo de Ángel Avalos de la Nación, El abogado pone queja contra Costa Rica por Fertilización in Vitro, 2014, Abogado de varias parejas por el caso de (FIV), solicita a la Corte Interamericana de Derechos Humanos declarar el incumplimiento del país de la sentencia emitida en el año 2012, destaca en su queja que ningún poder del estado ha acatado dicha sentencia.

Otro artículo habla de la Nación, redactado por Nuria Marín en el año 2014, denominado La FIV, expresa la importancia que ha tenido en el mundo este avance medico, y cuestiona al estado por no permitir que se realice (FIV), siendo Costa Rica el único país a nivel mundial en no realizarla, señala la satanización que se le ha dado a este procedimiento y el incumplimiento por parte del estado por no acatar una orden dad por la (CIDH).

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