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Las normas internacionalmente imperativas en el nuevo Código Civil y Comercial de la Nación: una mirada crítica


Enviado por   •  27 de Octubre de 2018  •  Apuntes  •  566 Palabras (3 Páginas)  •  169 Visitas

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Las normas internacionalmente imperativas en el nuevo Código Civil y Comercial de la Nación: una mirada crítica

Por Sara Lidia Feldstein de Cárdenas.  

Diferencia entre normas de policía y orden público internacional: Ambas producen un efecto similar; aunque la diferencia de ambos reside en lo siguiente:

  • que el orden publico internacional es un conjunto de principios fundamentales.
  • a él se arriba a través de la regla de conflicto y
  • se impide la aplicación del derecho extranjero por ofender gravemente el derecho local del juez del foro.

En cambio la norma de policía:

  • es una norma jurídica y
  • el Juez  no descarta el derecho extranjero por atentar contra principios fundamentales del derecho local,
  • sino que por el propio imperio de dicha norma  provocará la exclusión de cualquier otra norma.

Las leyes de policía o también llamadas normas internacionalmente imperativas, son aquellas cuya observancia es necesaria para la salvaguardia de la organización política, social y económica de un país.  

Deben ser interpretadas restrictivamente. 

Su estructura es la misma que la de las normas directas.

Normas de policía locales y extranjeras: ¿Se admiten las normas de policía extranjeras?¿gozan o no de extraterritorialidad? Según la autora si se admiten, siempre y cuando cumplan determinadas condiciones.

1) La norma de policía extranjera debe: 1. Indicar su aplicación a casos internacionales y -  debe ser aplicable al caso planteado

2) El caso planteado, debe presentar un vínculo estrecho con el país extranjero.

3) Ser admitidas por el juez del foro. Ya que su aplicación es facultativa, por lo tanto El Juez local solo las aplicará cuando ellas protejan un interés legítimo

Si las normas de policía extranjeras incorporan una sanción se aplica la misma. Caso contrario, su sanción se extraerá de su exposición de motivos o de su finalidad.

4) Boggianno expresa que si hubiera una norma de policía interna que regulara el mismo supuesto, excluiría la norma de policía extranjera, ya que la primera excluye la aplicación de cualquier otra norma.

 

Soluciones de la fuente convencional: Los Tratados de Montevideo de 1889 y de 1940 no las regulan.

 

Código Civil y Comercial de la Nación Argentina.

 

ARTÍCULO 2599.- Normas internacionalmente imperativas.

Las normas de policía de derecho argentino se imponen por sobre la autonomía de la voluntad, y excluyen la aplicación del derecho extranjero elegido por las normas  indirectas o por las partes.

Cuando resulta aplicable un derecho extranjero también son aplicables sus normas de policía, y cuando intereses legítimos lo exigen, pueden reconocerse los efectos de las normas de policía de terceros Estados que presentan vínculos estrechos y manifiestamente preponderantes con el caso.

Primer párrafo: La norma de policía local prevalece por sobre las normas indirectas y la autonomía de la voluntad.

Segundo párrafo: Distinción entre normas de policía del foro y normas de policía extranjeras.

Con relación a las normas de policía extranjeras, el CCC manifiesta que para su aplicación se exige: 

1) La existencia de intereses legítimos en juego; 

2) La presencia de vínculos estrechos y manifiestamente preponderantes con el caso. 

De este modo, la ley coloca en manos del Juez la facultad de tomar en consideración o no, el reconocimiento de sus efectos.

¿El Juez habrá debe aplicarlas de oficio o a pedido de parte?  Según la autora, debido a su naturaleza la aplicación debería ser de oficio.  

 


 

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