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Ley De Medios (Argentina)

Martin9873 de Noviembre de 2013

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LEY DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL Nº 26.522

La Ley 26.522 de Servicios de Comunicación Audiovisual establece las pautas que rigen el funcionamiento de los medios radiales y televisivos en la República Argentina. Esta legislación fue promulgada el 10 de octubre de 2009 por la presidenta Cristina Fernández de Kirchner y reemplazó a la Ley de Radiodifusión 22.285, que había sido promulgada en 1980 por la dictadura militar autodenominada Proceso de Reorganización Nacional y se había mantenido vigente desde entonces.

Desde la recuperación de la democracia el 10 de diciembre de 1983, existió un amplio consenso sobre la necesidad de derogar la norma de la dictadura y sancionar una nueva ley, en consonancia con las necesidades cívicas y participativas de la democracia. Los presidentes Raúl Alfonsín en 1988 y Fernando de la Rúa en 2001, presentaron sendos proyectos de ley, que no pudieron ser tratados, afectados por fuertes presiones por parte de los intereses involucrados.

En agosto de 2009, la presidenta Cristina Fernández de Kirchner envió un proyecto de ley a la Cámara de Diputados para reemplazar la ley de radiodifusión, luego de haber sido debatido por un año, en 24 foros que se desarrollaron en distintos puntos del país, una propuesta de proyecto de ley basada en veintiún puntos presentados por la Coalición por una Radiodifusión Democrática en 2004.

El proyecto de ley presentado en la Cámara de Diputados de la Nación Argentina fue aprobado por esta cámara luego de que se le realizaran más de 100 modificaciones, adquiriendo de esta manera la media sanción. En la Cámara de Senadores de la Nación fue aprobado por 44 votos a favor y 24 en contra.

Su aprobación y reglamentación significó un cambio radical en el sistema público y privado de los medios audiovisuales, abriendo y garantizando la participación de instituciones públicas, organizaciones sociales y la ciudadanía en su conjunto como productores activos de la comunicación social.

HISTORIA

ANTECEDENTES

Ley Nacional de Radiodifusión y Televisión (año 1957)

En 1957 se sancionó el Decreto Ley Nacional de Radiodifusión y Televisión. Después en 1965 el decreto reglamentario 5490/65, señalaba entre otras cosas que los contenidos de las transmisiones quedaban enmarcados en una serie de normas; cuyo cumplimiento debería ser fiscalizado por el Consejo Nacional de Radio y Televisión (CONART).

Ley Nacional de Radiodifusión n°22.285

La ley Nacional de Radiodifusión n° 22.285 fue promulgada el 15 de septiembre de 1980, durante el Proceso de Reorganización Nacional en la que se reglamentaban las pautas para los servicios de radiodifusión en todo el territorio de la República Argentina. Esta ley llevaba la firma de, entre otras personas, Jorge Rafael Videla, Albano Harguindeguy y José Alfredo Martínez de Hoz.

La ley 22.285 contemplaba en su artículo 7 una limitación al derecho a la libertad de expresión al anteponer a la misma las llamadas «necesidades de la seguridad nacional». El artículo mencionaba la obligación de los servicios de radiodifusión a difundir la información y prestar la colaboración que les sea requerida por parte del Poder Ejecutivo nacional, pudiendo este último establecer restricciones temporales al uso y a la prestación de todos los servicios previstos por la ley.

La ley estableció, en su artículo 45, que sólo podían ser titulares de licencias personas individuales o sociedades comerciales, exceptuando a las empresas periodísticas. No se permitía que las organizaciones sin fines de lucro (religiosas, sindicales, culturales, cooperativas, etcétera) pudieran ser titulares de radios o canales de televisión. Tampoco a las universidades se les permitía tener radios o televisiones, con excepción de las que ya las tuvieran instaladas, las que a su vez tenían severas restricciones en materia de publicidad. Con respecto a las provincias y municipios, la ley solo les permitía tener un servicio de radio y sin publicidad.

El objetivo de la ley era tener un sistema de medios de comunicación comercial, controlados por las Fuerzas Armadas bajo la Doctrina de la Seguridad Nacional. Para ello ordenó la privatización masiva de las señales en un plazo de tres años (artículo 106).

La ley 22.285 creó el Comité Federal de Radiodifusión (COMFER) como autoridad de aplicación. Entre sus funciones se encuentran las de «controlar los servicios de radiodifusión, en sus aspectos culturales, artísticos, legales, comerciales y administrativos», «supervisar la programación y el contenido de las emisiones» y «calificar en forma periódica a las estaciones».

La mencionada Ley de Radiodifusión, que permaneció vigente durante casi 30 años hasta la sanción de la actual Ley de Medios Audiovisuales, era de pleno corte dictatorial, centralista, autoritaria y discriminatoria. (Dictatorial por haber sido instaurada por un gobierno de facto; Centralista porque toda su aplicación estaba ceñida al Poder Ejecutivo u organismos dependientes de él como el Comité Federal de Radiodifusión (COMFER), dejando de lado por completo a las provincias; Autoritaria dado que limitaba el funcionamiento de los medios –y la información transmitida- a las supuestas necesidades de la "seguridad nacional", siendo altamente víctima de la censura y de las limitaciones de libertad de expresión; y Discriminatoria dado que no permitía a ninguna entidad legal que no sea una sociedad comercial regularmente constituida a tener medios de comunicación. Por lo tanto solamente podían adquirir licencias empresas con fines netamente comerciales, quedando excluidas las cooperativas, las sociedades civiles, las fundaciones y las asociaciones civiles.)

Situación luego de la Dictadura Militar

Desde la recuperación de la democracia en 1983, existió un amplio consenso sobre la necesidad de derogar la norma de la dictadura y sancionar una nueva ley, en consonancia con las necesidades cívicas y participativas de la democracia. En este tiempo se presentaron en total 40 proyectos de leyes para reemplazar el Decreto Ley de la dictadura. Los proyectos de mayor importancia fueron los presentados por los presidentes Raúl Alfonsín en 1988 y Fernando de la Rúa en 2001, que no pudieron ser tratados, afectados por fuertes presiones por parte de los intereses creados, especialmente de titulares de multimedios.

Debido a la composición autoritaria del COMFER, al recuperarse la democracia el 10 de diciembre de 1983, el Presidente Raúl Alfonsín dispuso su intervención hasta la sanción de la nueva ley de radiodifusión. Debido a que dicha ley no fue sancionada, el COMFER permaneció intervenido por el Poder Ejecutivo Nacional desde entonces.

Durante el gobierno de Carlos Menem se realizaron algunas modificaciones orientadas al proceso de privatización de señales, que permitieron la concentración de las mismas en grandes multimedios y facilitaron la actuación de empresas extranjeras. Una de las más importantes fue la autorización a las empresas de periodismo para ser titulares de radios y canales de televisión (Ley 23.696 de Reforma del Estado, artículo 65). También se autorizó la difusión de publicidad producida fuera del país (Resolución 1226/93), se habilitaron mecanismos para poder transmitir en idiomas extranjeros y se flexibilizaron las restricciones para realizar juegos de azar (Decreto 1062/98).

En agosto de 2005, durante el gobierno de Néstor Kirchner, se sancionó la Ley 26.053 para permitir que las cooperativas pudieran acceder a licencias. Mediante esta ley, se modificó el texto del artículo 45 de la Ley de Radiodifusión, permitiendo acceder a las licencias a personas y entidades sin fines de lucro prestadoras de servicios públicos, contemplando la realidad planteada por numerosas cooperativas de electricidad del interior del país que pretendían brindar servicios de radiodifusión en sus diferentes variantes.

INICIOS DE LA VIGENTE LEY 26.522

El Origen: Coalición por una Radiodifusión Democrática

La Coalición por una Radiodifusión Democrática es un grupo de más de 300 organizaciones sociales, comunitarias, de derechos humanos, sindicales y de pequeñas y medianas empresas que, tras meses de trabajo en conjunto, propusieron el día 27 de agosto de 2004 una lista de 21 puntos básicos que, según su criterio, debía tener la nueva ley de radiodifusión que reemplazara a la sancionada por la última dictadura militar.

Los mencionados puntos, conocidos como la «Iniciativa ciudadana por una ley de radiodifusión para la democracia» o «Veintiún puntos básicos por el derecho a la comunicación», se establecieron con el fin de precisar una serie de pautas fundamentales para conformar un sistema de medios de comunicación compatibles y promotores de la democracia.

Proyecto de Cristina Fernández de Kirchner

La sanción de una nueva ley de radiodifusión fue uno de los puntos que figuraban en la plataforma electoral presentada por el Frente para la Victoria para las elecciones presidenciales de 2007, en las que la fórmula de esta fuerza (Cristina Fernández de Kirchner/Julio Cobos) ganó los comicios con el 45,29% de los votos.

En 2009, el gobierno de Cristina Fernández de Kirchner impulsó un proyecto de Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual para reemplazar a la legislación entonces vigente. Según sus impulsores, el propósito de la misma era desconcentrar el mercado de la radiodifusión y facilitar la entrada al mismo de nuevos inversores, medios comunitarios y asociaciones sin fines de lucro —entonces imposibilitadas de hacerlo— y también contemplar nuevas tecnologías como la digitalización.

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