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Ley Orgánica de Espacios Acuáticos (LOEA)


Enviado por   •  22 de Febrero de 2023  •  Informes  •  1.189 Palabras (5 Páginas)  •  144 Visitas

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CASO 1:

Tomando como referencia la Ley Orgánica de los Espacios Acuáticos (LOEA) que establece los “Espacios Marítimos” realice una infografía donde explique de forma resumida, millas náuticas de cada espacio marítimo e incluya principales características de cada zona.

Se adjunta la infografía a parte en archivo PDF.

CASO 2:

Conforme a la Ley Orgánica de Espacios Acuáticos (LOEA), el paso inocente por el mar territorial se extiende a todos los buques para entrar o salir y/o atravesar dicha zona marítima. En base al régimen del paso inocente, señale y justifique su respuesta respecto a:

1. El buque en paso inocente puede dirigirse a las aguas interiores o puertos de la República.

R= Si pueden, ya que gozan del derecho de paso inocente.

2. Si un buque extranjero puede detenerse y fondearse en el mar territorial sin que constituya un incidente normal de la navegación.

R= Puede detener o fondear si hay incidentes normales en la navegación, por fuerza mayor de gravedad dificultad o prestar auxilio a personas, buques o aeronaves en peligro.

3. Si los buques pueden ejercer el paso inocente transportando armas de destrucción masiva.

R= No, el deja de ser inocente por el transporte de armas

CASO 3:

La Ley Orgánica de los Espacios Acuáticos (LOEA) establece en su artículo 102 las actividades conexas, se requiere que escoja dos numerales y desarrolle en correspondencia con los artículos que desarrolla la Ley de Marinas y Actividades Conexas (LMAC) lo siguiente: Que significa esa actividad, objeto, finalidad, principales características y diga en su opinión la importancia de esa actividad conexa para el sector acuático nacional.

1. Registro Naval Venezolano.

Con la finalidad de modernizar la administración del sector acuático nacional, y asegurar un crecimiento sostenido en el mismo; el Presidente de la República Bolivariana de Venezuela, Hugo Chávez Frías, promulgó la Ley Orgánica de los Espacios Acuáticos e Insulares, por lo que se convierte la Dirección General de Transporte Acuático en INSTITUTO NACIONAL DE LOS ESPACIOS ACUATICOS E INSULARES (INEA), con características de Instituto Autónomo, dotado de personalidad Jurídica y patrimonio propio, adscrito al Ministerio de Infraestructura. De ésta modernización se origina el Registro Naval Venezolano, con sedes en diferentes ciudades del país, en donde cada una de dichas sedes está a cargo de un Registrador Naval.

Para mi es importante porque dota al sector maritimo, de un sistema de registro que puede constituir una herramienta capaz de fomentar el incremento de la flota nacional y brindar un alto grado de seguridad jurídica a los usuarios, minimizando el número de trámites y costos económicos para el registro de buques.

3. Los servicios de pilotaje, remolcadores y lanchaje

Constituyen servicios públicos, los cuales podrán ser otorgados en concesión por el Estado, de conformidad con la ley. El servicio de pilotaje comprende el embarque del piloto para asesorar al Capitán el buque a fin de lograr una navegación y maniobra segura, en aspectos como: 1. Navegación y rumbo apropiado del buque en canales y dársenas. En el remolque tiene  como finalidad asistir a los buques en sus maniobras, la designación corresponderá al Capitán de Puerto de la Circunscripción Acuática respectiva, tomando en consideración la dimensión y características de los buques, así como la seguridad de la navegación. En cuanto al servicio de lanchaje, se presta con una lancha para conducir a los pasajeros, tripulantes, pilotos y autoridades hasta el costado de las embarcaciones para bordarlas o regresarlos a tierra.

Para mí es muy importante porque se requiere de estos servicios para las maniobras de atraque y desatraque de un buque, y en cuanto a la lanchas es importante para bajar el personal en este caso un piloto, ser llevado a tierra o a otro buque que este próximo a alguna maniobra que lo requiera.

CASO 4:

Bolivariana de Puertos, es una empresa del Estado venezolano, que de acuerdo con el artículo 71 de la Ley General de Puertos, es un administrador portuario, es decir la persona jurídica que ejerce la administración y mantenimiento del puerto, cualquiera sea su clasificación. Se requiere que entre a la página web de la empresa: Bolivarina de Puertos (Bolipuertos) S.A y señale cada uno de los puertos que están bajo la administración de esa empresa y entre en uno y señale en sólo cuatro líneas, alguna característica que considere que sea de interés en ese puerto.

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