MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DEL DEPARTAMENTO DE SECRETARÍA ZONAL 9 DEL SERVICIO DE RENTAS INTERNAS
Luis Juca DelgadoTrabajo25 de Enero de 2021
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UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR[pic 1][pic 2]
FACULTAD DE CIENCIAS ADMINISTRATIVAS
CARRERA DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA[pic 3]
ORGANIZACIÓN Y SISTEMAS II[pic 4]
MANUAL DE PROCEDIMIENTOS
DEL DEPARTAMENTO DE SECRETARÍA ZONAL 9
DEL SERVICIO DE RENTAS INTERNAS
GRUPO 2
INTEGRANTES:
Ferigra Dayana
Juca Andrés
Pérez Ximena
Quilligana Alexandra
Quillupangui Evelyn
Toledo Edwin
PARALELO:
AP 6-1
DOCENTE:
Juan Carlos Páez
FECHA: 20/11/2019
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QUITO – ECUADOR
Índice
Introducción 2
Antecedentes 5
Base Legal 8
Atribuciones 11
Estructura Orgánica 14
Organigrama Estructural Especifico 15
Misión 16
Funciones 17
Descripción de Puestos 24
Directorio 50
Introducción
El siguiente manual es presentado por el Secretario Zonal que es la máxima autoridad del departamento de Secretaría Zonal 9.
El manual de procedimientos es un documento que contiene de forma metódica, los pasos y operaciones que debe seguirse para la realización de las funciones de un departamento en específico.
El manual incluye además los puestos o unidades administrativas que intervienen precisando su responsabilidad y participación.
Dentro del manual, se encuentra la siguiente estructura: Identificación, Prólogo, introducción o ambos, Índice, Contenido, Objetivo, Áreas de aplicación o alcance de los procedimientos, Responsables, Políticas o normas de operación, Concepto, Procedimiento (descripción de operaciones), Diagramas de flujo, Formularios o impresos (formas), Instructivos y Glosario de términos.
El manual de procedimientos tiene como propósito registrar y transmitir sin distorsión la información básica referente al funcionamiento del departamento de Secretaría Zonal 9, la necesidad de mantener este tipo de manual, es que facilita las labores de auditoría, la evaluación y control interno y su vigilancia, la conciencia en los empleados y en sus jefes de que el trabajo se está realizando o no correctamente.
Antecedentes
El Servicio de Rentas Internas se creó mediante Ley No. 41, publicada en el Registro Oficial No. 206 de 02 de diciembre de 1997 como una entidad pública con personalidad jurídica propia y dotada de las facultades establecidas por la referida ley y de aquellas establecidas por el Código Tributario para las administraciones tributarias, respecto de los tributos internos del Estado y de aquellos cuya administración no está expresamente asignada por ley a otra autoridad. La Ley Orgánica de Responsabilidad, Estabilización y Transparencia Fiscal 31 (2002) colaboró al mejoramiento de la gestión fiscal pues incorporó elementos de planificación. Través del Decreto Ejecutivo No. 357, publicado en el Registro Oficial No. 205 de 02 de junio de 2010, se reforma el Decreto Ejecutivo No. 878, publicado en el Registro Oficial No. 268 de 08 de febrero de 2008, estableciendo nueve zonas administrativas de planificación siendo necesario generar la estructura organizacional del Servicio de Rentas Internas alineada al manejo integral del riesgo y la gestión por procesos. El Ministerio de Finanzas emite dictamen presupuestario favorable al proyecto de Estatuto Orgánico del Servicio de Rentas Internas, el cual regirá a partir de septiembre de 2012.
Desde su creación se ha destacado por ser una institución independiente en la definición de políticas y estrategias de gestión que han permitido que se maneje con equilibrio, transparencia y firmeza en la toma de decisiones, aplicando de manera transparente tanto sus políticas como la legislación tributaria. El inicio del periodo presidencial de Rafael Correa, la aprobación de la nueva Constitución, la creación de Ley de Equidad Tributaria (LRET) y su posterior ley reformatoria, han sido hitos en la transformación del sistema tributario, hacia la progresividad y la redistribución de la riqueza. Sin embargo, el porcentaje aún significativo de impuestos indirectos indica que es necesario continuar mejorando en términos de equidad tributaria
Actualmente la institución se basa al Plan Estratégico Institucional 2016-2019, que será nuestra hoja de ruta para crecer y afrontar adecuadamente los nuevos desafíos; y, para ello contamos con el mejor talento humano: eficiente, creativo, proactivo, que crece y trabaja día a día de acuerdo a la dinámica que el país demanda.
Los objetivos alcanzados por el SRI se debe a la eficiencia en la gestión de la institución, a las mejoras e implementación de sistemas de alta tecnología, desarrollo de productos innovadores como la Facturación Electrónica, SRI móvil, servicios en línea, reducción de costos indirectos a la ciudadanía y el afianzamiento de la cultura tributaria, además del incremento significativo de contribuyentes.
Base Legal
Base Legal que sustenta al Servicio de Rentas Internas (SRI)
El artículo 11, numeral 9 de la Constitución de la República del Ecuador, establece que el más alto deber del Estado consiste en respetar y hacer respetar los derechos manifiestos en la Carta Magna.
En la Constitución de la República del Ecuador en el Art. 300 nos dice que La política tributaria promoverá la redistribución y estimulará el empleo, la producción de bienes y servicios, y conductas ecológicas, sociales y económicas responsables. (Ecuador, 2008)
Conforme el Artículo 26 de la Convención de Viena, en el literal 7 los tratados tributarios son bilaterales. (Tributarios & tratados)
En la Ley De Creación Del Servicio De Rentas Internas Art. 1 “Créase el Servicio de Rentas Internas (SRI) como una entidad técnica y autónoma, con personería jurídica, de derecho público, patrimonio y fondos propios, jurisdicción nacional y sede principal en la ciudad de Quito. Su gestión estará sujeta a las disposiciones de esta Ley, del Código Tributario, de la Ley de Régimen Tributario Interno y de las demás leyes y reglamentos que fueren aplicables y su autonomía concierne a los órdenes administrativo, financiero y operativo”. (LCSRI)
En la Ley de Régimen Tributario Interno en los artículos 3, 60 y 75 nos dice que los impuestos son del Estado y lo administrará a través del Servicio de Rentas Internas. (LORTI, 2004).
El Código Tributario en el primer inciso del artículo 63 dirá: " la administración tributaria corresponde, en el ámbito nacional, al Presidente de la República, quien la ejercerá a través de los organismos que la Ley establezca". (TRIBUTARIO, 2005)
En el primer inciso del artículo 2 del Decreto Supremo No. 832, publicado en el Registro Oficial No. 203 de 29 de octubre de 1976, dirá: "El Registro Único de Contribuyentes será administrado por el Servicio de Rentas Internas.";
En las DISPOSICIONES TRANSITORIAS “El Servicio de Rentas Internas iniciará sus actividades el 1 de enero de 1998, fecha a partir de la cual asumirá las atribuciones y deberes que le confiere esta Ley, así como el Código Tributario, la Ley de Régimen Tributario Interno y las demás leyes y reglamentos que asignan funciones a la Dirección General de Rentas, la cual quedará suprimida desde la fecha mencionada”. (LCSRI, 1999).
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Gestión de la Dirección
- Compromiso y Responsabilidad de la Dirección
- Planificación de la Calidad
- Revisión de la Dirección
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| INSTRUCTIVO DEL PROCESO | |||||
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| DEPARTAMENTO SECRETARIA ZONAL 9 | ||||||
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| DIRECCIÓN: |
| DIRECCIÓN ZONAL 9 |
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| VERSIÓN: 1 |
| UNIDAD: |
| SECRETARÍA ZONAL 9 |
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| FECHA: 03/12/2019 |
| PROCESO: |
| HABILITANTE |
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| FRECUENCIA: MENSUAL |
| SUBPROCESO: |
| CONTROL DE REGISTROS |
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| PROCEDIMIENTO: |
| ADMINISTRACIÓN DE LA CARPETA BASES SECRETARÍA |
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| OBJETIVO DEL PROCEDIMIENTO: | ASIGNAR Y/O REVOCAR PERMISOS EN LA CARPETA BASES SECRETARIA UBICADA EN EL SERVIDOR DEL SRI PARA EL ACCESO DE LECTURA O ESCRITURA DENTRO DEL ÁMBITO DE COMPETENCIA DEL USUARIO. |
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| ALCANCE DEL PROCEDIMIENTO: | DESDE LA RECEPCIÓN DE LA SOLICITUD DE ASIGNACIÓN Y/O REVOCATORIA DE PERMISOS HASTA LA REALIZACIÓN DE LOS CAMBIOS SOLICITADOS DENTRO DE LA COMPETENCIA DE LA ADMINISTRACIÓN DE LAS BASES DE SECRETARIA. | |||||
| ESPECIFICACIONES: | Procedimientos e instrucciones propias del Proceso |
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| INDICADOR: | NO APLICA |
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No. | EJECUTOR | FORMATOS Y REGISTROS | ACTIVIDAD TAREA (QUE COMO, CUANDO) | TIEMPOS | |||
ÁREA | CARGO | EFECTIVOS | MUERTOS | ESPERA | |||
1 | Supervisor de proceso | Mail de solicitud de accesos o revocatoria de permisos | 1. Recibir solicitud de acceso o revocatoria de permisos para cambios o lectura de las carpetas Bases de Secretaría por mail. | 5 | 1 | 9 | |
2 | Supervisor de proceso | Formato Control de cambios: "permisos carpetas 2k3uio5" | 1. Ingresar a la carpeta Bases Secretaria/ (año actual)/ VERIFICACION DOCUMENTAL (año actual)/ "Control de permisos carpetas 2k3uio5" ubicado en el servidor del SRI. | 20 | 5 | 5 | |
3 | Supervisor de proceso | Solicitud en Registro de Incidente | 1. Ingresar al Sistema de Registro de Incidentes TI digitando usuario y contraseña en la mesa de servicios. | 30 | 10 | 10 | |
4 | Supervisor de proceso | Solicitud en Registro de Incidente resuelta | 1. Recibir las confirmaciones de registro de solicitud las cuales son: | 15 | 4 | 5 | |
5 | Supervisor de proceso | Mail informando cambios | 1. Adjuntar la confirmación de solicitud: "La interacción No.: SDXXXXX ha sido resuelta." | 20 | 5 | 5 | |
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| La solicitud fue satisfactoria? Si |
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6 | Supervisor de proceso | Formato de control de cambios: "permisos carpetas 2k3uio5" | 1. Ingresar a la carpeta Bases Secretaria/ (año actual)/ VERIFICACIÓN DOCUMENTAL (año actual)/ "Control de permisos carpetas 2k3uio5" ubicado en el servidor del SRI. | 15 | 5 | 5 | |
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| La solicitud fue satisfactoria? No |
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| Ir a la actividad No. 3 |
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| TOTAL | 105 | 30 | 39 | ||
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ELABORADO | REVISADO |
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| APROBADO | |||
Ferigra Dayana, Juca Andrés, Pérez Ximena, Quilligana Alexandra, Quillupangui Evelyn, Toledo Edwin | Toledo Edwin (Coord. del grupo) |
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| Ing. Juan Carlos Páez | |||
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